Nacional
Fotomultas: verdades, mentiras y cómo quitárselas sin pagar
Las cámaras que controlan la velocidad y las infracciones de tránsito se convirtieron en un dolor de cabeza para los colombianos. Diario Criterio le explica cómo funcionan y cómo zafarse de las odiadas sanciones que muchos consideran injustas.

ARTÍCULO DEL MEDIO ALIADO DIARIOCRITERIO.COM/ACTUALIDAD
En menos de un año, las sanciones por infracciones de tránsito han sido noticia nacional. La expectativa por todo lo que suceda alrededor de las fotomultas es motivo de discusión, debate y hasta indignación, porque existe la percepción de que esos dispositivos, a los que pomposamente llaman cámaras salvavidas, en realidad solo sirven para recaudar dinero.
De hecho, en marzo pasado se supo que la Superintendencia de Transporte estaba investigando a 14 organismos de tránsito y les hizo requerimientos a otros 40 para establecer la legalidad de los sistemas de fotodetección de infracciones utilizados. Dicho en palabras más simples, los investiga por presuntas irregularidades en el uso e instalación de las odiadas fotomultas.
Parte de la indignación ocurre porque la gran mayoría de capitales y ciudades han convertido a las infracciones en un ingreso recurrente para financiar no solo a las secretarias de tránsito sino todo tipo de necesidades, algo contrario al espíritu inicial, que es reducir los accidentes y promover campañas ciudadanas con los dineros recaudados.
La confusión por las fotomultas
La primera buena noticia en ese sentido para los colombianos corrió por cuenta de la sentencia C-038 de febrero 06 de 2020, a través de la cual la Corte Constitucional le puso freno de mano al concepto de solidaridad pasiva en torno a las fotomultas. Es decir, a la hora de imponerse un comparendo, el conductor del vehículo, es decir el infractor, debe ser plenamente identificado y no se le puede cobrar de inmediato al propietario del vehículo.
La otra noticia, un poco más técnica pero igualmente polémica, surgió cuando César Pinzón Correa, miembro de la Veeduría de Movilidad, aseguró hace poco que los comparendos no prestan mérito ejecutivo y por lo tanto no se pueden cobrar.
De inmediato, el tema de las multas y sanciones por infracciones de tránsito se convirtió en tendencia y las redes sociales estallaron, pero en el fondo tantas opiniones y versiones en torno al mismo tema terminaron por ahondar la confusión y hoy muchos colombianos aún se debaten entre pagar o no pagar esas multas.
Diario Criterio se dio a la tarea de analizar a fondo todo el asunto y debatir con expertos en temas constitucionales y administrativos los rumores y versiones que se tejen frente a las fotomultas.
Comparendos: no se pueden cobrar, pero sí se pueden pagar
La noticia que soltó el veedor sobre que los comparendos no se pueden cobrar es cierta pero engañosa en su interpretación y alcance.
Casi todas las fuentes consultadas para este artículo coincidieron en advertir que si bien Pinzón Correa tiene razón, eso en nada cambiará lo que viene sucediendo con los comparendos.
Y lo argumentan apoyados en el artículo 136 del Código Nacional de Tránsito, en el que se contempla la reducción de la multa. Ese artículo es claro en advertir la voluntad del presunto infractor para acceder a ese beneficio:
“Una vez surtida la orden de comparendo, si el inculpado acepta la comisión de la infracción, podrá, sin necesidad de otra actuación administrativa: cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa dentro de los cinco (5) días siguientes a la orden de comparendo y siempre y cuando asista obligatoriamente a un curso (…)”.
Así las cosas, el veedor Pinzón Correa tiene razón cuando asegura que los comparendos no son títulos ejecutivos y como tal no se pueden cobrar, porque para ello se necesita que la autoridad respectiva emita un acto administrativo en el que se imponga la multa.
