Nacional
Pico y Placa ambiental en Bogotá para vehículos, motos y las industrias fijas
Desde el sábado 7 de marzo, todos los días, entre las 6:30 am a 6:00 pm, los domingos desde las 6:30 am hasta las 2:00 pm. Durante el tiempo que dure la restricción.

Las altas concentraciones de material particulado durante las últimas horas en Bogotá, ocasionadas principalmente por los incendios y altas temperaturas en los Llanos Orientales, Cundinamarca, la Orinoquía y Venezuela, y los vientos que traen ese material particulado, obligaron a la Administración distrital a declarar la alerta amarilla en toda la ciudad.
La decisión se toma por parte de la autoridad ambiental de Bogotá, como una medida responsable para proteger la salud de toda la población, especialmente de los niños y adultos mayores, como grupo más vulnerable ante esta situación.
La medida preventiva se toma luego de observar que durante las últimas 48 horas las estaciones de Carvajal – Sevillana, Kennedy, Fontibón y Móvil Carrera Séptima han mostrado niveles de concentración de material particulado PM 2.5 superiores a 35,4 microgramos/metro cúbico, contaminante con mayor potencial para afectar la salud de las personas.
Las altas temperaturas de las últimas semanas en los Llanos Orientales, el incremento de incendios forestales en la región y vientos que provienen del noreste, que han arrastrado el material particulado hacia la ciudad, han sido los factores determinantes para las altas concentraciones de material particualdo en la atmósfera de la ciudad. Asimismo, la presencia de nubes sin lluvia ha limitado la dispersión vertical de los contaminantes en la atmósfera. A estos fenómenos se suman las emisiones propias que genera una ciudad como Bogotá.
Durante el tiempo que dure la alerta, la Secretaría de Ambiente mantendrá un continuo seguimiento y control a las fuentes generadoras de emisiones (fijas – móviles) de material particulado, además, realizará monitoreo a los factores externos que puedan influenciar en la calidad del aire.
¿Dónde se declara la alerta amarilla?
Dentro del perímetro urbano de Bogotá.
Restricción a operación de industrias
Las industrias que operan fuentes fijas con combustibles sólidos y líquidos no podrán operar desde las 00:01 a.m. hasta las 11:59 a.m. durante el tiempo que dure la alerta.
La Secretaría de Ambiente invita a todos los ciudadanos a moverse de manera inteligente y sostenible como en bicicleta, transporte público, y si es necesario utilizar el vehículo particular, compartirlo.
Restricciones de movilidad
La Secretaría de Movilidad informa las medidas tomadas con motivo de la alerta amarilla declarada por la calidad del aire en el perímetro urbano de Bogotá y que regirán a partir del viernes 6 de marzo para los vehículos de carga desde las 17:00 horas y para los vehículos particulares y las motos a partir del sábado 7 de marzo a las 6:30 a.m., con restricción en toda la ciudad.
Medidas de restricción a fuentes móviles:
Considerando las necesidades de limitación de emisiones contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles, y teniendo en cuenta el pico de concentraciones de PM10 y PM2.5 que se tiene en la ciudad, se restringe transitoriamente la circulación de vehículos a motor de la siguiente manera:
Para los vehículos de transporte de carga mayores a 10 años de lunes a viernes
- En los periodos comprendidos desde las 6:00 y hasta las 12:00 horas del mediodía y desde las 17:00 hasta las 22:00 horas.
Los fines de semana tendrán restricción los sábados, domingos y festivos
- Desde las 05:00 hasta las 21:00 horas, rotativo de acuerdo con el último dígito de la placa par o impar del vehículo (Tabla 1).
Tabla 1. Rotación de pico y placa para vehículos de carga en Bogotá
|
Semana 1* |
Semana 2* |
Semana 3* |
Semana 4* |
Sábado |
Par |
Impar |
Par |
Impar |
Domingo |
Impar |
Par |
Impar |
Par |
Festivo |
Par |
Impar |
Par |
Impar |
Para los vehículos y motos particulares
Se restringe transitoriamente la circulación de acuerdo con el último dígito del número de la placa, de la siguiente manera:
En los días pares del calendario, los vehículos cuya placa termine en dígito par, incluido el número cero (0), y en los días impares del calendario los vehículos cuya placa termine en dígito impar en los siguientes horarios según el día de la semana:
De lunes a viernes:desde las 6:00 hasta las 19:30 horas.
