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¿Sí se pueden usar documentos digitales para circular en Colombia?

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Documentos digitales. ¿Los tiene que buscar la autoridad? ¿Los tiene que presentar el ciudadano? ¿Debemos usarlos en físico? Acá te aclaramos las dudas.

Hablaremos respecto a la cédula, licencia de conducir, SOAT y Tecnomecánica ¿Estos documentos se pueden de manera digital, o debemos usarlos de manera física? Acá le indicamos todo.

¿Sí se pueden usar documentos digitales para circular en Colombia? 01

Cédula de ciudadanía digital

El trámite de obtención de la cédula por primera vez para todos los ciudadanos que cumplan la mayoría de edad (18 años) se realizará en forma presencial, sin costo y sin agendamiento, en todas las Registradurías del país y en 52 consulados de Colombia en el Exterior. Se atenderá en orden de llegada.

¿Sí se pueden usar documentos digitales para circular en Colombia? 02

¿Qué pasa si no porto la cédula y me la piden las autoridades?

La cédula es el único documento con el que una persona puede identificarse ante distintos tipos de autoridades. Sin este documento, usted no podría votar, ir a un juzgado, entre otras cosas. Sin embargo, se ha creado una imagen social de que este documento es esencial a la hora de identificarse.

En caso de no portarla puede presentar su licencia de conducción, carnet universitario, carnet laboral, o cualquier documento que tenga su número de identificación y fotografía.

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Cuando se promulgó el nuevo Código Nacional de Policía se estableció que las personas deben facilitar el proceso de identificación ante las autoridades. La norma no estableció que es obligatorio llevar la cédula para realizar el proceso de identificación. Aunque no da multa, las autoridades han recomendado siempre portar el documento de identidad para agilizar procesos.

Frente a estas exigencias, Carlos Andrés Gómez, director del programa de derecho de la Jorge Tadeo Lozano, dijo que “la ley reconoce la validez de las copias digitales, pero las autoridades de tránsito siguen anquilosadas en pedir copias físicas”. También aclaró que “la cédula es el único documento para identificarse ante las autoridades, aunque, en ciertos casos, la licencia de conducción puede suplir este papel”.

¿Sí se pueden usar documentos digitales para circular en Colombia? 03

¿Cómo saber si mi SOAT y Tecnomecánica están activos?

  • Ingrese a la página del RUNT para hacer una Consulta de Automotores.
  • Podrás hacer la consulta por placa y propietario, por VIN (número único de identificación) o por número de SOAT.
  • Completa los datos solicitados.
  • El sistema te mostrará todos los datos y el historial de tu vehículo: número de identificación vehicular o VIN, el número de chasis, el número de motor, si el SOAT y la tecnomecánica está vigente, entre otros.

¿Qué pasa si no presento los documentos para conducir a las autoridades?

Cuando las personas son detenidas por las autoridades de tránsito, muchas veces se les solicita entregar el pase de conducción y la cédula. El Código Nacional de Tránsito, en su artículo 34, estableció que es obligatorio para todos los conductores portar su licencia de tránsito correspondiente, junto a los certificados pertinentes del automotor (tarjeta de propiedad, SOAT, revisión tecnomecánica).

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En una comunicación se estableció que «se entenderá cumplida la obligación de portar la licencia de tránsito del vehículo y la licencia de conducción, cuando la persona presente al agente de tránsito el documento en físico, o presente el mensaje de datos de la consulta en línea y en tiempo real en el Registro Nacional Único de Tránsito – RUNT».

La medida busca beneficiar a los conductores del país, «que se veían expuestos a la inmovilización del vehículo y a una multa si no llevaban en físico su licencia de conducción o la licencia de tránsito del vehículo».

Los ciudadanos podrán hacer la consulta en línea en tiempo real, de la información que reposa en el RUNT y deberán mostrar al agente de tránsito el mensaje de datos que arroja la consulta donde se evidencia que cuenta con los documentos requeridos (licencia de tránsito y/o de conducción).

