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Nuevas medidas restrictivas para las motos en Bogotá | Se prohíbe el acompañante

A raíz de las situaciones que han comprometido la seguridad de los ciudadanos en Capital de la República, vividas durante los últimos días, la Alcaldía Mayor tomó medidas para los vehículos de dos ruedas.

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Nótese que estas restricciones entrarán en rigor a partir del lunes 11 de abril, entre tanto solo habrá jornadas pedagógicas. En total serán cinco medidas, pero dos exclusivas para las motos:

1. Los motociclistas deberán tener su placa visible, en el casco y la indumentaria, permanentemente (todos los días de la semana).

2. Restricción parrillero para los días jueves, viernes y sábado, dentro de las 7:00 de la noche y las 4:00 de la mañana.

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Desde lo que sería el “fortalecer la seguridad de nuestra ciudad sin escatimar esfuerzos”, la Alcaldía Mayor de Bogotá tomó medidas restrictivas para los motociclistas capitalinos, eso sobre la idea de, en palabra de Claudia López: “cuidar debidamente a los bogotanos, las familias y a nuestros niños”. Sin embargo, ¿qué culpa tendría el gremio de situaciones, sobre lo que corresponde, de cualquier atentando hacia la colectividad en la Capital de la República? En ese sentido, la aplicabilidad de la normativa no la entendemos muy bien, aun así en Publimotos le presentamos las cinco medidas que empezarán a regir desde el próximo 11 de abril.

Recuerde, las medidas empezarán a regir desde el próximo 11 de abril (el aviso se realizó de manera oficial por Claudia López):

1. Todo establecimiento público deberá vincularse a una Red de Cuidado y/o frente de seguridad.

2. Entre las 10:00 de la noche y las 10:00 de la mañana no se permite la permanencia en parques, plazas, plazoletas y corredores ambientales para ninguna persona; solo el tránsito.

3. Se realizarán operativos y sellamiento a clubes nocturnos que presten servicios no autorizados o violen las normas del Código de Convivencia.

4. Los motociclistas deberán tener su placa visible, en el casco y la indumentaria, permanentemente (todos los días de la semana).

5. Restricción parrillero para los días jueves, viernes y sábado, dentro de las 7:00 de la noche y las 4:00 de la mañana.

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