- Los sábados: desde las 6:30 hasta las 18:00 horas.
- Los domingos y festivos: desde las 6:30 hasta las 14:00 horas.
Nota: para las motos cuya placa termine en letra, está medida se aplicará tomando el último número antes de la letra de la placa.
EXCEPCIONES:
Exceptuar de las restricciones transitorias las siguientes categorías de vehículos:
- Los vehículos eléctricos y los de cero emisiones
- Caravana presidencial
- Vehículos de servicio diplomático o consular
- Carrozas fúnebres
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado
- Vehículos automotores y motos de emergencia
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de Discapacidad
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios
- Vehículos automotores y motos destinados al control del tráfico y grúas
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos
- Vehículos y motocicletas Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que tengan medidas de protección
- Vehículos de transporte escolar
- Vehículos de valores, los de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases medicinales
- Las motocicletas utilizadas por:
- Las empresas que prestan servicio domiciliario
- Las que prestan servicio de correspondencia
- Las que prestan servicio a las empresas de telecomunicaciones de redes fijas o inalámbricas
- Las que prestan servicio a las empresas de Televisión
- Los medios de comunicación con su debida identificación
- Los camiones cisterna de transporte de combustible, que se encuentren cargados o vacíos
- Vehículos de medios de comunicación
- Vehículos de autoridades judiciales
- Vehículos de transporte de materiales y maquinaria para obras públicas
- Empresas de transporte de carga que se encuentren vinculadas al Programa de Autorregulación Ambiental
Recomendaciones para la salud
Las personas más vulnerables a esta situación son los menores de cinco años, los adultos mayores de 60 años, las mujeres gestantes, los fumadores, consumidores de sustancias psicoactivas y quienes padecen enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes o respiratorias crónicas (asma o EPOC).
En población general:
- Intensificar medidas de limpieza en la vivienda.
- Evitar el consumo y exposición de tabaco, quema de basuras u otro tipo de materiales.
- Consumir abundante agua y evitar bebidas azucaradas y gasificadas.
- Evitar cambios bruscos de temperatura.
- Lavarse las manos con agua y jabón frecuentemente.
- Estar atento ante dificultades respiratorias y asistir inmediatamente al médico.
- Realizar actividad física con moderación (caminar o montar bicicleta o patineta), hacer pausas en recorridos largos o en horas de alta contaminación (6 a 10 am).
- No practicar deporte al aire libre, hacerlo en espacios cerrados y con buena ventilación.
- Las mujeres gestantes deben abstenerse de realizar actividad física al aire libre.
- Utilizar transporte público o compartir el vehículo particular.
- Mantener al día revisión técnico-mecánica de los automotores.
En población menor de 5 años:
- Restringir la permanencia al aire libre de menores con síntomas de enfermedad respiratoria.
- Si el niño tiene flujo nasal, realice lavados con suero fisiológico o solución salina tibia mínimo 3 veces al día.
- Revisar y completar esquemas de vacunación.
- No exponerlos al humo de cigarrillo.
- Consultar inmediatamente al médico si un menor de 5 años presenta:
- Decaimiento a pesar de no tener fiebre.
- Estar somnoliento o irritable.
- Respirar rápidamente “silbido en el pecho” o se le hunden las costillas.
- Tiene fiebre persistente durante más de tres días o es difícil de controlar.
- No come nada o vomita todo.
- Tiene ataques o convulsiones.
- Tiene tos persistente, que le provoca nauseas, vómito o que se ponga rojo.
- Hay cambios de coloración en los labios y la piel.
En población mayor a 60 años:
- Restringir la permanencia al aire libre de personas que presenten problemas respiratorios o cardiovasculares.
- No interrumpir ninguna medicación ordenada por el médico.
- Consultar al médico si una persona mayor presenta:
- Confusión o alteraciones de conciencia.
- Fiebre difícil de controlar.
