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Excepciones para motocicletas durante el ´Día sin carro y sin moto en Bogotá´

La fecha que ha determinado La Alcaldía Mayor de Bogotá para el ´Día sin carro y sin moto´ en el 2018 aplicará para el próximo jueves 1 de febrero.

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De acuerdo al decreto 054 de 2017 que establece la restricción vehicular el primer jueves de febrero de todos los años en la ciudad, la jornada tendrá un horario continuo que comenzará a las 5:00 de la mañana y se extenderá hasta las 7:30 de la noche, con el fin de concientizar a los ciudadanos sobre su responsabilidad con el ambiente.

De acuerdo con la Alcandía de la ciudad, la medida busca restringir a 63.000 vehículos, y cerca de 100.000 viajes, los cuales dejarían de emitir gases contaminantes.

Excepciones a motocicletas

Están exentos todos los vehículos de servicio público, pero en cuanto a lo que respecta con las motocicletas podrán transitar libremente las siguientes:

  • Motocicletas conducidas por personas en discapacidad.
  • Motocicletas de emergencia.
  • Motocicletas destinadas a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Motocicletas destinadas al control de tráfico que prestan el servicio a la Secretaria Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Motocicletas militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.
  • Motocicletas asignadas al cuerpo diplomático
  • Motocicletas propulsadas exclusivamente por motores eléctricos.
  • Motocicletas escolta que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del estado, y sólo durante la prestación del servicio
  • Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor y cuenten con identificación, consistente en los logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o plena identificación del conductor del vehículo.
  • Motocicletas vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería debidamente identificadas, o con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o plena identificación del conductor del vehículo.
  • motocicletas vinculadas a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.
  • Motocicletas destinadas para el control operacional de Transmilenio
  • Motocicletas destinadas al control de emisiones y vertimientos, utilizadas por el Ministerio  de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Alternativas de transporte

También recuerde que La Administración Distrital llama a los capitalinos utilizar las diferentes ciclorutas de la ciudad destinadas para las bicicletas y patines, así como del transporte público
En el caso del servicio masivo de Transmilenio y SITP, estos operarán con normalidad y se garantiza flujo en las rutas.

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