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Normatividad
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Conozca las  causales de retención y sanciones que contempla la norma.

Desde el 11 de noviembre conocimos la  resolución 20203040023385 del ministerio de transporte, en la que se planteaba controles más estrictos al uso y porte de casco para motociclistas; medida que recibió críticas por la inequidad de la norma frente a otros actores viales, inmovilización de la moto por casco… , sin embargo, la legislación ha empezado a generar dudas entre los usuarios de vehículos de dos ruedas, causados por rumores e información difundida en redes sociales, de ahí a que haya la necesidad de aclarar apartados del nuevo texto:

¿Hay multa por hablar por celular mientras se conduce?

La respuesta es afirmativa, solo si no se utilizan dispositivos que permitan tener las manos libres (artículo 131 del CNT), y se dejó aún más claro en el documento aquí expuesto, pues se determinó una multa adicional a quien “porte sistemas de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco”.

¿Si el casco está en mal estado me pueden multar?

Si y no, aunque no hay una norma que determine en que momento hay que cambiar el casco y simplemente existen recomendaciones, como el hacerlo cada vez que el elemento recibe un golpe o los materiales se encuentren desgastados,  la nueva resolución explica que las correas y broches deben estar completos, sin elementos partidos ni roturas o desgastes, so pena de sanción.

No sobra decir que este apartado se informa que la cabeza debe estar completamente inmersa dentro del casco, y el sistema de retención abrochado por debajo de la mandíbula.

¿El casco abatible está prohibido?

Si el elemento homologa la normatividad de seguridad correspondiente, la respuesta es que se puede utilizar; sin embargo, la resolución expresa que este debe ir cerrado y asegurado “de tal manera que siempre ofrezca protección al rostro del motociclista”.

¿De cuánto es la multa por utilizar el casco incorrectamente?

La sanción que vislumbra el Código Nacional de Tránsito, es correspondiente con 15 salarios mínimos diarios vigentes, es decir que en el 2020, la cifra es de $438.900, no obstante, la norma entra a regir desde el próximo 20 de enero del 2021, por lo que habrá que esperar el incremento del salario mínimo para determinar el valor final.

¿Utilizar el casco incorrectamente da inmovilización?

Uno de los puntos que más ha generado dudas es este, pero hay que aclarar que la norma sobre el apartado solo se refiere a “la no utilización del casco de seguridad cuando corresponda dará lugar a la inmovilización del vehículo” por lo tanto, si la infracción es subsanable no debería.

Por último, la norma no va más allá del sentido común y va en pro del motociclista, aunque debemos decir que la gran crítica es que el nuevo conjunto hace parte del artículo 94 de la ley 769 del 2009, la cual se titula “Normas generales para bicicletas, triciclos, motocicletas, motociclos y mototriciclos” sin embargo, aún no sabemos cómo la norma afecta a los primeros vehículos, pues en las ciclas, es casco parece ser un elemento “opcional”.

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