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Normatividad

Así inicia el plan de acción para reducir la accidentalidad de los motociclistas

Los temas centrales

  • La moto como herramienta de trabajo y la responsabilidad de las empresas.
  • Zonas adelantadas para las motocicletas
  • Huecos graves
  • Día del Motociclista. 

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Como parte del plan para reducir la accidentalidad de motociclistas en el que se unieron las secretaria de transito de Bogotá, el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), en coordinación con todos los actores que de alguna forma hacen parte en la promoción y fortalecimiento de la seguridad vial de los motociclistas; trabajar mancomunadamente con el fin de reducir la tasa de accidentalidad que los involucra.

De esta forma el pasado 23 de junio de 2016 se realizó la cuarta reunión con la administración actual, la cual le está prestando verdadera atención en la seguridad vial de los motociclistas, donde se desarrolló una mesa de trabajo a la que asistieron: La Secretaría de Movilidad, Dirección de Seguridad Vial – SDM, Secretaria de Ambiente, Asomocol, Agromotos, Ride Pro, Motoclubes de Bogotá y Cundinamarca, AKT, ANDI, Inducascos; dando como resultado los siguientes temas:

 

1. Próximos eventos:

El jueves 21 julio se llevará a cabo un foro de buenas prácticas para el motociclista, organizado por la CAF. Como estrategia de convocatoria, la SDM empleará los datos recogidos en las actividades en vía; los datos que se han consolidado de los actores participantes en la mesa de trabajo; y los datos de las empresas a las que se les han revisado los PESV. El tema central será la moto como herramienta de trabajo y la responsabilidad de la empresa. Tendrá énfasis en conducción y maniobras, especialmente durante el primer año en conducción (que es el segmento con mayor accidentalidad). Se llevará a cabo en la Cámara de Comercio, sede Calle 26, de 8am a 4pm.

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2.  Zonas adelantadas para la motocicleta:

Dado que en el Concejo de Bogotá se han adelantado algunas iniciativas para la implementación de esta medida, y que el Cabildo ha convocado a la SDM para que defina su posición al respecto, la SDM apoyará con la realización de un estudio técnico y un estudio jurídico para, luego de ello, propiciar un piloto de implementación. Se ha definido como una buena opción que el piloto pueda llevarse a cabo en la Avenida Ciudad de Cali, entre Calles 64B y 72. Para salvar la prohibición de ley, se ha considerado la adecuación de un “canal de acceso”, pero ello implica el redimensionamiento de los carriles y la dimensión de este canal, que son aspectos que definirá el estudio técnico. La implementación podría llevarse a cabo a mediados del mes de agosto.

2 zonas adelantadas

3. Iniciativa sobre huecos graves:

Para este objetivo, se pretende que los equipos de trabajo de los integrantes de la mesa informen a la SDM la ubicación de estos huecos graves y, de esta manera, la SDM gestione su intervención inmediata con IDU o con la UMV. Se escucharon varias voces denunciando que no solamente debe centrarse la atención en los huecos sino también en las correcciones de reparcheos en varias vías de la ciudad, dado que estos arreglos quedaron con alturas desiguales respecto del resto del pavimento, generando riesgo para los motociclistas por pérdida de maniobrabilidad o equilibrio. Durante la discusión de este aspecto, integrantes de Inducascos describieron una experiencia similar implementada en la ciudad de Medellín, en la que los huecos se tapaban en 24 horas y con alturas parejas al resto del pavimento.

3 huecos

Para implementar la iniciativa se sugirió el diseño de una herramienta para el teléfono móvil. Por ahora, y dado que es un aspecto que merece la ejecución inmediata, se definió que las denuncias de huecos deber ser enviadas al correo de la funcionaria Tatiana Reyes: [email protected]

También se mencionó que por redes sociales se puede crear la campaña muy fácilmente mediante un numeral.

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4. Día del Motociclista.