Pero también tienen razón quienes alegan que la misma ley contempla que se puedan pagar los comparendos aceptando de manera voluntaria que se cometió la infracción. “No ha cambiado nada porque el comparendo es lo que da inicio a la actuación administrativa”, argumentó Leonardo Galeano, juez 39 administrativo del circuito de Bogotá.
En ese mismo sentido se pronunció Camilo Pabón, superintendente de Transporte, al precisar que el comparendo no es un título ejecutivo per se y que en su experiencia nunca ha visto que se intente ejecutar un cobro con una orden de comparendo.
“El comparendo es la orden formal para que el presunto contraventor o implicado se presente o comparezca ante la autoridad de tránsito competente por la comisión de una infracción, mientras que la multa corresponde a la sanción en dinero que debe pagar el conductor y cuyo valor es determinado por la gravedad de la contravención”, explicó el funcionario en un comunicado.
Al respecto, Alejandro Rubio, presidente de la Asociación de Motociclistas de Colombia (Asomocol), precisó que al acogerse al pago voluntario de un comparendo se tiene como único propósito “acceder al beneficio de los descuentos, que en este caso equivale al 50 por ciento de la multa, si se realiza dentro de los cinco días hábiles a la expedición del respectivo comparendo y se realiza el curso; pero si esperamos hasta que se expida la multa como tal, pues se pierde esa oportunidad”.
En conclusión, ambas posturas tienen razón, pero lo de fondo es que, pese a ese tecnicismo administrativo, si a usted le expiden una orden de comparendo, sobre todo si es por tener SOAT vencido, no tener la revisión técnico-mecánica al día o quien cometió estas u otras infracciones está plenamente identificado, lo aconsejable es acogerse al descuento antes de que venza el término de cinco días cuando el comparendo es físico, u once días cuando le llega por correo electrónico.
Precisamente esta gabela es la que hace que muchos paguen así sientan que se cometió una injusticia. Sin embargo, hay otros caminos más lentos, pero seguros, para quitarse de encima algunos comparendos.
Plena identificación del infractor
Como ya se advirtió, el efecto jurídico de la sentencia que les puso tatequieto a los privados que operan las fotomultas ha sufrido algunas variables prácticas.
Lo primero que se debe advertir es que el fallo puso freno de mano a los abusos en materia de fotomultas, pues las autoridades están en la obligación de identificar plenamente al infractor.
En otras palabras, el solo hecho de tomar una imagen en la que se identifica a un vehículo que viola las normas de tránsito (exceso de velocidad, giros prohibidos o parquear mal) no es suficiente para que el propietario tenga que aceptar y pagar el comparendo.
“(…) a la luz de la jurisprudencia constitucional, la solidaridad pasiva en materia sancionatoria resulta inconstitucional si conduce a que la sanción recaiga sobre una persona diferente a quien realizó personalmente el acto reprochado”, explicó la Corte Constitucional en la mencionada sentencia.
La mala noticia es que las capitales y autoridades de tránsito le encontraron un hueco a la Corte Constitucional para decir que ese procedimiento se debe solicitar ante la autoridad respectiva.
Según el artículo 135 del Código Nacional de Tránsito, se contempla el envío de la presunta infracción al correo o residencia del propietario del vehículo: “(…) En tal caso se enviará por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes la infracción y sus soportes al propietario, quien estará obligado al pago de la multa”.
Con este simple hecho, como ha pasado desde hace años, se mantuvo la puerta jurídica abierta para que las autoridades de tránsito obliguen a los dueños de los vehículos a comparecer a sus despachos a dar explicaciones, aunque ellos no sean los infractores. Pero no todo está perdido.