Se recomienda al iniciar viajes por carretera garantizar que se porte la licencia física para evitar inconvenientes si no se cuenta con internet para hacer la consulta en línea.

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Y se aclaró que el conductor deberá presentar a las autoridades de control los documentos, ya sea en físico o a través de la consulta que realice en línea y en tiempo real en el RUNT.  

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¿Cuál es la multa por conducir sin licencia?

La multa por manejar un automotor sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente equivale a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, es decir, 1.160.000 pesos para este año. Y, aunque no sea requisito presentar la licencia de forma física, no demostrar la posesión de este documento podría suponer una infracción de ocho Salarios Mínimo Diarios Legales Vigentes, o sea, 309.344 pesos.

¿Cuál es la sanción por tener el SOAT vencido?

Le significará una multa de 30 Salarios Mínimos Diarios Vigentes (SMDV), que corresponden a $1.160.000.

Adicionalmente, el agente de tránsito también puede inmovilizar su auto y llevarlo a los patios, lo que le genera un costo de $177.900 para la grúa de un vehículo mediano y para los patios el precio va desde los $111.000, según la Alcaldía de Bogotá. Para otras localidades es según lo que disponga la Secretaria de Movilidad o Alcaldía que rija el lugar donde se encuentre.

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¿Qué sanción aplica si la revisión tecnomecánica está vencida?

En 2023, el valor de la multa por no tener revisión técnica es de 15 salarios mínimos. O sea 580 mil pesos.

En el caso de que el vehículo sea inmovilizado, el usuario debe acudir al CDA elegido para el servicio y facturar la revisión. Después, debe acudir al patio, pagar los valores de patio y de grúa que allí se le indiquen y proceder a trasladar el automotor hacia el CDA. Esto último debe hacerlo en grúa, debido a que no se considera que el carro sea seguro para ser conducido.

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Para tomar en cuenta respecto al SOAT y Tecnomecánica

Es de recordar que la vigencia del SOAT y Tecnomecanica inicia al día siguiente una vez se cargue en el sistema.

¿Con cuántas sanciones suspenden la licencia de conducción?

Según el artículo 124 del Código Nacional de Tránsito: “En caso de reincidencia se suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses. Se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un periodo de seis meses”.

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La persona a la cual se le suspendió su licencia, no podrá conducir bajo ninguna circunstancia, ya que si lo hace y es detenido manejando con el documento suspendido, podrá perder la licencia de forma permanente, según el Código Nacional de Tránsito.

Por otra parte, el infractor podría ser enviado a prisión con una condena que rondaría entre uno y cuatro años. Además, tendría que pagar una multa de entre 5 y 50 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.

Así que atentos, no dén papaya. Atentos a todas estas recomendaciones que les brindamos en PubliMotos.

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¿Motos de 100 y 125 cc con ABS? | Otro dolor de cabeza para los motociclistas

Otro tema que se debate en el Senado es la imposición de ABS a todas las motos sin importar el cilindraje. Les damos detalles.

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Y aunque pensamos que teníamos un gran avance con el tema de la no inmovilización, aparece otra situación que se convierte en un dolor de cabeza para los motociclistas y próximos en el gremio.

Otro tema que se debate en el Senado es la imposición del ABS en todas las motos, incluyendo las de menor cilindraje. Un problema para el bolsillo de los motociclistas.

Se trata del artículo 11 que busca adherirse a la Ley 2251 de 2022, el cual busca en su último debate, que las motos que se fabriquen, comercialicen o importen en Colombia tengan ABS.

Sin justificación alguna, esta proposición pretende que, de ahora en adelante las motos, sin importar cilindraje, lo traigan. Algo que tiene todo un trasfondo económico gigante.