Es preciso comenzar con el diseño de las actividades para celebrar el Día del Motociclista, en el marco de la Semana de la Seguridad Vial en Bogotá. Ya está definido que en esta semana se llevará a cabo el X Seminario Internacional sobre Seguridad Vial. Respecto del Día del Motociclista, se menciona que podría dar buen resultado la descentralización de beneficios (promociones ofrecidas por parte de quienes hacen parte de la mesa), sin embargo, es difícil el control y la medición del impacto. La SDM informa que para esta fecha ya se tendrían resultados de algunos proyectos e iniciativas que se vienen trabajando. Se define que SDM y SDA se reunirán para definir aspectos que luego se pondrán en conocimiento de la mesa para decidir sobre los mismos.

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Normatividad

¡Pilas! Estas son las motos que no pueden circular en el país  

Les contamos cuáles son las motos que, por una norma, no pueden transitar por el territorio nacional. ¿Lo sabía?

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Tenga mucho cuidado si le gusta conducir por las carreteras del país, pues hay cierto tipo de motos que poseen cierta restricción para movilizarse.

Actualmente las autoridades de tránsito han tomado cartas en el asunto acerca de las normas que se debe tener en cuenta a la norma de manejar un vehículo. Se han vuelto más estrictos.

En Colombia, por ejemplo, hay una norma que deben cumplir todas las motos que actualmente transitan por el territorio nacional. Se trata del Euro 3.

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¿Qué motos no pueden circular en carretera?

Según el Ministerio de Ambiente, la Ley 1972 estableció que desde enero de 2021 cualquier vehículo de dos ruedas cuyo conductor desee circular por territorio colombiano deberá cumplir una homologación que lo certifique con el estándar Euro 3 de emisiones.

Adicionalmente, para 2030 se prevé que todas las motos que estén circulando en Colombia cumplan dicha normatividad Euro.

La normativa Euro 3 establece una fecha límite para la circulación de motos antiguas que no cumplan con los estándares de esta normativa. Para el año 2030, todas las motocicletas que circulen en Colombia deberán ser Euro 3 o superiores.

¿Qué son las normas Euro y cómo surgieron?

La normativa europea Euro es un conjunto de requisitos que regulan los límites aceptables para las emisiones de gases de combustión de los vehículos nuevos y partió de la Directiva 1999/94/CE del Parlamento Europeo y el Consejo De La Unión Europea, emitida desde el 13 de diciembre de 1999, esto como resultado del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Con lo cual se busca trabajar mancomunadamente para reducir las emisiones de una serie de gases de efecto invernadero, sobre todo el CO2 y consumo de combustible. En estas normas, no se obliga a los fabricantes a emplear una tecnología en concreto para limitar el consumo de combustible y las emisiones de gases contaminantes, estimulando de paso el desarrollo de nuevas tecnologías.

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Veamos ¿qué es la norma Euro 3 para motos en Colombia?

Es importante que tengamos presente que esta normativa se dejó de emplear en Europa desde el 2005. En resumen, podríamos decir que esta norma establece los siguientes límites para motocicletas:

  • Emisiones de CO (monóxido de carbono) = 2,0 g/km
  • Emisiones de hidrocarburos (HC) = 0,8 g/km
  • Emisiones de óxido nitroso (NOx) = 0,15 g/km

De esta manera, las motos que no cumplan con el Euro 3 no podrán circular por las calles o carreteras del país.

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Normatividad

¡Para los PATIOS! ¿Mal estado de su PLACA? ¿Qué pasa si es así?

Evite tener inmovilizaciones, multas, comparendos, de todo. Cumpla a cabalidad lo que le vamos a destacar en este artículo para que no le tome por sorpresa un suceso. En Colombia, muchos pecan por no conocer lo que pasa en el país en temas de normatividad. Pasa esto, lean.

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Es primordial que usted comprenda que las PLACAS son la identificación que el Ministerio de Transporte le destina a un automotor dentro del país. Es este organismo el que se encarga de asignar las series, los rangos y aquellos códigos de verificación que son destinados a cada vehículo que es matriculado en Colombia.

Y que no les pase como se suele ver en “algunos” vehículos que tienen placa solo en la parte frontal y olvidan la posterior; ojo, no en todos los casos pero se suele ver, esto comprende un papel fundamental, es un identificador que cumple la función de “cédula” vehicular tantos para autos como para motocicletas, debe tenerla en la parte delantera como trasera (para vehículos), no es para llevarla en el vidrio panorámico u otros espacios que no están permitidos.