Germán Guerrero Martínez, de la firma Guerrero Abogados, con sede principal en Medellín, explicó que en casos como no tener el SOAT o circular sin revisión técnico-mecánica sí hay faltas imputables al propietario del carro, por lo que lo aconsejable es pagar con los descuentos.
Pero con las otras infracciones en las que autoridades de tránsito insisten en imponer una fotomulta sin tener al conductor infractor plenamente identificado, “lo que debe hacer el propietario del vehículo es solicitar la respectiva audiencia para impugnar el comparendo“, precisó el abogado.
Lo más seguro es que lo citen, a una hora y día casi imposible de asistir, para comparecer ante un inspector de tránsito, quien debe iniciar una diligencia y mostrarle las pruebas que tienen para endilgarle la infracción. No obstante, recuerde que la ley obliga a las autoridades de tránsito facilitar que la audiencia pueda realizarse de manera virtual.
“Por lo general, le muestran el mismo fotocomparendo que le llegó. Basta con exigirle que le demuestren que usted es la persona que conducía el vehículo al momento de la supuesta infracción”, detalló Guerrero Martínez.
El derecho a no declarar contra sí mismo
En Colombia ninguna cámara de fotomultas tiene la tecnología para identificar al conductor. Probablemente la autoridad de tránsito, al no poder demostrar que usted es el infractor, le preguntará o exigirá que sea usted quien identifique plenamente al conductor infractor.
“En estos casos es cuando invocamos el derecho fundamental a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo, contra su cónyuge, compañera permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, contemplados en la Constitución y en el Código de Procedimiento Penal”, argumentó el abogado.
Incluso, solo decir que usted no era quien estaba conduciendo es suficiente.
En efecto, el artículo 33 de la Constitución Política de Colombia dice: “Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil”.
Probablemente, el inspector o la autoridad pedirá las pruebas que tiene a su favor. Así le sucedió a Sebastián Estrada, quien tuvo que asistir al Supercade de la Secretaría de Movilidad el 28 de diciembre a la 1:45 de la tarde por un comparendo de velocidad que le pusieron a su hijo, en septiembre, por ir a 62 kilómetros por hora.
Cuando la autoridad le pida las pruebas, puede aportarlas, si las tiene. También puede decir que la Corte Constitucional advierte que el infractor debe ser plenamente identificado y que usted no era el infractor, si es que en verdad no lo es, porque esa es una declaración bajo juramento.
¿Y si la persona pierde?
Para el abogado Germán Guerrero, es improbable que una autoridad de tránsito se someta a posibles sanciones por violar derechos fundamentales como el debido proceso, desconociendo mandatos constitucionales, jurisprudenciales y de paso arriesgando su pellejo frente al presunto delito de prevaricato por acción.
Guerrero, especialista en derecho penal, recuerda que, de presentarse ese escenario hipotético, los caminos legales más expeditos para las sanciones por fotomultas sin plena identificación del infractor “son los de insistir con quejas ante la Superintendencia de Transporte, la Procuraduría por extralimitación de funciones y la acción de tutela buscando amparar el derecho fundamental al debido proceso”.
De hecho, algunos abogados advierten que los agentes de tránsito o funcionarios que están firmando los comparendos que emiten las fotomultas sin plena identificación del infractor podrían quedar inmersos en procesos disciplinarios y hasta penales por saber que están violando la propia ley.
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Actualidad
¿Se embolataron las vacaciones? Tolima y Cundinamarca declaran emergencia. Estos son los municipios afectados
Crisis en dos departamentos de Colombia. Tolima y Cundinamarca por brote de fiebre amarilla. Les brindamos información, recomendaciones, municipios afectados y demás datos sobre dicha emergencia.