Leer también: ¡Pilas! Ya no se le pueden llevar la moto a los patios. Todo lo que debe saber

Los problemas del ABS en motos pequeñas

¿Dónde radica el problema? Básicamente motos de 100 y 125 cc tendrían que tener ABS, algo que no pasa en países madres de casas como Bajaj, India.

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La implementación de este sistema de antibloqueo, hace que las motos de bajo cilindraje pasen a ser mucho más costosas, lo que se traduce a que no cualquiera pueda tener moto. Máquinas de 5 millones de pesos COP, pasarían a costar de 7 a 8 millones de pesos COP.

Para una persona que desee trabajar con una moto o dejar a un lado el transporte público, se le hará más complejo adquirir una.

Los encargados de esta proposición que busca adherirse al Proyecto de Ley, son: la senadora Angélica Lozano, la representante a la Cámara por Bogotá Jennifer Pedraza y el representante por Antioquia Daniel Carvalho.

“El Ministerio de Transporte reglamentará la presente obligación, conforme a las normas técnicas contenidas en el Foro de Armonización Vehicular WP-29, en un término no mayor a seis (6) meses, a partir de la promulgación de la presente ley”, detalla este artículo.

Esto se estipula en el artículo 11 del Proyecto de Ley que va para el segundo debate, el cual pretende, además, que sea el Ministerio de Transporte el que regule estos temas de seguridad.

El próximo lunes 27 de mayo se realizará un nuevo debate acerca de esta proposición. PubliMotos estará pendiente para traerles toda la información.

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No se pierda: Conozcan la Benelli 902S, el terror de Yamaha MT-09 y Kawasaki Z900

¿Qué es el ABS?

Comúnmente escuchamos este término en todo lado, y es que se trata del Sistema antibloqueo de ruedas (Anti-lock braking system).

Esto permite que la llanta no se bloquee y deslice por el pavimento, causando un accidente mayor.

Aunque el ABS sea muy seguro, es difícil pensar que todas las motos lo deban traer. Algo que sí se debería mirar es que tengan freno de disco en ambas llantas. ¿Qué opina?

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¡Pilas! Ya no se le pueden llevar la moto a los patios. Todo lo que debe saber

Con esta Ley se iguala en condiciones a los motociclistas y conductores de carro particular. La multa sigue, la inmovilización no.

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El tema de las inmovilizaciones a las motos no se detiene y es que el Proyecto de Ley que busca eliminar esto, ya se encuentra a puertas de que sea Ley.

El proyecto 310 de 2023 liderado por el autor y senador Alejandro Vega y el ponente, el senador Gustavo Moreno, quien también es presidente de la Comisión XI, se encuentra en una etapa que se conoce como conciliación.

Esto quiere decir que este Proyecto pasó con luz verde en los 4 debates en el Senado, pero se hizo un ajuste en el documento, el cual debe ser conciliado y posteriormente sancionado. Por último, pasaría a sanción presidencial.

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Luego de que el jefe de estado, Gustavo Petro firme esta Ley, los motociclistas podrán respirar tranquilos, porque quedarán en igualdad de condiciones junto con los conductores de carro particular.

¿En qué consiste el Proyecto que será Ley?

Se trata de un proyecto de varios puntos que les pondrá un frenazo a las grúas, patios y, sobre todo, la Secretaría de Movilidad. Con esto, se eliminan las inmovilizaciones a las motos por 5 infracciones.

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Esto nace de la inconformidad al bolsillo de cientos de motociclistas que son duramente castigados cuando cometen una infracción, ¿por qué?

Al momento de cometer una infracción el policía de Tránsito impone un comparendo que se convierte en multa y la moto se va para patios, el conductor aparte de pagar la multa, debe pagar el costo de la grúa y el tiempo de patios, que, por los trámites tan demorados, muchas veces requiere hasta dos o tres días, y si es un fin de semana, hasta el siguiente día hábil.

