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Fotomultas: verdades, mentiras y cómo quitárselas sin pagar

Las cámaras que controlan la velocidad y las infracciones de tránsito se convirtieron en un dolor de cabeza para los colombianos. Diario Criterio le explica cómo funcionan y cómo zafarse de las odiadas sanciones que muchos consideran injustas.

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ARTÍCULO DEL MEDIO ALIADO DIARIOCRITERIO.COM/ACTUALIDAD

En menos de un año, las sanciones por infracciones de tránsito han sido noticia nacional. La expectativa por todo lo que suceda alrededor de las fotomultas es motivo de discusión, debate y hasta indignación, porque existe la percepción de que esos dispositivos, a los que pomposamente llaman cámaras salvavidas, en realidad solo sirven para recaudar dinero.

De hecho, en marzo pasado se supo que la Superintendencia de Transporte estaba investigando a 14 organismos de tránsito y les hizo requerimientos a otros 40 para establecer la legalidad de los sistemas de fotodetección de infracciones utilizados. Dicho en palabras más simples, los investiga por presuntas irregularidades en el uso e instalación de las odiadas fotomultas.

Parte de la indignación ocurre porque la gran mayoría de capitales y ciudades han convertido a las infracciones en un ingreso recurrente para financiar no solo a las secretarias de tránsito sino todo tipo de necesidades, algo contrario al espíritu inicial, que es reducir los accidentes y promover campañas ciudadanas con los dineros recaudados.

La confusión por las fotomultas

La primera buena noticia en ese sentido para los colombianos corrió por cuenta de la sentencia C-038 de febrero 06 de 2020, a través de la cual la Corte Constitucional le puso freno de mano al concepto de solidaridad pasiva en torno a las fotomultas. Es decir, a la hora de imponerse un comparendo, el conductor del vehículo, es decir el infractor, debe ser plenamente identificado y no se le puede cobrar de inmediato al propietario del vehículo.

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La otra noticia, un poco más técnica pero igualmente polémica, surgió cuando César Pinzón Correa, miembro de la Veeduría de Movilidad, aseguró hace poco que los comparendos no prestan mérito ejecutivo y por lo tanto no se pueden cobrar.

De inmediato, el tema de las multas y sanciones por infracciones de tránsito se convirtió en tendencia y las redes sociales estallaron, pero en el fondo tantas opiniones y versiones en torno al mismo tema terminaron por ahondar la confusión y hoy muchos colombianos aún se debaten entre pagar o no pagar esas multas.

Diario Criterio se dio a la tarea de analizar a fondo todo el asunto y debatir con expertos en temas constitucionales y administrativos los rumores y versiones que se tejen frente a las fotomultas.

Comparendos: no se pueden cobrar, pero sí se pueden pagar

La noticia que soltó el veedor sobre que los comparendos no se pueden cobrar es cierta pero engañosa en su interpretación y alcance.

Casi todas las fuentes consultadas para este artículo coincidieron en advertir que si bien Pinzón Correa tiene razón, eso en nada cambiará lo que viene sucediendo con los comparendos.

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Y lo argumentan apoyados en el artículo 136 del Código Nacional de Tránsito, en el que se contempla la reducción de la multa. Ese artículo es claro en advertir la voluntad del presunto infractor para acceder a ese beneficio:

“Una vez surtida la orden de comparendo, si el inculpado acepta la comisión de la infracción, podrá, sin necesidad de otra actuación administrativa: cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa dentro de los cinco (5) días siguientes a la orden de comparendo y siempre y cuando asista obligatoriamente a un curso (…)”.

Así las cosas, el veedor Pinzón Correa tiene razón cuando asegura que los comparendos no son títulos ejecutivos y como tal no se pueden cobrar, porque para ello se necesita que la autoridad respectiva emita un acto administrativo en el que se imponga la multa.

Pero también tienen razón quienes alegan que la misma ley contempla que se puedan pagar los comparendos aceptando de manera voluntaria que se cometió la infracción. No ha cambiado nada porque el comparendo es lo que da inicio a la actuación administrativa”, argumentó Leonardo Galeano, juez 39 administrativo del circuito de Bogotá.

En ese mismo sentido se pronunció Camilo Pabón, superintendente de Transporte, al precisar que el comparendo no es un título ejecutivo per se y que en su experiencia nunca ha visto que se intente ejecutar un cobro con una orden de comparendo.