Atención en Cundinamarca y el Tolima. Las autoridades de estos departamentos, en especial el de Cundinamarca, han declarado estados de alerta y emergencia económica y sanitaria ante un brote de fiebre amarilla que ya deja casos de muertes, con riesgo de expansión a otras regiones del país.
Mientras Cundinamarca activó un plan de contingencia preventivo, el gobierno nacional anunció medidas urgentes para contener la propagación del virus, vinculada al cambio climático y la movilidad humana.
Cundinamarca declara emergencia sanitaria
La Gobernación de Cundinamarca citó el Decreto 086 del 10 de abril de 2025, el cual declara estado de alerta ante el posible brote de fiebre amarilla. La medida busca activar acciones inmediatas para prevenir y controlar la enfermedad, especialmente en poblaciones vulnerables. La alerta estará vigente hasta que se supere el riesgo, con un plan basado en cinco ejes: gestión de la contingencia, vigilancia epidemiológica, promoción de la salud, atención médica y comunicación de riesgos.
Lea: Esta es la competencia de la nueva Suzuki V-strom 160
Municipios en mayor riesgo
Según la Secretaría de Salud de Cundinamarca, 21 municipios han sido identificados como zonas críticas, entre ellos:
- Agua de Dios, Girardot, Guaduas, Medina, Paratebueno, Puerto Salgar, Ricaurte y Tocaima.
Estas localidades, muchas cercanas a ríos y zonas boscosas, son focos potenciales de propagación del mosquito Aedes aegypti, transmisor del virus.
Acciones inmediatas en Cundinamarca
Las autoridades ordenaron a hospitales, EPS e IPS garantizar:
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Ampliar CIRCULAR EXTERNA 20254000000157
CIRCULAR-20254000000157_23104- Atención médica oportuna.
- Disponibilidad de insumos y vacunas.
- Jornadas de vacunación extramurales y nocturnas.
Además, se insta a la ciudadanía a eliminar criaderos de mosquitos y participar activamente en las campañas de inmunización.
Tolima en emergencia: 74 casos y 32 muertes
Mientras tanto, el Tolima enfrenta una crisis más aguda, con 74 casos confirmados y 32 muertes, según el presidente Gustavo Petro. El mandatario anunció una emersión económica y sanitaria para acelerar la vacunación y contener el brote, cuyo epicentro se ubica en los bosques de Galilea (Villarrica).
Amplíe: Esta moto de Suzuki se sigue vendiendo aunque pasen los años. Conózcala
Expansión del virus por cambio climático
Petro advirtió que el aumento de temperaturas ha permitido que el mosquito llegue a zonas donde antes no circulaba, incluyendo ciudades como Bogotá. «El mosquito en una ciudad es más peligroso que en una selva», afirmó, debido a la alta densidad poblacional.
Ruta crítica del brote en tolima
El virus se habría propagado desde el sur del Tolima (Dolores, Cunday, Icononzo, Melgar y Chaparral) hacia la cordillera central y la zona cafetera, cruzando incluso el río Magdalena. La extracción ilegal de madera y el turismo de Semana Santa habrían acelerado su dispersión.
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Factor vacunación: clave para frenar el avance
Petro enfatizó que la rapidez en la vacunación es crucial, ya que la inmunidad tarda 10 días en desarrollarse. Anunció que se habilitarán 18.000 escuelas rurales como puntos de vacunación y criticó la falta de apoyo de la Gobernación del Tolima y la Federación de Cafeteros.
Pautas para la vacunación
- Efectividad del 99% a partir del día 30 (protección de por vida)
- Encuesta previa obligatoria para mayores de 18 años
- Límite de edad: no se aplica a personas de 60 años o más
- Viajeros a zonas de riesgo deben estar vacunados
Falta de preparación en Bogotá
El presidente expresó preocupación por la falta de equipos básicos de salud en Bogotá, lo que dificultaría una vacunación masiva en caso de brote. Instó al Distrito a tomar medidas preventivas.
Llamado a la acción
Petro pidió a la ciudadanía:
- Evitar viajes a zonas de riesgo (especialmente la zona cafetera).
- Vacunarse si están en grupos vulnerables.
- Eliminar criaderos de mosquitos.