Según el Código Nacional de Tránsito (CNT) no portarlas, llevarlas en mal estado, alterarlas u obstruir con algún elemento su visibilidad, podría ocasionar que el carro sea inmovilizado y el propietario multado.

Lea también: ¡Qué no rueden las motocicletas! | En Jamundí, Valle del Cauca, se restringirá su circulación

Adicionalmente, si la placa se encuentra en estado de deterioro o pierde su legibilidad por el pasar de los años o del uso, no debe retocarlas, está prohibido, nada de repintarla o modificarla con el fin de mejorarla, no, está mal ese procedimiento y le puede acarrear mayores problemas. Lo que usted debe hacer es solicitar un duplicado ante el Servicio Integral para la Movilidad (SIM) para hacer el cambio por una nueva y de buen estado. Al igual que gestionar el trámite en caso de pérdida, destrucción o hurto.

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Si se trata de duplicado de placas de vehículos de servicio diplomático, la solicitud debe hacerse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Hay algo aún más delicado, si le llegan a inmovilizar su vehículo se complica la situación, ya que “en los casos en que la placa se encuentre borrada, retocada o dañada, el propietario deberá presentar, para la entrega de su vehículo inmovilizado, la nueva placa, para lo cual deberá surtir el trámite para adquirirla y pagar su costo”, puntualizó el titular de la Secretaría de Tránsito. Esto quiere decir que serán más gastos de días en patios, contando grúa y comparendo. Saque cuentas.

¿Cuánto vale sacar una nueva placa?

En Bogotá les brindamos los siguientes precios, busque en su ciudad el precio actualizado.

– Carro: 2 placas $245.800 / Carro, Remolques y Semirremolques.

– Carro: 1 placa $148.200

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– Motocicleta: $92.900

¿Qué documentos necesito presentar?

1. Presentar el documento de identidad original. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía o contraseña*. Para menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente.

2. Formulario de solicitud de trámite diligenciado. (Descargue aquí el formulario)

3. SOAT vigente incorporado en el RUNT.

4. Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

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5. Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).

6. En el caso de persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.

7. Cuando el/los trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión, deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.

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Normatividad

Cuando una norma aumentó la cantidad de siniestros y solo sirvió para multar

Los errores que se cometieron con la prohibición de transitar por el carril central con acompañante en Bogotá.

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A tener en cuenta:

Fragmento del análisis de la siniestralidad del decreto 331 de septiembre del 2021, que derogó la prohibición de transitar con acompañante en moto dentro de la calzada central (art 2 decreto 035 del 2009)

 … A nivel de víctimas graves, se cuenta con 534 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas centrales (motociclistas + acompañantes), y 638 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas laterales (motociclistas + acompañantes), es decir un 19 % más de víctimas de gravedad en las calzadas laterales, a nivel general para el período 2015 a 2020, lo anterior equivale al 3% del total de motociclistas y acompañantes víctimas lesionadas o fallecidos en toda la ciudad.

En adición, en calzadas laterales se presentaron 68 siniestros graves adicionales a los presentados en las calzadas centrales (332 casos comparados con 264 casos). Que, para el caso de los usuarios de motocicleta (motociclistas +acompañante) fallecidos, durante los últimos seis años, una de las interacciones más significativas es con los vehículos pesados sea de carga o buses, que corresponden a 43,3% de las fatalidades de usuarios de motocicleta entre 2015 y 2020, para el caso de lesionados corresponde el 13%. Estos últimos, solo pueden circular por la calzada lateral. Que, al revisar las hipótesis de siniestralidad, con base en los 1PATs (Informe Policial de Accidentes de Tránsito) del periodo entre el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2020, no se evidencia diferencias sustanciales que sugieran la aplicación de una regulación diferenciada entre calzadas, como es la restricción de motociclistas con acompañantes en las vías con calzadas centrales.

¿Qué opina, las alcaldías deben hacerse responsables por el aumento de muertes de motociclistas por la implementación de esta norma?

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Texto completo aquí

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