“El comparendo es la orden formal para que el presunto contraventor o implicado se presente o comparezca ante la autoridad de tránsito competente por la comisión de una infracción, mientras que la multa corresponde a la sanción en dinero que debe pagar el conductor y cuyo valor es determinado por la gravedad de la contravención”, explicó el funcionario en un comunicado.

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Al respecto, Alejandro Rubio, presidente de la Asociación de Motociclistas de Colombia (Asomocol), precisó que al acogerse al pago voluntario de un comparendo se tiene como único propósito “acceder al beneficio de los descuentos, que en este caso equivale al 50 por ciento de la multa, si se realiza dentro de los cinco días hábiles a la expedición del respectivo comparendo y se realiza el curso; pero si esperamos hasta que se expida la multa como tal, pues se pierde esa oportunidad”.

En conclusión, ambas posturas tienen razón, pero lo de fondo es que, pese a ese tecnicismo administrativo, si a usted le expiden una orden de comparendo, sobre todo si es por tener SOAT vencido, no tener la revisión técnico-mecánica al día o quien cometió estas u otras infracciones está plenamente identificado, lo aconsejable es acogerse al descuento antes de que venza el término de cinco días cuando el comparendo es físico, u once días cuando le llega por correo electrónico.

Precisamente esta gabela es la que hace que muchos paguen así sientan que se cometió una injusticia. Sin embargo, hay otros caminos más lentos, pero seguros, para quitarse de encima algunos comparendos.

Plena identificación del infractor

Como ya se advirtió, el efecto jurídico de la sentencia que les puso tatequieto a los privados que operan las fotomultas ha sufrido algunas variables prácticas.

Lo primero que se debe advertir es que el fallo puso freno de mano a los abusos en materia de fotomultas, pues las autoridades están en la obligación de identificar plenamente al infractor.

En otras palabras, el solo hecho de tomar una imagen en la que se identifica a un vehículo que viola las normas de tránsito (exceso de velocidad, giros prohibidos o parquear mal) no es suficiente para que el propietario tenga que aceptar y pagar el comparendo.

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“(…) a la luz de la jurisprudencia constitucional, la solidaridad pasiva en materia sancionatoria resulta inconstitucional si conduce a que la sanción recaiga sobre una persona diferente a quien realizó personalmente el acto reprochado”, explicó la Corte Constitucional en la mencionada sentencia.

La mala noticia es que las capitales y autoridades de tránsito le encontraron un hueco a la Corte Constitucional para decir que ese procedimiento se debe solicitar ante la autoridad respectiva.

Según el artículo 135 del Código Nacional de Tránsito, se contempla el envío de la presunta infracción al correo o residencia del propietario del vehículo: “(…) En tal caso se enviará por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes la infracción y sus soportes al propietario, quien estará obligado al pago de la multa”.

Con este simple hecho, como ha pasado desde hace años, se mantuvo la puerta jurídica abierta para que las autoridades de tránsito obliguen a los dueños de los vehículos a comparecer a sus despachos a dar explicaciones, aunque ellos no sean los infractores. Pero no todo está perdido.

Germán Guerrero Martínez, de la firma Guerrero Abogados, con sede principal en Medellín, explicó que en casos como no tener el SOAT o circular sin revisión técnico-mecánica sí hay faltas imputables al propietario del carro, por lo que lo aconsejable es pagar con los descuentos.

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Pero con las otras infracciones en las que autoridades de tránsito insisten en imponer una fotomulta sin tener al conductor infractor plenamente identificado, “lo que debe hacer el propietario del vehículo es solicitar la respectiva audiencia para impugnar el comparendo“, precisó el abogado.

Lo más seguro es que lo citen, a una hora y día casi imposible de asistir, para comparecer ante un inspector de tránsito, quien debe iniciar una diligencia y mostrarle las pruebas que tienen para endilgarle la infracción. No obstante, recuerde que la ley obliga a las autoridades de tránsito facilitar que la audiencia pueda realizarse de manera virtual.

“Por lo general, le muestran el mismo fotocomparendo que le llegó. Basta con exigirle que le demuestren que usted es la persona que conducía el vehículo al momento de la supuesta infracción”, detalló Guerrero Martínez.

