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Primicia | ¡Es un hecho! Inmovilizaciones a motos no van más
Esta es la nueva actualización acerca del Proyecto de Ley que busca dejar en igualdad de condiciones a los conductores de motos.

Hace algunas semanas atrás, les dimos la primicia sobre un Proyecto de Ley que busca quitar las inmovilizaciones a motos por algún tipo de comparendo.
De esta manera, el último debate se llevó a cabo el pasado martes 21 de mayo, en el que nuevamente se dio luz verde con una buena aprobación y ya solo faltaba la sanción presidencial.
El Proyecto 310 de 2023 está liderado por el autor y senador Alejandro Vega y el ponente, el senador Gustavo Moreno, quien también es presidente de la Comisión XI.
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Lo último que sabíamos es que esta propuesta legislativa estaba lista para ser firmado por parte del Presidente de la República, Gustavo Petro, quien tenía 6 días para su oposición a partir del 18 de julio.
Es decir que con respecto a este Proyecto que busca igualdad de condiciones para conductores de motos y carros, ya no se puede oponer el jefe de estado. Sin embargo, solo restaba esperar su firma.
Ahora, conocimos que este documento no fue firmado por el mandatario, y fue devuelto al congreso para ser firmado por el presidente del Senado, quien ya no se opondrá, sino sólo procederá a su sanción.
Luego este Proyecto de Ley, pasará a ser solo Ley y se tendrá que publicar en la Gaceta para empezar a regir en la capital.
Constitución Política de Colombia. “ARTÍCULO 168. Si el presidente no cumpliere el deber de sancionar las leyes en los términos y según las condiciones que la Constitución establece, las sancionará y promulgará el presidente del Congreso»
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¿Qué dice este Proyecto de Ley sobre las inmovilizaciones?
Se trata de una propuesta de varios puntos que les pondrá un frenazo a las grúas, patios y, sobre todo, la Secretaría de Movilidad. Con esto, se eliminan las inmovilizaciones a las motos por 5 infracciones.
Esto nos dejaría en igualdad de condiciones con los conductores de vehículos particulares que no sufren de constante inmovilización.
INFRACCIÓN | CONTINUIDAD EN EL TIEMPO / POSIBILIDAD DE CORRECCIÓN |
D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril. | Termina tan pronto el infractor es detenido por la autoridad de tránsito quien le ordena tomar el sentido correcto de la vía. Se subsana inmediatamente. |
D.4. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo. | Es de ejecución instantánea, una vez cometida es imposible subsanarla, razón por la que la inmovilización no cumple con el objetivo de corregir la infracción. |
D.5. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados. | Termina tan pronto el infractor es detenido por la autoridad de tránsito quien le ordena tomar el carril apto para vehículos motorizados. Se subsana inmediatamente. |
D.6. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique | Es de ejecución instantánea, una vez cometida es imposible subsanarla, razón por la que la inmovilización no cumple con el objetivo de corregir la infracción |
D.7. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas. | Es de ejecución instantánea, una vez cometida es imposible subsanarla, razón por la que la inmovilización no cumple con el objetivo de corregir la infracción |

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