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¡Atención Cali! | Martes 22 de noviembre, día sin moto ni carro

Se vivirá la segunda edición del día sin carro ni moto en la Sucursal del Cielo; como está estipulado en el decreto 0625 de 2022, se realizará el próximo martes 22 / 11 del 2022, con restricción para la movilización de vehículos particulares en la franja horaria de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Es una jornada que pretende darle aire al medio ambiente, evitar tanta contaminación en Cali; es ahí como se activa la iniciativa para que las personas puedan conocer y movilizarse a través de los medios de transporte alternativos, habrán excepciones como es de costumbre en este tipo de decisiones, más adelante detallamos cada una de ellas.

El secretario de Movilidad Distrital, habló al respecto, “contamos con una segunda fecha, el 22 de noviembre, en la cual tendremos esta importante jornada que busca concientizar a la ciudadanía respecto a la movilidad sostenible; la importancia de utilizar otras maneras de transportarnos diferente a la movilidad particular motorizada; conocer nuestra oferta de transporte público en todas sus modalidades (individual, colectiva, masiva); y poder utilizar la bicicleta para desplazarnos”.

Y mucha atención porque en Cali se espera que dejen de circular aproximadamente 700 mil vehículos y que, asimismo, dejen de ingresar otros 250 mil provenientes de municipios aledaños.

“Dentro de las excepciones se encuentran la garantía de servicios básicos que requiere la ciudad; la atención de emergencia de riesgos; la fuerza pública; la Administración Distrital en sus esquemas operativos de servicios públicos y recolección de basuras; igualmente el abastecimiento de alimentos y de bienes de consumo, entre otras, detalladas en el decreto”, agregó el Secretario de Movilidad.

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Las excepciones serán las siguientes, tome nota de cada una de ellas para que evite sanciones e inmovilizaciones de su vehículo:

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1. Vehículos que conforman la caravana presidencial y las de funcionarios del alto nivel ejecutivo y legislativo nacional; el vehículo oficial asignado a la Gobernadora del Valle del Cauca, el Alcalde de Santiago de Cali, los Embajadores y los Cónsules.

2. Vehículos adscritos al Ministerio de Defensa Nacional y a la Fuerza Pública en los términos del artículo 216 de la Constitución Política; vehículos operativos de Migración Colombia y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-Inpec, que sean destinados al traslado de procesados, debidamente identificados.

3. Vehículos de propiedad de cuerpos de Bomberos, Defensa Civil Colombiana y Cruz Roja, destinados únicamente a rescates y manejo de desastres; vehículos de Gestión del Riesgo y para operativos del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente-Dagma.

4. Vehículos tipo ambulancia con identificación permanente no removible habilitados por la Secretaría de Salud Pública Distrital; vehículos de atención médica personalizada con identificación permanente no removible, en cuyo caso el conductor y su acompañante deberán estar debidamente uniformados y portar el carné de la empresa en un lugar visible.

5. Vehículos en los que se desplace personal médico, asistencial, farmacéutico, hospitalario y clínico.

6. Vehículos de transporte de residuos y/o desechos hospitalarios, los cuales deben contar con identificación permanente no removible

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7. Vehículos y motocicletas de tipo operativo destinados al mantenimiento de servicios públicos esenciales de energía, alumbrado público, telefonía fija, internet, acueducto, alcantarillado, aseo, recolección de basuras y gas, en los términos de la ley 142 de 1994, con identificación permanente no removible y los de supervisores de rutas de aseo que se encuentren en misión, en cuyo caso el conductor deberá portar el carné de la empresa.

8. Vehículos operativos de las secretarías distritales de Movilidad, Seguridad y Justicia, Infraestructura y Salud Pública; del Centro de Diagnóstico Automotor del Valle, del Instituto Nacional de Vías, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y de organizaciones no gubernamentales (ONG).

9. Vehículo que habitualmente transporte o sea conducido por persona en situación de discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental limite su movilidad de manera permanente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 4575 de 2013 del Ministerio de Transporte o las normas que en adelante la deroguen o modifiquen, previamente acreditados por la Secretaría de Movilidad Distrital de acuerdo con el Decreto 4112.010.20.0497 del 1 de julio de 2021, modificado por el Decreto 4112.010.20.0914 del 20 de noviembre de 2021, siempre y cuando la persona en situación de discapacidad se encuentre ocupando el vehículo.

10. Vehículos utilizados para la producción y transmisión de video y/o audio, de propiedad de medios de comunicación, con identificación permanente no removible.

Si desea leer las demás excepciones (18 restantes) hacer clic en el siguiente enlace: https://acortar.link/IdQD2v

En PubliMotos estamos a gusto de leer tus comentarios, déjanos saber qué opinas respecto a esta segunda edición del día sin moto y carro en Cali.

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¡VIDEO! Así fue el accidente en donde murió motociclista en Salto del Tequendama 

Tristeza y dolor es lo que acompaña en estos momentos a los familiares de estos motociclistas. Un hombre y una menor de edad son los implicados de tan trágico hecho. Les contamos.