El derecho a no declarar contra sí mismo

En Colombia ninguna cámara de fotomultas tiene la tecnología para identificar al conductor. Probablemente la autoridad de tránsito, al no poder demostrar que usted es el infractor, le preguntará o exigirá que sea usted quien identifique plenamente al conductor infractor.

“En estos casos es cuando invocamos el derecho fundamental a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo, contra su cónyuge, compañera permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, contemplados en la Constitución y en el Código de Procedimiento Penal”, argumentó el abogado.

Incluso, solo decir que usted no era quien estaba conduciendo es suficiente.

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En efecto, el artículo 33 de la Constitución Política de Colombia dice: Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil”.

Probablemente, el inspector o la autoridad pedirá las pruebas que tiene a su favor. Así le sucedió a Sebastián Estrada, quien tuvo que asistir al Supercade de la Secretaría de Movilidad el 28 de diciembre a la 1:45 de la tarde por un comparendo de velocidad que le pusieron a su hijo, en septiembre, por ir a 62 kilómetros por hora.

Cuando la autoridad le pida las pruebas, puede aportarlas, si las tiene. También puede decir que la Corte Constitucional advierte que el infractor debe ser plenamente identificado y que usted no era el infractor, si es que en verdad no lo es, porque esa es una declaración bajo juramento.

¿Y si la persona pierde?

Para el abogado Germán Guerrero, es improbable que una autoridad de tránsito se someta a posibles sanciones por violar derechos fundamentales como el debido proceso, desconociendo mandatos constitucionales, jurisprudenciales y de paso arriesgando su pellejo frente al presunto delito de prevaricato por acción.

Guerrero, especialista en derecho penal, recuerda que, de presentarse ese escenario hipotético, los caminos legales más expeditos para las sanciones por fotomultas sin plena identificación del infractor “son los de insistir con quejas ante la Superintendencia de Transporte, la Procuraduría por extralimitación de funciones y la acción de tutela buscando amparar el derecho fundamental al debido proceso”.

De hecho, algunos abogados advierten que los agentes de tránsito o funcionarios que están firmando los comparendos que emiten las fotomultas sin plena identificación del infractor podrían quedar inmersos en procesos disciplinarios y hasta penales por saber que están violando la propia ley.

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¿Puedo girar a la derecha en un semáforo en rojo? | Le resolvemos la duda

Si se ha preguntado si girar a la derecha con un semáforo en rojo está permitido, le contamos sí está o no permitido.

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Mucho hemos escuchado sobre el famoso giro a la derecha si estamos en un semáforo, pero usualmente los motociclistas temen a ser multados. Les resolvemos la duda.

El experto que nos habló del tema fue el Señor Biter, conocido por su constante apoyo a los conductores que sufren por la desinformación.

El creador de contenido nos explicó que en el artículo 118 del Código de Tránsito está establecida la regla que habla sobre los giros a la derecha que muchos conductores hacen en un semáforo en rojo.

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El giro a la derecha sí está permitido siempre y cuando se respeten dos reglas fundamentales, la primera es que el conductor debe asegurarse que no haya actores viales o peatones al momento de dar el giro, ellos tienen la prelación.

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Lo segundo, es que no exista una señalización previa que prohíba el giro. Respetando estas dos reglas, sí puede girar a la derecha sin importar si el semáforo está en rojo.

Como consecuencia de no acatar algunas de estas reglas y se cometa la infracción, el motociclista o conductor, podrán enfrentar una multa de hasta $1.145.000.

Cabe mencionar que, si esta infracción es cometida por un motociclista, la moto será inmovilizada y tendrá que cubrir todos los gatos que esta acción acarrea. Evítese el dolor de cabeza.

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Esta es la razón para no ir donde mecánicos de barrio. Le dañaron la moto al motociclista

Una triste historia vivió un motociclista que por ahorrarse dinero quedó varado con su moto en medio de una carretera.

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¡Lo barato sale caro! Por más que nos repitamos esa frase siguen sucediendo situaciones que nos llevan a adquirir un producto o servicio de poca reputación. Así le pasó a un motociclista que se lamentó ahorrarse unos pesos con su moto.

En medio de nuestro viaje por carretera nos encontramos con un señor dueño de una Suzuki Gixxer, la cual fue llevada a un mantenimiento habitual en un taller en la ciudad musical, Ibagué, para dirigirse a trabajar a Bogotá.

