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5 razones por las que le pueden suspender o cancelar su licencia de conducción
Claramente nos iremos al sustento legal, la Ley 769 del 2002, nos brinda los motivos por los cuales la licencia de conducción podría ser suspendida o cancelada en algunos casos; tomen nota y sean cuidadosos con lo que puede pasar. Les contamos.
En Colombia, el conducir un vehículo es normal a tempranas edades, algo irresponsable, se podría decir; sin embargo, desde los 16 años los menores de edad pueden tener su licencia de conducción, para luego actualizarla. Este país cuenta con ocho diferentes tipos de licencias, siendo A y B las más comunes, para obtenerla debe cumplir con unos requisitos, luego, ¿hay forma de perderla? Les contamos.
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¿Por qué me pueden suspender la licencia de conducción?
Vayamos a la lectura del artículo 26 de la Ley 769, donde manifiesta los motivos por los que le pueden suspender la licencia; antes esto: les mencionamos los 5 motivos más comunes:
1. Por disposición de las autoridades de tránsito, basada en imposibilidad transitoria física o mental para conducir, soportado en un certificado médico.
2. Por decisión judicial.
3. Por encontrarse en flagrante estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente.
4. Por reincidir en la violación de la misma norma de tránsito en un período no superior a un año. En este caso la suspensión de la licencia será por seis meses.
5. Por prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.
El punto 3 antes mencionado, se presta para definir lo siguiente; 4 grados de embriaguez o alicoramiento son los que existen actualmente, definamos: grado cero de alcoholemia, primer, segundo y tercer grado. Para ser claros, cada uno de estos puede tener una reincidencia, lo que se modifica es el valor de la multa, días en patios, grúa, la suspensión o cancelación de licencia (si reincide hasta tres veces) y, finalmente, las labores comunitarias

¿Por qué puedo recibir cancelación en mi licencia de conducción?
El mismo artículo, el 26 de la Ley 769 de 2002, menciona la cancelación de la licencia de conducción, sus causas son las siguientes:
1. Por disposición de las autoridades de tránsito basada en la imposibilidad permanente física o mental para conducir, soportado en un certificado médico.
2. Por decisión judicial.
3. Por muerte del titular.
4. Reincidencia al encontrarse conduciendo en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente.
5. Por reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.
Finalmente, cuéntenos de aquellos casos cercanos ya sea con la suspensión o cancelación de su licencia de conducción, ¿han violado sus derechos como ciudadano? Los leemos en Publimotos.com
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