Críticas a la falta de prevención
El mandatario vinculó la crisis a la falta de prevención histórica y lamentó que su reforma a la salud no se haya aprobado, la cual priorizaba medidas como esta.
Finalmente, el brote de fiebre amarilla en Cundinamarca y Tolima es una alerta sanitaria nacional que requiere acción coordinada entre gobiernos, sector salud y ciudadanía. La vacunación, el control de vectores y la educación son claves para evitar una tragedia mayor. Las autoridades insisten: la prevención salva vidas.
Actualidad
Esta es la competencia de la nueva Suzuki V-strom 160
Suzuki recién dio luz verde para entregar la V-strom a los almacenes a nivel nacional. Aquí la ponemos mano a mano con la competencia. Detallen-.

En este artículo, no estamos haciendo un comparativo ni una guía de compra. Simplemente deseamos resaltar que las motos de bajo cilindraje también pueden ser una opción válida para quienes buscan vehículos con actitud aventurera. Queremos demostrar que las motos económicas, de hasta 200cc, tienen mucho que ofrecer para quienes desean viajar sin dejar de ser prácticas y accesibles. Aquí va una de Suzuki, Honda y más…
El fierro de Suzuki








Por supuesto, muchas marcas ofrecen modelos pensados especialmente para el off-road, como la famosa Honda XRL 190. Pero en esta ocasión nos concentramos en aquellas motos de actitud adventure, ideales para quienes desean incursionar en viajes largos, sin necesidad de una moto de mayor cilindrada.
Y es que, incluso con una moto de 200cc, la aventura está garantizada. Es por eso que modelos más grandes, como la KTM 250. No los incluimos en esta lista, ya que nuestro enfoque está en opciones asequibles. Ideales para los que inician o desean una moto más económica.
Honda NX 190: la versatilidad de una líder confiable
La Honda NX 190 es una moto que ha apostado por cargar la estética de las NX más grandes, pero con la motorización pequeña vista en los modelos más off road y la CB190R. Con su motor de 184cc. es perfecta para quienes buscan una moto fácil de manejar tanto en ciudad como en terrenos más difíciles, pero siempre de forma cómoda.
Honda, siempre reconocida por la durabilidad de sus modelos. Ofrece una moto con un diseño moderno, fiable y accesible para quienes se animan a realizar viajes largos.
Lea: Restricción para vehículos en Semana Santa 2025. Horarios y vías
Ficha técnica:
- Cilindraje: 184.4 cc
- Tipo de motor: Monocilíndrico, 4 tiempos, SOHC, refrigerado por aire
- Potencia máxima: 16.4 HP a 8,500 rpm
- Torque máximo: 15.6 Nm a 6,000 rpm
- Transmisión: 5 velocidades
- Sistema de alimentación: Inyección electrónica PGM-FI
- Suspensión delantera: Telescópica invertida
- Suspensión trasera: Monoamortiguador
- Sistema de frenos: Disco delantero y trasero, ABS en la rueda delantera
- Capacidad del tanque de combustible: 12 litros
- Peso en orden de marcha: 146 kg
- Altura del asiento: 830 mm
- Precio: $13.600.000




SYM NH-Trazer 190i: aventura con estilo
La SYM NH-Trazer 190i se presenta como una moto con una estética que destaca en la categoría de las aventureras. Ofreciendo un diseño robusto y una línea muy de SYM. Este modelo es perfecto para aquellos que desean una moto ágil y resistente, sin renunciar a las sensaciones de libertad que brindan las motos de aventura.
Características clave:
- Motor: 4T monocilíndrico, 4 válvulas, refrigerado por líquido
- Cilindrada: 183 cc (190 cc comercial)
- Potencia: 18.5 hp @ 8500 rpm
- Torque: 15.7 Nm @ 7500 rpm
- Alimentación: EFI (inyección electrónica)
- Encendido: ECU (electrónico)
- Arranque: Eléctrico
- Emisiones: Euro 3
- Transmisión: 6 velocidades
- Embrague: Multidisco en baño de aceite
- Suspensión delantera: Telescópica
- Suspensión trasera: Monoshock
- Frenos delanteros: Disco
- Frenos traseros: Disco CBS
- Distancia entre ejes: 1400 mm
- Peso en seco: 142 kg
- Precio: $ 12.699.000






Otra competencia para Suzuki. Victory MRX Arizona
La Victory MRX Arizona es otra de las opciones a tener en cuenta en este segmento, con una motorización de 199cc, ideal para quienes buscan una moto económica con la cual puedan comenzar a explorar rutas fuera de la ciudad.
Su diseño robusto y sus características orientadas a la comodidad y resistencia la hacen ideal para quienes desean realizar recorridos más largos o incluso explorar caminos menos transitados, al fin, que es la más off road de las que estamos presentando
Características clave:
- Cilindraje199,5 cc
- Motor Monocilíndrico 4 tiempos SOHC de 2 válvulas
- Torque máximo 17 Nm @ 6000 rpm
- Potencia máxima 17,4 HP @ 8000 rpm
- Suspensión delantera Telescópica hidráulica
- Relación de compresión 9,0 : 1
- Sistema de alimentación Carburador
- Sistema de encendido CDI
- Combustible Gasolina corriente
- Transmisión Mecánica 6 velocidades
- Capacidad del tanque (incluyendo la reserva)16 L (4,2 gal)
- Arranque Eléctrico
- Suspensión trasera Mono amortiguador ajustable en precarga
- Freno adelante disco de 280 mm
- Freno atrás disco de 210 mm
- Llanta adelante 90/90-19
- Llanta atrás 110/90-17
- Distancia entre ejes 1330 mm
- Altura al sillín 810 mm
- Peso en seco134 Kg
- Precio: $11.590.000






