Normatividad
Desde este 19 de diciembre se aplica la Ley contra conductores ebrios
El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la ley de iniciativa parlamentaria que endurece las sanciones contra quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o de sustancias alucinógenas

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la ley de iniciativa parlamentaria que endurece las sanciones contra quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o de sustancias alucinógenas.
Tras la petición del presidente del Congreso, Juan Fernando Cristo, quien considera esta iniciativa como «un regalo de navidad» para los colombianos, el Presidente Santos sancionó este jueves la ley que endurece las sanciones penales y administrativas para los conductores que realicen dicha actividad bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, paso que faltaba para entrar en vigencia de manera inmediata.
«Es una legislación muy fuerte que estamos convencidos va a tener un efecto disuasivo para que nunca más alguien después de ingerir licor se ponga al mando de un volante», expresó el senador Juan Fernando Cristo, quien además recordó que a partir de hoy ninguna persona en estado de embriaguez «que quite la vida a otro ciudadano, va a poder ser excarcelado. No queda ningún espacio para interpretación del operador judicial».
Así mismo, el legislador insistió en pedir «mano dura» del Estado para evitar que miembros de la fuerza pública sean sobornados por conductores ebrios. «Esperamos que desde este fin de semana la Policía Nacional organice los operativos respectivos. Un Policía que se preste para no imponer las multas y ser sobornado, debe ser sancionado con la misma contundencia que el conductor en estado de ebriedad, para esto no se necesitan leyes, sino la autoridad del Estado», concluyó Cristo.
Por su parte, el presidente Juan Manuel Santos agradeció a los congresistas por «cumplirle al país» destacando que después de cinco años y 10 proyectos de ley presentados con el mismo fin «se habían hundido por falta de compromiso».
Igualmente, anunció que ha dado instrucciones al Ministerio de Transporte y a la Policía Nacional para que las medidas se empiecen a aplicar, «con celeridad y eficacia» a partir de este fin de semana. «No más borrachos en las vías, no más víctimas del coctel criminal del alcohol y la gasolina», puntualizó el mandatario nacional.
El general Rodolfo Palomino, Director de la Policía Nacional, expresó que «seguramente se van a incrementar las seducciones a la Policía para que modifiquen o alteren su procedimiento» por lo que invitó a quienes aprecien irregularidades en el procedimiento judicial, especialmente de contención, llamar al 166, línea directa anticorrupción «esto nos permitirá ser muchos más efectivos y ayudar a garantizar que esa actuación institucional sea transparente».
Las sanciones que implica la ley son las siguientes:
Sanciones penales
En caso de incurrir en los delitos de lesiones culposas y homicidio culposo la pena de prisión pasaría la mínima de 32 meses a 53 meses y la máxima 108 a 216 meses.
Sanciones económicas y administrativas
Primera vez
Suspensión de la licencia: 1 a 10 años
Multa: 90 a 720 días del salario mínimo vigente
Inmovilización del vehículo: 1 a 10 días
Trabajo comunitario: 20 a 80 horas
Segunda vez
Suspensión de la licencia: 1 año a cancelación
Multa: 135 a 1080 días del salario mínimo vigente
Inmovilización del vehículo: 1 a 20 días
Trabajo comunitario: 20 a 80 horas
Tercera vez
Suspensión de la licencia: 3 años a cancelación
Multa: 180 a 1440 días del salario mínimo vigente
Inmovilización del vehículo: 3 a 20 días
Trabajo comunitario: 30 a 90 horas
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