Accesorios
¿Portabicicleta para motos? ¿es legal?
El accesorio permite transportar una bicicleta para adulto con relativa comodidad, precisamente para llevar el caballito de dos ruedas cuando se necesite.

Actualmente la bicicleta se ha convertido en un excelente medio de transporte, no obstante, muchas veces tiene limitaciones para las personas que requieren ir al trabajo con determinados códigos de vestimenta por ejemplo, o simplemente el uso urbano de este vehículo no resulta tan cómodo como una motocicleta, no obstante, son muchos los motociclistas que disfrutan del ´caballito de acero’ los fines de semana o en recorridos más largos, inclusive, esperan asistencia en caso de algún daño o inconveniente con la bici.
Precisamente por eso han empezado a abundar dispositivos para transportar la bicicleta en conjunto con la moto, y grandes fabricantes de herrajes han inventado dispositivos para que la pueda ir en el asiento del copiloto y parte de una parrilla trasera, de una forma que sea una forma relativamente cómoda, pero la pregunta es ¿me pueden multar por llevar la bicicleta de esta forma?
Aunque en principio el Código de Tránsito habla de que la motocicleta es: un vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el conductor y un acompañante, y no se habla exactamente de una capacidad de carga, es natural considerar que el espacio del acompañante no tiene una restricción explicita para llevar diferentes tipos de objetos. En consecuencia, se asume que siempre que se sigan unas determinadas recomendaciones, los baúles, maletas, parrillas, cajones y hasta porta bicicleta no deberían ser contrarias a la ley, no obstante siempre hay que tener en cuenta unas recomendaciones:
Placa y stop
En este caso la norma es clara, en el artículo 43 de Código Nacional de Tránsito se expresa que la placa “debe estar libres de obstáculos que dificulten su plena identificación.” So pena de sanción, del mismo modo se aplica la legislación al stop trasero y direccionales en caso que llevemos algún elemento en la parte trasera.
Comodidad de conducción
Es claro que cualquier elemento o persona que transporte el motociclista no debe interferir con la visibilidad o la comodidad de conducción, por lo tanto, los fabricantes de los portablicicletas deben garantizar que el conductor pueda conducir de forma adecuada, sin llegar a afectar la estabilidad del vehículo. En este mismo sentido, si alguna de las estructuras está diseñada para usar el espacio parcial o completo del acompañante, es claro que este último no puede estar en la moto.
Dimensiones
Como ha informado el Ministerio de Transporte las motos no se contemplan como vehículos de carga por lo cual no hay una normatividad específica que limite lo que podemos llevar en la parte de atrás, no obstante, el CESVI ha dado algunas recomendaciones que debe ser tomadas en cuenta:
• En cuanto al tamaño de la carga, esta nunca debe superar el ancho de los manilares ni debería ser más alto que la cabeza del conductor cuando está sentado.
• Esta debe siempre ir anclada sin que se permita la movilidad y con una sujeción firme que no corra el riesgo de interferir con los sistemas motrices de la moto, como correas o cuerdas sueltas.
• Que los elementos rígidos como estructuras y parrillas sean compatibles con la motocicleta, de tal forma que su diseño sea totalmente conforme.
• Que la masa no supere la capacidad de peso máximo autorizado descrito en la ficha técnica de la motocicleta.
Lo más importante es que usted como conductor se sienta cómodo y pueda hacer un ejercicio de manejo normal, de tal forma que no se ponga en riesgo ni a otros usuarios de la vía.
De acuerdo lo anterior, si el portabicicleta cumple con todas estas condiciones, no debería ser un problema y puede ser un excelente complemento para acercar las motos con las bicicletas.
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