Hero Xpulse 200 Advance: la aventurera de bajo cilindraje más popular
La Hero Xpulse 200 Advance es una de las motos más populares en la categoría de las aventureras de bajo cilindraje. Su suspensión y características de diseño le permiten manejar diversos tipos de terrenos. Además, el diseño neoretro la convierte en una moto inconfundible. Un gran ventaja de Hero es que este modelo permite su radicalización con el Kit Rally que vende la marca, precisamente para convertirla en un modelo casi de competencia.
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Características clave:
- Longitud máxima: 2223 mm
- Ancho máximo: 850 mm
- Altura máxima: 1257 mm
- Distancia entre ejes: 1412 mm
- Distancia al suelo: 220 mm
- Peso: 154 kg
- Altura del asiento: 823 mm
- Tipo de motor: Monocilíndrico, 4 Tiempos, OHC, Refrigeración por aire
- Potencia: 18,1 hp @ 8000 rpm
- Torque: 17.1 Nm @ 6500 rpm
- Desplazamiento: 199,6 cc
- Relación de compresión: 10:01 (combustible corriente)

- Capacidad del tanque: 3,4 galones (12,87 Litros)
- Tipo de transmisión: Mecánica de 5 velocidades, embrague húmedo
- Suspensión trasera: Monosuspensión Endurance ajustable en 10 posiciones
- Suspensión delantera: Hidráulica telescópica de 37 mm
- Rueda delantera: 90/90-21 M/C – 54S
- Rueda trasera: 120/80-18 M/C – 62S
- Precio: $10.490.000





¿Mano a mano con Suzuki V-strom? AKT TT200:
La AKT TT200 es una moto diseñada para quienes buscan un modelo económico y funcional, capaz de moverse tanto por la ciudad como por caminos más desafiantes. Su motor de 200cc y su estructura ligera y dakariana hacen de la TT 200 una excelente opción para no quieren endeudarse, pero al mismo tiempo buscan algo un poco más radical.
AKT ha logrado consolidarse como una marca confiable en Colombia, ofreciendo motos que se ajustan a las necesidades sin comprometer la calidad.
Características clave:
- Tipo de Motor: RE 4T SOHC
- Cilindraje: 197 C.C
- Potencia: 16.5 HP @ 8500 RPM
- Torque: 15.5 NM @ 6500 RPM
- Capacidad del Tanque: 3.17 GAL
- Relación de Compresión: 9.2:1
- Encendido: CDI
- Caja: 6 velocidades
- Arranque: Eléctrico
- Freno Delantero: Disco lobulado
- Freno Trasero: Disco lobulado
- Suspensión Delantera: Telescópica hidráulica
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- Suspensión Trasera: Unishock
- Dimensiones (Largo x Ancho x Alto): 2080 x 780 x 1170 mm
- Distancia entre Ejes: 1370 mm
- Distancia del Motor al Piso: 255 mm
- Rueda Delantera: 90/90-19
- Rueda Trasera: 110/90-17
- Peso Seco: 120 kg
- Precio: $9.190.000