Sin embargo, en medio de la vía llegando a Girardot se le empezó a regar el aceite, ¿Qué pasó?

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Varado con su moto en medio de la carretera

Según lo que vimos el tapón del cárter quedó mal ajustado y por las vibraciones de la moto, éste se soltó y ocasionó un desastre en medio de la carretera. La situación dejo como resultado el motor fundido; un arreglo para nada económico.

“Llévala a un buen técnico, con certificados”, fueron las contundentes palabras de Alejandro Rubio, luego de conocer el infortunio del compañero motociclista que quedó varado.

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En el momento de nosotros publicar el video, el dueño de la moto estaba esperando un servicio de grúa para transportar su máquina hasta Chicoral, Tolima.

Déjennos sus comentarios en nuestras redes sociales.

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Comparativo | Honda CB 100 vs Bajaj Boxer CT100 | ¿Cuál es la mejor motocicleta para Colombia?

PubliMotos decidió comparar a la recién llegada Honda CB100 contra una de las motos icónicas ¿Cuáles fueron los resultados?

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PubliMotos decidió comparar la recién llegada Honda CB100 contra una de las motocicletas icónicas del actual mercado, ¿Cuáles fueron los resultados? Acá se los contamos.

Colombia es un mercado referencial; motocicleta que funcione bien aquí, lo hará en cualquier parte del mundo, por razones que caracterizan la zona, entre las cuales resaltan: los cambios de pisos térmicos en baja cantidad de tiempo y el estilo de conducción de los colombianos, factores determinantes para evaluar la calidad de los vehículos que llegan a nuestro país.

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A eso se le suma el anuncio de la Comisión de Regulación de Energía y Gas sobre los nuevos precios de la gasolina y el ACPM que empezó a regir desde el pasado 13 de abril, en el que el valor de estos combustibles aumentó.

Las motos vuelven a adquirir protagonismo al ofrecer un bajo consumo, cuidando el bolsillo y el medio ambiente. Recordemos que actualmente el precio de la gasolina en Bogotá está en $15.861 pesos, en Medellín aumentó a $15.787 y en Cali alcanzó un valor de $15.871 pesos colombianos.

En Colombia, según la Revista Motor, por cada carro nuevo que se vendió durante el 2023, salía del concesionario un aproximado de 3,7 motocicletas nuevas. Sin embargo, en comparación con el 2022, la industria motociclista cayó un 15,6 %, pese a esto, gran parte de las personas siguen eligiendo una moto como medio de transporte principal.

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A esto se suma que, según CESVI Colombia. Solo 13,5% de las motos vienen bien equipadas en seguridad.

En 2023 apenas un 2% de las contempladas entre 0-125 cc cumplen un estándar mínimo. Así, los sistemas de freno CBS en el segmento de cilindrada entre 0 – 125 cc representan un 17% en 2023. Estos modelos o líneas cubren únicamente el 9% de las unidades vendidas en el segmento.

El mercado de mayor influencia y de ventas pronunciadas es el de hasta 100 cc, en consecuencia, PubliMotos no quiso seguir la tendencia de “indicar cuales son las más económicas del mercado colombiano” sino, como ejecutamos varios años atrás, tomamos una de las motocicletas lideres en economía, la Bajaj Boxer CT100 ES y la enfrentamos ante una recién llegada que quiere dar mucho que hablar en nuestro país, la Honda CB100.

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Recordemos cual es la Boxer CT100 ES

Construida para rivalizar con tanques de guerra prácticamente, amada en los mercados rurales y urbanos, y transmitida por muchos padres a sus hijos. Son sólo algunas de las características de la Bajaj Boxer CT100 ES.

Alcanza una velocidad máxima aproximada de 90 km/h. Eso es mucho para un vehículo de 100 cc que comenzó su historia hace casi tres décadas. Seguir siendo capaz de mantenerse al día con la generación moderna es nada menos que un milagro.

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Con sólo 109 kg, la Bajaj Boxer CT100 ha sido la motocicleta ideal para trabajo y las dimensiones han sido casi perfectas. Las nuevas ofertas que vemos hoy, son el resultado de que las empresas se esfuerzan mucho por mejorar de la CT100.