- Respira rápidamente, o le “silba el pecho” al respirar.
- Dolor en el pecho (precordial).
Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deben fortalecer las estrategias de atención a población con síntomas respiratorios con énfasis en infancia, persona mayor y pacientes con enfermedades crónicas tales como:
- Establecer zonas de triage para la población que consulta por síntomas respiratorios y analizar la necesidad de evaluar zonas de aislamiento respiratorio en servicios de urgencias.
- Activar y garantizar funcionamiento adecuado de salas ERA con estimación de insumos requeridos para el posible aumento de la demanda del servicio, así como verificar el criterio de inclusión de población adulta con sintomatología respiratoria a salas ERA.
- Ampliar oferta de consulta prioritaria a población con síntomas respiratorios y alérgicos.
Actualidad
¿Se equivocó Sr. Biter? Atención a este delicado tema de movilidad
Los temas de movilidad si que son tediosos, nos encontramos una perla que fue profundizada por un abogado de la casa y aquí les brindamos los detalles de lo acontecido.

Recientemente se han difundido afirmaciones cuestionando la validez de ciertas multas de tránsito establecidas en la Resolución 3027 de 2010, incluso sugiriendo que algunas de estas sanciones carecerían de vigencia. Sin embargo, un examen detallado del marco jurídico colombiano demuestra que esta resolución, expedida por el Ministerio de Transporte, conserva plena vigencia y aplicabilidad. La norma no solo sigue siendo el referente legal para la imposición de comparendos. Sino que su contenido ha sido desarrollado y complementado por otras disposiciones sin que exista acto administrativo o fallo judicial que la haya derogado expresamente. Ampliemos estos sucesos de movilidad.
Fundamento legal y contexto normativo
La Resolución 3027 del 26 de julio de 2010 fue emitida para actualizar el sistema de infracciones de tránsito. Incorporando modificaciones introducidas por la Ley 1383 de 2010. Su publicación en el Diario Oficial 47784 le otorgó formalidad, y desde entonces ha servido como base para la codificación de conductas sancionables. Es importante destacar que, según el principio de continuidad normativa, una resolución de este tipo solo pierde vigencia cuando:
- Es expresamente derogada por otra norma de igual o mayor jerarquía.
- Un juez competente declara su nulidad mediante sentencia ejecutoriada. (Siempre y cuando haya o anteceda una demanda).
- Se demuestra que contradice normas superiores.

Ver Resolución 3027 aquí
Resolucion-3027-de-2010-Ministerio-de-Transporte
Hasta la fecha, ninguno de estos supuestos se ha configurado. Por el contrario. La Resolución ha sido citada y aplicada en múltiples actuaciones administrativas y jurisprudenciales, confirmando su validez.
Análisis de las pretendidas «multas sin vigencia». Temas de movilidad
Al examinar las 30 multas cuestionadas, encontramos que todas están plenamente vigentes y se ajustan al ordenamiento jurídico. Por ejemplo:
- Artículo C.24: Establece normas específicas para motociclistas, como la prohibición de transitar por ciclorrutas (inciso a.7), el uso obligatorio de casco (inciso e) y chalecos reflectivos (inciso g). Estas disposiciones no han sido modificadas y son coherentes con el Código Nacional de Tránsito.
- Artículo D.03: Sanciona con 30 salarios mínimos e inmovilización el transitar en sentido contrario, norma que se mantiene como garantía de seguridad vial.
- Artículo C.38: Penaliza el uso de teléfonos móviles al volante, conducta que sigue siendo una de las principales causas de accidentalidad.
Cada una de estas infracciones fue cuidadosamente reglamentada para proteger el interés general y su aplicación por parte de las autoridades de tránsito es completamente legal.
¿Cuál es el hecho de la noticia y por qué el Sr. Biter se equivoca?
Se habla de una serie de infracciones que no son validas al Código Nacional de Tránsito, están en la Resolución antes dada, la cual fue demandada en el 2022 en donde no hubo fallo ya que el Sr. Biter junto a la abogada (con la que hicieron el video), no lo dijeron en la intervención de dicho contenido.