@gustavomoreno_51 TATEQUIETO al negocio de grúas y parqueaderos con las Motos 🏍️🏍️. en Colombia. Proyecto Aprobado ✅ #motos #motosport #motociclistas @Taller Súper Bike Racin @señor_ biter @KING BIKER ♬ sonido original – Gustavo Moreno

Y si miramos el trasfondo hay varios factores que afecta, como el hecho de que la moto sea usada para el trabajo, lo que deja un hogar sin dinero. Otro tema es que el motociclista debe meterse la mano al bolsillo para pagar transporte público.

Es decir, que una inmovilización incurre en una serie de gastos para el motociclista, cuando para un conductor de carro particular, solo obtiene el comparendo.

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No se alcahuetean infractores, pero no más inmovilización

Aunque muchos conductores de carro particular y ciudadanos, señalan a esta Ley como un mecanismo para librarse los motociclistas, no es así. Las multas siguen, no hay excepción para ello.

Lo único que cambia es que no todas las infracciones generen inmovilización, tal cual como los carros. Es un tema de igualdad de condiciones.

Estas son las infracciones que actualmente están dando inmovilización a las motos:

INFRACCIÓNCONTINUIDAD EN EL TIEMPO / POSIBILIDAD DE CORRECCIÓN
D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.Termina tan pronto el infractor es detenido por la autoridad de tránsito quien le ordena tomar el sentido correcto de la vía. Se subsana inmediatamente.
D.4. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.Es de ejecución instantánea, una vez cometida es imposible subsanarla, razón por la que la inmovilización no cumple con el objetivo de corregir la infracción.
D.5. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.Termina tan pronto el infractor es detenido por la autoridad de tránsito quien le ordena tomar el carril apto para vehículos motorizados. Se subsana inmediatamente.
D.6. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indiqueEs de ejecución instantánea, una vez
cometida es imposible subsanarla, razón
por la que la inmovilización no cumple con
el objetivo de corregir la infracción
D.7. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.Es de ejecución instantánea, una vez cometida es imposible subsanarla, razón por la que la inmovilización no cumple con el objetivo de corregir la infracción

Un problema para el medio ambiente

Otro problema que debemos de entender, es que la acumulación de vehículos en los patios está causando y un problema grande en cuanto a la contaminación.

Ya que los fluidos como aceite, gasolina, ácidos de batería y líquidos de freno, van directamente a la tierra y fuentes hídricas, causando un grave daño a al medio ambiente.

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Conozcan la Benelli 902S, el terror de Yamaha MT-09 y Kawasaki Z900

Ya fue presentada en suelo asiático la Benelli 902S, moto que llega a destronar varias poderosas del segmento.

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La marca italiana Benelli lanzó su as bajo la manga y la mostró en el reciente Salón de la Moto de Beijing, donde se reveló la 902S, una naked deportiva con mucho estilo.

Esta moto se destaca principalmente por su motor bicilíndrico de 904 cc, el cual brinda una potencia de 104 Hp, un gran avance desde su predecesora, la 752S que ofrecía 76 Hp.

Incluso la velocidad asciende notoriamente, ya que llega a los 225 km/h superando los 190 km/h de la mencionada. Sin duda, la más potente de su segmento.

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¿Qué trae la Benelli 902S?

Entre algunos cambios, hay cosas que no cambiaron como las suspensiones, ya que tiene la misma distancia entre ejes y el mismo rodado, con una 120 delante y una 180 atrás sobre las llantas de aleación rodado 17. Las suspensiones Marzocchi y los frenos Brembo nos brinda la seguridad necesaria.

Pero no deja de sorprendernos, ya que cuenta con iluminación Full LED y pantalla TFT as todo color que nos brinda una información mucho más clara y preciosa de la moto.

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Con la llegada de esta bestia, hay motos que ya pueden correr el riesgo de quedarse, como la Yamaha MT-09 y la Kawasaki Z900. Por ahora esta moto se encuentra en territorio europeo y asiático, por lo que nos queda esperar su llegada a suelo latino.

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