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Restricciones

CAICEDONIA (Valle)

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DECRETO 91 DEL 30 DE JULIO DE 2014
 
Se prohibe transpoortar acompañante hombre las 24 horas del día y se prohibe la circulación de motocicletas desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente
 
Decreto 106 de octubre 21 de 2014
 
Se prohíbe el tránsito de motocicletas desde las 11:00 p.m. hasta las 05:00 a.m. del día siguiente. Prohibido el pasajero hombre desde las 7 de la noche.
 
Código Nacional de Tránsito Se exige el uso del casco. Se exige el uso del chaleco después de las 6 p.m.
 
Tránsito Tel. (2) 2164445.

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