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¡VIDEO! Así fue el accidente en donde murió motociclista en Salto del Tequendama

Un día como cualquiera, así iniciaba la mañana de Jeyson David Quevedo Salcedo y una mujer menor de 17 años, sin saber lo que les esperaría en cercanía al famoso Salto del Tequendama – Cundinamarca. Se transportaban en moto, quizá un mal cálculo, vía en mal estado, fallo de frenos o exceso de velocidad, en fin, tantas cosas que aún no se confirman y que son materia de investigación, dieron con la muerte del hombre y el susto y rescate de la joven.

En el lugar no murió el conductor, les contamos que la moto chocó contra un muro de seguridad y es ahí donde la mujer sale volando aproximadamente unos 100 metros al abismo, ella sobrevive gracias al rescate oportuno de las Unidades de bomberos y la Cruz Roja. El hombre, quien fue trasladado gravemente a un hospital de Soacha. Perdió la vida minutos más tarde. 

Álvaro Farfán, capitán delegado departamental del Cuerpo de Bomberos de Cundinamarca, comentó lo siguiente:“esta mañana me llamó la atención sobre un incidente de motocicleta. (…) Al llegar al sitio se pudo evidenciar que el conductor se encontraba en grave estado. Fue evaluado y trasladado a un centro asistencial donde lamentablemente perdió la vida”.

El peligro del Salto del Tequendama

Año tras años, hombres, mujeres, familias, carros, motos, de todo se va por el abismo, ahora mucho menos que antes por las fuertes acciones de seguridad que han ido implementando, pero ese sector tiene un pasado aterrador. Cientos de familias lo recuerdan con tristeza y dolor. Hoy no fue la excepción.

PubliMotos lamenta el fallecimiento de esta persona y deseamos una pronta recuperación para la joven que hoy tuvo una nueva oportunidad de seguir luchando. A las familias, amigos y cercanos, que sea Dios dándole fortalezas para sobrellevar este momento.

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Sin duda, los caminos de la vida, no son lo que ellos esperaban.

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¿Puedo girar a la derecha en un semáforo en rojo? | Le resolvemos la duda

Si se ha preguntado si girar a la derecha con un semáforo en rojo está permitido, le contamos sí está o no permitido.

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Mucho hemos escuchado sobre el famoso giro a la derecha si estamos en un semáforo, pero usualmente los motociclistas temen a ser multados. Les resolvemos la duda.

El experto que nos habló del tema fue el Señor Biter, conocido por su constante apoyo a los conductores que sufren por la desinformación.

El creador de contenido nos explicó que en el artículo 118 del Código de Tránsito está establecida la regla que habla sobre los giros a la derecha que muchos conductores hacen en un semáforo en rojo.

No deje de leer: Lanzamiento | Llegó la competencia que sepultará a la Yamaha XTZ 150 | Les presentamos a la Hero XPulse 4V

El giro a la derecha sí está permitido siempre y cuando se respeten dos reglas fundamentales, la primera es que el conductor debe asegurarse que no haya actores viales o peatones al momento de dar el giro, ellos tienen la prelación.

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Lo segundo, es que no exista una señalización previa que prohíba el giro. Respetando estas dos reglas, sí puede girar a la derecha sin importar si el semáforo está en rojo.

Como consecuencia de no acatar algunas de estas reglas y se cometa la infracción, el motociclista o conductor, podrán enfrentar una multa de hasta $1.145.000.

Cabe mencionar que, si esta infracción es cometida por un motociclista, la moto será inmovilizada y tendrá que cubrir todos los gatos que esta acción acarrea. Evítese el dolor de cabeza.

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Esta es la razón para no ir donde mecánicos de barrio. Le dañaron la moto al motociclista

Una triste historia vivió un motociclista que por ahorrarse dinero quedó varado con su moto en medio de una carretera.

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¡Lo barato sale caro! Por más que nos repitamos esa frase siguen sucediendo situaciones que nos llevan a adquirir un producto o servicio de poca reputación. Así le pasó a un motociclista que se lamentó ahorrarse unos pesos con su moto.

En medio de nuestro viaje por carretera nos encontramos con un señor dueño de una Suzuki Gixxer, la cual fue llevada a un mantenimiento habitual en un taller en la ciudad musical, Ibagué, para dirigirse a trabajar a Bogotá.

Sin embargo, en medio de la vía llegando a Girardot se le empezó a regar el aceite, ¿Qué pasó?

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Varado con su moto en medio de la carretera

Según lo que vimos el tapón del cárter quedó mal ajustado y por las vibraciones de la moto, éste se soltó y ocasionó un desastre en medio de la carretera. La situación dejo como resultado el motor fundido; un arreglo para nada económico.

“Llévala a un buen técnico, con certificados”, fueron las contundentes palabras de Alejandro Rubio, luego de conocer el infortunio del compañero motociclista que quedó varado.

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En el momento de nosotros publicar el video, el dueño de la moto estaba esperando un servicio de grúa para transportar su máquina hasta Chicoral, Tolima.

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