El sentido Adventure de las motos de baja cilindrada
Las motos de hasta 200cc ofrecen una excelente opción para quienes desean experimentar la aventura de viajar sobre dos ruedas sin la necesidad de optar por modelos de alta cilindrada.
Como hemos visto. Marcas como: Honda, SYM, Victory, Hero y AKT tienen propuestas que, a pesar de ser de menor cilindrada. Cuentan con la actitud y la capacidad necesarias para enfrentar viajes largos y recorridos fuera de la carretera.
En próximos artículos, confrontaremos estos modelos y con la experiencia propia de PubliMotos, te enseñaremos que moto se acomoda a lo que estás buscando. Les dejamos la siguiente recomendación de nuestro canal de YouTube.
Actualidad
Restricción para vehículos en Semana Santa 2025. Horarios y vías
Semana Santa 2025 llega con celebraciones religiosas, viajeros, vehículos que deben ser controlados y restricciones a diario. Aquí les explicamos como funciona con los respetivos horarios.

El Ministerio de Transporte y la Policía Nacional han establecido un riguroso plan de restricciones vehiculares para la temporada de Semana Santa 2025. Con el objetivo de garantizar la seguridad vial y facilitar el flujo de millones de colombianos que se movilizarán por las carreteras del país.
Estas medidas, detalladas en el Boletín Estratégico de Seguridad y Movilidad. Aplican específicamente para vehículos de carga pesada y contemplan excepciones vitales para el abastecimiento nacional.
Semana Santa 2025
Jueves Santo 17 de abril – día crítico de restricciones
- Horario: 6:00 a.m. a 6:00 p.m. (12 horas continuas)
- Vías afectadas: Todas las 36 rutas nacionales sujetas a restricción
- Puntos clave:
- Restricción total en el corredor Bogotá-Fusagasugá-Melgar-Ibagué (ambos sentidos)
- Excepción para transporte de alimentos perecederos hasta el 80% de capacidad
- Operativo especial en la vía Honda-Doradal-Medellín (12:00 m. a 7:00 p.m.)


Viernes Santo 18 de abril – único día sin restricciones
- Situación excepcional: no aplican restricciones para vehículos pesados
- Motivo: facilitar el abastecimiento nacional de alimentos y medicinas
- Recomendación:
- Aprovechar para transporte de mercancías
- Prever alta congestión vehicular de turistas
Sábado 19 de abril – restricción nocturna
- Horario: 2:00 p.m. a 11:00 p.m. (9 horas)
- Enfoque principal:
- Control estricto en Bogotá-Fusagasugá-Melgar-Ibagué
- Dispositivo especial en La Pintada (Antioquia)
- Medidas especiales:
- Carriles reversibles en Bogotá-Villavicencio desde las 12:00 m.
- Patrullaje aéreo con drones en corredores turísticos
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Domingo 20 de abril – restricción extendida fin Semana Santa
- Horario extendido: 8:00 a.m. a 1:00 a.m. del lunes (17 horas)
- Vías con control absoluto:
- Bogotá-Villavicencio (sin restricciones)
- Ibagué-Calarcá-La Paila
- Particularidad:
- Prohibición total para transporte de ganado en pie
- Refuerzo de inspectores de tránsito en peajes clave


Dispositivos especiales para estos cuatro días
- Puestos de control móviles: 42 puntos adicionales en corredores turísticos
- Centro de monitoreo: operativo 24/7 con análisis de flujo vehicular
- Equipos de respuesta rápida: 128 grúas estratégicamente ubicadas

Consejos para transportistas:
- Jueves Santo: programar viajes antes de las 5:00 a.m.
- Viernes Santo: aprovechar para viajes largos sin restricciones
- Sábado: evitar vías principales después del mediodía
- Domingo: extremar precauciones en retornos a Bogotá y Medellín
Excepciones vigentes:
- Oxígeno medicinal (sin límite horario)
- Combustibles (excepto domingo en Bogotá-Villavicencio)
- Vehículos de rescate y atención de emergencias
Impacto estimado:
- Reducción del 40% en tráfico pesado
- Disminución esperada de 25% en accidentes viales
- 320 operativos de control programados
Estas medidas buscan garantizar una Semana Santa segura para los más de 8 millones de colombianos que tradicionalmente viajan en estas fechas. Las autoridades recomiendan consultar diariamente el estado de las vías o en la cuenta @InfovialCol en «X».
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