Implicaciones prácticas y consecuencias jurídicas
Ignorar la vigencia de estas multas puede tener serias consecuencias para los conductores. Las autoridades de tránsito continúan aplicando la resolución en todo el territorio nacional, y los jueces han respaldado su validez en múltiples fallos. Quienes pretendan impugnar un comparendo basado en estas normas deberán demostrar:
- Un vicio formal en el procedimiento sancionatorio.
- La aplicación incorrecta de la norma al caso concreto.
- La existencia de una derogación expresa que no se ha producido.

Mientras tanto, la recomendación para los ciudadanos es clara: cumplir con las normas de tránsito, verificar los comparendos a través de canales oficiales, y en caso de dudas, consultar con abogados especializados en derecho de tránsito.
La Resolución 3027 de 2010 sigue siendo un instrumento válido y necesario para garantizar la seguridad en las vías del país. Las afirmaciones sobre su supuesta derogación carecen de sustento jurídico y pueden generar confusión entre los ciudadanos. El Ministerio de Transporte, las secretarías de movilidad y los organismos de control tienen el deber de aplicar estas normas. Mientras corresponde a los jueces determinar, en casos concretos, si alguna disposición particular debe ser invalidada.
En este contexto, resulta fundamental que los medios de comunicación y figuras públicas verifiquen la información antes de difundirla, evitando así que se promuevan conductas contrarias a la ley que podrían poner en riesgo la integridad de los actores viales. La movilidad segura exige el compromiso de todos: autoridades aplicando correctamente las normas, y ciudadanos informándose a través de fuentes oficiales y especializadas.
Actualidad
Por esta enfermedad usted perdería su licencia de conducción
Hay una enfermedad que podría quitarle su licencia de conducción. Les brindamos los principales detalles de cual es, qué se puede hacer, lo que implica. En fin, mucho por contar.

La diabetes es una condición crónica que requiere manejo constante, pero cuando se trata de renovar la licencia de conducción, esta enfermedad puede convertirse en un obstáculo significativo. Las autoridades de tránsito evalúan rigurosamente la aptitud física y mental de los conductores, y la diabetes, especialmente cuando está mal controlada, puede generar preocupaciones sobre la seguridad vial.
El principal motivo de alerta es el riesgo de hipoglucemia (niveles bajos de azúcar en sangre), un efecto secundario común de medicamentos como la insulina o algunos hipoglucemiantes orales, que puede afectar la capacidad de reacción, la concentración y el juicio al volante.
El peligro de la hipoglucemia al conducir
La hipoglucemia es una de las complicaciones más peligrosas para los conductores con diabetes. Cuando los niveles de glucosa caen por debajo de 70 mg/dL, pueden aparecer síntomas como visión borrosa, confusión, temblores, mareos e incluso pérdida de conciencia. Estos efectos son incompatibles con la conducción segura, ya que reducen la capacidad de reacción ante imprevistos, aumentando el riesgo de accidentes. En casos graves, un episodio hipoglucémico al volante podría provocar desmayos o convulsiones, poniendo en peligro al conductor, pasajeros y otros usuarios de la vía.
Lea: Esta nueva TVS Raider 125 Fi dejó por el suelo las demás del segmento. ¿Por qué?
Requisitos médicos para renovar la licencia de conducción
En países como Colombia, el proceso de renovación de la licencia para personas con diabetes exige un certificado médico especializado que demuestre el control adecuado de la enfermedad. Los centros de reconocimiento de conductores suelen solicitar:
- Exámenes de glucosa en sangre (hemoglobina glicosilada bajo 7%).
- Informe del endocrinólogo que avale la estabilidad del paciente.
- Declaración jurada sobre episodios recientes de hipoglucemia.
Si hay historial de crisis frecuentes o descontrol glucémico, la licencia podría ser denegada o restringida (por ejemplo, a horarios diurnos).
Medicamentos y sus efectos en la conducción
Fármacos como la insulina, sulfonilureas (glibenclamida) o meglitinidas son esenciales para controlar la diabetes, pero elevan el riesgo de hipoglucemia. Otros, como la metformina, tienen menor probabilidad de causar este efecto. Las autoridades sanitarias recomiendan:
- Monitorear la glucosa antes de conducir (idealmente arriba de 100 mg/dL).