Diseño de la Boxer

La farola está rodeada por un pequeño carenado, la que probamos tiene un aspecto clásico con rines de radios, aunque existe una versión con rines de aleación más cercana a la rival presente, la Honda CB100. El tanque es el mismo y tiene una protección para las rodillas como soporte. La suspensión trasera tiene un resorte adicional que es típico de Bajaj.

Bajaj intenta agregar distinción con detalles cromados. Las carcasas del motor son una mezcla de negro y plateado que lucen bien. El tanque tiene las calcomanías con gráficos básicos que se centra en la robustez y la longevidad.

El asiento tiene un amplio acolchado para motociclistas que la usan durante largas horas ya que hará que la conducción sea sencilla.

Motor de la Bajaj Boxer CT100

Con solo 100 cc y generando la misma potencia que algunas 110 cc, la Bajaj Boxer CT100 es una maravilla. La caja de cambios de 4 velocidades no es una de las más suaves, pero hace el trabajo.

La motocicleta se siente ruda pero es extremadamente confiable. Los cambios de marcha se realizan en intervalos largos, por lo que a la larga, se efectúa esto en menor frecuencia. No es rápida, pero tiene torque para el tráfico urbano, caminos rurales en mal estado o incluso para donde no existen vías.

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Las largas distancias son fáciles de recorrer, por eso esta es una gama increíble hoy en día. La Bajaj CT100 intenta conservar todos sus rasgos antiguos y, al mismo tiempo, intenta ser la motocicleta moderna que se supone que es.

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Bajaj Boxer CT 100 Conducción

Diseñada para facilitar los desplazamientos diarios ¡Un viaje sin complicaciones ni preocupaciones! El manubrio ancho hace que sea fácil de maniobrar en la ciudad. La altura del asiento es baja, lo que lo hace adecuada para los colombianos promedio y el peso ligero es una bendición disfrazada. Aunque es liviana, sigue siendo una de las más robustas y resistentes que existen. Ojalá viniera con frenos de disco, pero a un precio minimalista, ¿Qué más se puede esperar?

La Bajaj Boxer CT100 es sencilla, personificada para hacer los desplazamientos diarios y pasar a la próxima generación, incluso para que esos padres enseñen a sus hijos e hijas a amar el motociclismo, más de un colombiano aprendió en ella. Ya no hay mucho que pueda dañar en el caso de una caída involuntaria. La suspensión de doble resorte o SNS patentada por Bajaj junto con el asiento realmente suave, hace que sea soportable. Si fuera más suave la gente dormiría sobre ella.

Este es, uno de los motores de dos ruedas más barato que puedes comprar y ha existido durante décadas para demostrar su resistencia. Aún ganando corazones y ahora casi una leyenda viva, la Bajaj Boxer CT100 ha logrado dar un buen ejemplo de que la durabilidad no tiene por qué ser cara.

Ahora la retadora a este trono. Honda CB100 ¿Cómo es?

En el segmento de 100 cc siempre se habla de la Baja Boxer CT100, TVS 100 Sport, Hero Eco Deluxe entre otras desde hace un tiempo. Sin embargo, las cosas han cambiado ahora que Honda presentó su última oferta en el segmento de motocicletas de 100 cc. La nueva  CB100.

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Llega ofreciendo sistema de frenos CBS, motor con tecnología eSP, además de presentar bajo nivel de ruido y vibraciones de alto confort y desempeño. De igual manera tiende a ser económica en su mantenimiento.

La experiencia de manejo entrega comodidad y confort al usuario. Adicionalmente, da un balance de imagen con buena acogida.

Es la motocicleta más asequible del gigante de las dos ruedas que está a la venta en este momento. Y, por supuesto, este es un producto extremadamente importante para la empresa y marca el regreso de Honda al segmento de 100 cc; el gigante japonés está luchando contra su antiguo socio Hero, representado en nuestro país por HMCL Colombia, así como con Grupo UMA que representa Bajaj.

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Honda CB100 – Diseño

El estilo resulta muy familiar con el faro halógeno casi triangular, el depósito de combustible es clásico pero alineado con el gusto actual, los rines de aleación de cinco radios y el chasis estilizado.

