Nacional
Los motociclistas mensajeros y domiciliarios deben registrarse para circular en Bogotá
Las motos para el servicio de mensajería y domicilios tendrán que estar inscritos en la Secretaría de Movilidad para operar durante la Cuarentena Nacional.

Desde el pasado lunes 27 de abril, los vehículos (automóviles, camiones y motos) para el servicio de mensajería y domicilios tendrán que estar inscritos en la Secretaría de Movilidad para poder operar durante la Cuarentena Nacional.

Las empresas y plataformas de comercio electrónico que presten o faciliten servicios de mensajería o domicilios, deberán inscribir sus vehículos (motos, autos y camiones) al correo controltransitoytransporte@movilidadbogota.gov.co para poder circular en Bogotá.
La medida fue tomada por la Administración Distrital para poder conocer el número de vehículos y personas que trabajan en el sector de la mensajería y domicilios en Bogotá, y así garantizar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud, entre ellos, el uso de elementos de protección sanitaria y el registro de la identidad del personal de servicios de domicilios, para el seguimiento de contagios de Covid-19.
Requisitos para inscribirse:
En su artículos 6, el Decreto 121 del 26 de abril de 2020 establece que las empresas de mensajería y domicilios deben inscribirse a través de un proceso virtual, sencillo y rápido: “Las empresas o plataformas tecnológicas que presten o faciliten servicios de mensajería o domicilios, deberán presentar ante la Secretaría Distrital de Movilidad al correo controltransitoytransporte@movilidadbogota.gov.co, el listado de vehículos automotores autorizados cuya licencia de tránsito así se lo permita (carga o mixto), a realizar estas labores con el fin de ser incluidos en la base de datos de exceptuados”.

Motociclista domiciliario en Bogotá
Los propietarios de las empresas que a partir de hoy requieran prestar sus servicios de domicilio y mensajería durante la Cuarentena Nacional, deberán enviar sus solicitudes de inscripción vía correo electrónico, anexando nombre y razón social, placa del vehículo o de los vehículos vinculados a la empresa, tipo de vehículo, nombres de los conductores a cargo y sus respectivas identificaciones. De esta manera quedarán registrados en las bases de datos de la entidad.
Como medio de comunicación nos quedan varios vacíos referentes a lo que está permitido para circular en motocicleta: ¿es posible circular con acompañante? En las excepciones dictadas por el Gobierno Nacional solo habla de “domiciliarios de restaurantes” y más recientemente se menciona la posibilidad de usar la moto para ir a trabajar, cuando se encuentra incluido en los sectores que empiezan una apertura gradual. ¿Qué pasa entonces con quienes tenemos familia y preferimos emplear la motocicleta como medio de transporte para evitar el contagio en el sistema de transporte masivo?
También te puede interesar:
Actualidad3 días atrasNueva Victory BET ADV 180: precio y llegada a Colombia este 2026
Actualidad2 días atrasAKT Voge XRS 180 vs. Auteco BET ADV 180 vs. UM Rockville 200. ¿Cuál es la mejor en Colombia?
Actualidad3 días atrasEstas son las cosas buenas y malas de la nueva Honda CB125F DLX que llevamos a prueba
Actualidad2 días atrasCFMOTO 250 NK LITE 2026: precio, prueba de manejo y ¿es la mejor 250 para ciudad en Colombia?
Actualidad2 días atrasKTM Duke 200 2026: precio, ficha técnica y cambios frente a la versión NG
Actualidad2 días atras¿Una Honda con compresor? Así es la moto V3R 900 que ya está dando de qué hablar
Actualidad1 día atras¿Tiene moto eléctrica? Estas son las nuevas reglas que debe cumplir en Colombia
Actualidad21 horas atrasNueva TVS RTX 300. El terror de Honda Sahara 300 y Suzuki V-Strom 250SX