- Portar carbohidratos de acción rápida (jugos, tabletas de glucosa) en el vehículo.
- Evitar conducir en ayunas o después de inyectarse insulina sin haber comido.
Amplíe: Un precio increíble para una edición limitada. La nueva Victory MRX 200 con regalo incluido
Consecuencias legales de no declarar la diabetes
Ocultar esta condición durante la renovación puede acarrear:
- Multas si se descubre la omisión.
- Nulidad del seguro en caso de accidente por hipoglucemia.
- Responsabilidad penal si se demuestra negligencia.
En algunos países, los médicos están obligados a reportar pacientes con diabetes mal controlada a las autoridades de tránsito.
Esto ocasionaría la perdida del derecho al reclamar ante su seguro en caso de un siniestro vial.
Recomendaciones para conductores con diabetes
- Control periódico: mantener citas con el endocrinólogo y ajustar medicamentos.
- Educación vial: cursos sobre manejo de emergencias al volante.
- Tecnología: usar monitores continuos de glucosa (MCG) con alarmas para hipoglucemia.
- Planificación: no conducir si se han tenido episodios recientes de hipoglucemia nocturna o severa.
Experiencias internacionales
En la Unión Europea, los conductores con diabetes que usan insulina deben renovar la licencia cada 1-3 años. En Estados Unidos, las normas varían por estado, pero muchos exigen certificados médicos anuales. Estos protocolos reflejan la importancia de equilibrar movilidad independiente con seguridad vial.
¿El fin de la licencia de conducción por esto?
La diabetes no impide conducir, pero exige responsabilidad extrema. Renovar la licencia dependerá de demostrar un control metabólico estable y adoptar medidas preventivas. Las restricciones no son discriminatorias, sino mecanismos para proteger vidas. Si tienes diabetes y manejas, consulta a tu médico y cumple con los requisitos legales: tu seguridad y la de otros está en juego.
Los dejamos con el siguiente video tipo recomendación que está en nuestro canal de YouTube. Esperamos sea de su agrado.
Actualidad
Esta nueva TVS Raider 125 Fi dejó por el suelo las demás del segmento. ¿Por qué?
¿Busca una moto que no solo lo lleve, sino que se conecte con el camino, con tu estilo y hasta con tu smartphone? Entonces presta atención, porque la nueva TVS Raider 125 FI llegó para romper todos los esquemas del segmento 125 cc en Colombia.

Esta no es una 125 cualquiera… Esta es una nueva máquina diseñada para quienes quieren más tecnología, más estilo y una experiencia de manejo superior, sin tener que irse a cilindrajes mayores ni gastar una fortuna.
Un tablero que parece de nave espacial
Lo primero que roba miradas es su tablero digital TFT a full color. ¿Y qué tiene de especial? Muchísimo. Esta nueva pantalla de 5 pulgadas no solo se ve brutal, sino que incluye conectividad SmartXonnect, lo que significa que puedes enlazar tu celular vía Bluetooth y disfrutar de funciones como:
- Navegación paso a paso.
- Notificaciones de llamadas y mensajes.
- Control de música desde el manillar.
- Asistente por voz.
- Estadísticas de manejo en tiempo real.

Sí, una moto 125 cc con funciones de moto premium. Ideal para los que están todo el día conectados y quieren llevar esa experiencia también al mundo de las dos ruedas.
¡RECUERDA! PubliMotos Tienda tiene a su servicio + de 5.000 ítems de repuestos para su MOTO
Y… ¿Qué pasa con la competencia?
Muchos se preguntan: ¿y la Pulsar NS 125? Si bien es una moto reconocida y con buen respaldo, la verdad es que la Raider 125 FI la deja tirada en tecnología y diseño. Mientras la NS 125 todavía apuesta por lo básico (y hasta el tablero es análogo-digital), la Raider saca la cara con su TFT a color, conectividad total, modos de manejo y un look que parece sacado de una categoría superior. En resumen, la Raider está jugando en otra liga.