Honda CB100 – Ergonomía

Está a la altura. Tiene un manubrio ancho con posapiés centrales que te mantendrán cómodo incluso después de un día de conducción. Requiere algo de esfuerzo sujetar el delgado tanque de combustible. Para el pasajero hay un amplio espacio el cual le permite ayudar a llevar equipaje, algo común en las motos de este segmento.

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También hay varios puntos de enganche (no intencionadamente) para sujetar con un elástico, alguna carga a la motocicleta. El asiento como tal sí es un poco duro si pensamos rodar 6 horas o más, cosa que la marca debería revisar.

Honda CB100 – Rendimiento

La CB100 es un ejemplo clásico de por qué mantener las cosas simples funciona mejor. La potencia proviene del motor monocilíndrico con alimentación a carburador de 98,98 cc recientemente desarrollado, ajustado para 6.9 Hp a 7.500 rpm y 7,5 Nm de torque máximo a 4.500 rpm, combinado con una caja de cambios de 4 velocidades.

El motor viene con el sistema eSP y está preparado para combustible E20, de acuerdo con las últimas normas de emisiones. Entonces sí, es un paquete moderno, la construcción es bastante simple y, por lo tanto, el costo de mantenimiento también debería ser bajo.

El punto fuerte es el refinamiento del motor y la calidad de marcha, muy característico de los motores Honda. En definitiva, la nueva Honda CB100 causa una fuerte impresión a los clientes potenciales del segmento básico de motocicletas urbanas con su rendimiento y dinámica.

Impresiona por su rendimiento en regímenes bajos y medios, que es donde se concentra la mayor parte de la potencia. Si la mantiene por debajo de los 60 km/h la moto se sentirá sublime, lista para afrontar casi cualquier cosa.

La caja de cambios de cuatro velocidades con relación larga hace que sea súper manejable. Los cambios de marcha se sienten sólidos y no demasiado torpes, mientras que utiliza una palanca de cambios con talón y punta como otros vehículos tradicionales.

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El pequeño desplazamiento es más evidente al subir pendientes. Como motociclista pesado, me resultó un poco estresante subir cuestas, lo que también será el caso de un conductor de tamaño medio con pasajero. Pero ese es prácticamente el único detalle que me gustaría hacer con el motor. Hace casi todo lo que se le pide y, a velocidades decentes, mantiene cómodos a los usuarios.

La construcción general es básica y también lo son los niveles de calidad. Pero todo parece robusto, desde el chasis la parrilla trasera. La consola de instrumentos sigue siendo sencilla con velocímetro, odómetro y otras luces indicadoras esenciales. Los espejos retrovisores son lo suficientemente anchos para ver bien lo que hay detrás y el ligero peso de 97 kg hace que sea muy fácil de conducir.

Paréntesis ¿Qué es la tecnología eSP de Honda?

Honda eSP (Enhanced Smart Power) significa potencia inteligente mejorada. Es tecnología utilizada en especial para los scooters Honda, específicamente aquellos con motores más pequeños, para lograr un equilibrio entre rendimiento, eficiencia de combustible y confiabilidad.

¿Qué hace el Honda eSP?

  • Mayor potencia y torque: la tecnología incorpora características como un mecanismo de 4 válvulas y un cigüeñal más rígido para ofrecer una mejor potencia.
  • Eficiencia de combustible mejorada: Honda ESP optimiza el consumo de combustible a través de características como un diseño liviano.
  • Durabilidad mejorada: el uso de materiales de alta calidad y el enfoque en el funcionamiento eficiente del motor contribuyen a la vida útil general del mismo.
  • Reducción de ruido y vibración: Honda ESP incorpora elementos de diseño que minimizan el ruido y las vibraciones del motor.

En general, Honda eSP es un conjunto de tecnologías que tiene como objetivo brindar a los conductores, una experiencia de conducción potente, eficiente en combustible, confiabilidad y comodidad.

Ahora ¿Qué nos gusta y que debería mejorar la Bajaj Boxer CT100 ES?

Esta motocicleta tan conocida en Colombia, tiene puntos que deberían considerar ejecutar cambios.

  1. La suspensión se entiende que fue concebida para trabajo y carga, lamentablemente eso en el uso diario no es confortable y cansa al conductor.
  2. Aunque sabemos que la que debimos comparar con la Honda CB100 es la Boxer CT100 ES Titannium (lamentablemente no la conseguimos con poco kilometraje), la falta de presencia del medidor para combustible, hace falta.
  3. La motocicleta no ofrece algún sistema de seguridad en frenado al usuario.
  4. Nos gusta que tenga ajuste su suspensión en precarga para atrás.