Ahora con Inyección Electrónica FI: ya no vera salir su dinero por el exosto
La Raider ahora llega con sistema de inyección electrónica (Fuel Injection), lo que se traduce en una mejora brutal en eficiencia y respuesta. Olvídate del carburador: con esta tecnología el motor responde mejor, consume menos gasolina y emite menos contaminantes. Todo eso, sin perder la potencia ni la agilidad que ya caracterizaban a esta motocicleta.
Su motor de 124.8 cc genera 11.2 HP y 11.2 Nm de torque, una cifra más que decente para una moto ágil en ciudad y divertida en carretera. Además, no cuenta con un motor de arranque convencional como lo conocemos, quiere decir que es muy silencioso a la hora de encender.



Modos de manejo en una 125cc
Al parecer la única moto de bajo cilindraje que cuenta con 2 modos de manejo que es el ECO que se destaca por su rendimiento económico en trancones y el POWER donde entrega su máxima potencia para salir de viaje.
La cereza del pastel
La ÚNICA 125 que incorpora INTELLIGO, un sistema que apaga automáticamente el motor tras 25 segundos detenido, siempre que esté en neutro, con el motor caliente y en modo ECO. Esta función evita el consumo innecesario de gasolina en semáforos o trancones.
Para volver a arrancar, solo basta con acelerar. Así de simple. Una solución práctica y eficiente para quienes buscan movilidad inteligente en la ciudad.
Diseño agresivo, espíritu deportivo
La Raider 125 FI no solo es inteligente, también es atractiva. Su diseño agresivo, con líneas bien marcadas y farola tipo LED futurista, la hace ver más grande y poderosa de lo que realmente es. Si buscas una moto que se destaque en cualquier semáforo, esta es la tuya.
Confort y seguridad pensadas para el día a día
- Suspensión trasera con monoamortiguador ajustable de 5 posiciones.
- Sistema de frenos SBT (frenado combinado) para mayor control.
- Encendido silencioso
- Corte automático de corriente: si aplica la primera marcha y la muleta lateral (pata) esta encendida.
Lea: Kawasaki Z400RS, ¿La última de las tetracilíndricas?
Todo está pensado para que cada trayecto sea más cómodo, seguro y confiable.
¿Quién debería comprarla?
- El joven que quiere su primera moto con estilo y tecnología.
- El profesional que se mueve por la ciudad y quiere ahorrar sin sacrificar estilo.
- El rider urbano que valora la conectividad tanto como la movilidad.
Amplíe: Un precio increíble para una edición limitada. La nueva Victory MRX 200 con regalo incluido
¿Por qué deberías elegir la TVS Raider 125 FI?
Porque es la moto más completa de su categoría. Con tecnología de punta, inyección electrónica, diseño deportivo, conectividad total y eficiencia, no tiene rival directo en el mercado colombiano.
Ya está disponible en Colombia gracias a Auteco, si esta interesado en comprar la nueva Raider 125 FI aquí le dejo para más información al 3243225823

Nuestro titular responde a una razón clara: la ÚNICA 125 de su segmento equipada con sistema Full injection. A esto se suman modos de manejo, el innovador sistema de apagado automático en detención (INTELLIGO) y un tablero digital TFT, características que marcan un antes y un después en el mercado de baja cilindrada.
-
Actualidad3 días atras
¡Nueva MRX FOX 200 en edición limitada! Pocas unidades + regalo exclusivo
-
Actualidad3 días atras
¿Qué motos se pueden manejar sin licencia? Algunas opciones
-
Actualidad5 días atras
Yamaha pierde una vez más su reinado. Tenga presente estos datos
-
Actualidad21 horas atras
¿Se acerca el fin de las motos? Kawasaki presentó este nuevo vehículo al mundo
-
Actualidad4 días atras
¿Estás listo para la KTM 690 rally? Esto decidirá si es un éxito o un fracaso
-
Actualidad19 horas atras
Kawasaki Z400RS, ¿La última de las tetracilíndricas?
-
Actualidad13 horas atras
Esta nueva TVS Raider 125 Fi dejó por el suelo las demás del segmento. ¿Por qué?
-
Actualidad15 horas atras
Un precio increíble para una edición limitada. La nueva Victory MRX 200 con regalo incluido