Y respecto a la Honda CB100 ¿Qué esta bien y qué pensamos que puede cambiar?

La recién llegada tiene varios puntos fuertes y débiles.

  1. Nos impresionó la respuesta de su motor, considerando que posee menos poder y torque que la Bajaj, casi a la par.
  2. El sonido y las vibraciones de su motor: lo consideramos de los mejores del mercado, no parece una máquina barata, ese sonido es el característico de la marca en una motocicleta de entrada.
  3. Nos gusta la suspensión, es confortable, pero debería proveer ajuste de precarga.
  4. Aunque nos informaron que las primeras unidades tendrán varios accesorios, Honda debería pensar en colocar un puerto USB de serie a esta máquina.
  5. El sillín es un poco duro, deben revisar el tema, debido a que los usuarios de este tipo de máquina, están sobre ella por largos periodos.
  6. La luz de la farola no es la mejor, claro está, este tema lo presentó la unidad de prueba, no sabemos si las de venta corrigieron esto.
  7. La posición de manejo es cómoda, en especial la ubicación de los pies en el pasajero.
  8. La frenada con su sistema CBS es muy efectiva.
  9. La marca debería aclarar si se puede utilizar llantas sellomáticas en esto rines.

¿Qué consideramos que deben mejorar las marcas en el segmento

  • Llantas, realmente el uso de llantas convencionales, tipo lineal adelante, debería ser descartado, no son seguras, especialmente en condiciones de baja adherencia.
  • Los clusters de instrumentos deberían presentar trips de conteo parcial, son muy útiles para este tipo de usuarios.
  • Definitivamente, los tableros si dispusieran de un reloj con la hora, lo agradecerían mucho los usuarios.
  • Frenos, deberían tener al menos el freno de disco delantero, eso ayuda a mejorar las sensaciones de seguridad para los usuarios.

Ahora de tú a tú ¿Cuál fue la mejor?

Ejecutamos pruebas en ciudad y carretera, las cuales nos sorprendieron, ya que estuvieron muy parejas, la Honda CB100 entregó 181,6 kms/gl y la Bajaj Boxer CT100 ES brindó 181,8 kms/gl, muy cercanas ambas.

Hace tres años hicimos algo similar con la TVS 100 Sport, lo pueden ver en nuestra nota Boxer 100 Vs. TVS 100, la guerra de las económicas | ¿cuál tendrá mejor consumo?

Adicionalmente ejecutamos un cálculo controlado, colocando 110 ml de combustible en un dispositivo externo, dejando los tanques de ambas llenos, para que se mantuvieran al máximo de su peso, siendo manejadas por la misma persona para garantizar el mismo estilo de conducción, en un ovalo de 1.178,9 metros ubicado a 290 m.s.n.m, que no se viera afectado por otros vehículos a la hora de salir a manejar y a una velocidad constante de 40 KPH.

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Nota: A cada moto se le desconectó el combustible, se le drenó el carburador y se le cerró la llave de paso, y procedimos a encenderlas hasta agotar la gasolina que les quedaba.

Esta prueba controlada, se ejecutó dos veces por motocicleta, dos días distintos, la Honda CB100 entregó 223,5 kms/gl y la Bajaj Boxer CT100 ES brindó 244,819 kms/gl, dando una diferencia a favor de la Boxer de 21,319 kms/gl, en definitiva, la Boxer no está sola, llegó Honda golpeando a la mesa.

Respecto al rendimiento es de acotar que ya no entregan los más de 300 kms que se hablaba en antaño, asumimos que la composición de los combustibles a variado con los años. Cosa que a la larga, no es sorpresa.

Les entregamos la ficha técnica de la Honda CB100 y la Bajaj Boxer CT100 ES Titannium, la cual es la motocicleta con la que deberíamos compararla, para que evalúen la motocicleta punto a punto.

Solo queda a estas alturas que ustedes nos brinden sus apreciaciones ¿Compraría la Honda CB100? ¿Confía en la fidelidad de la marca del ala dorada? O prefiere la vieja confiable.

Quisiéramos ver sus opiniones en PubliMotos.

Vean el comparativo aquí:

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