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¿Cómo retornar al trabajo y convivir con el Coronavirus SARS-CoV-2?

En Bogotá se ha aprobado el funcionamiento de 8.106 empresas, entre ellas 2.304 corresponden al sector de comercio, mantenimiento y reparación de vehículos.

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Primero repasemos qué es el Coronavirus SARS-CoV-2, es un virus que causa una infección respiratoria aguda denominada Covid-19, la cual puede ser leve o mortal, según la vulnerabilidad de cada paciente; la principal fuente de transmisión es cuando una persona enferma tose, estornuda o habla. La transmisión se produce entonces cuando las gotas que contienen el virus de la persona infectada, son expulsadas a través del aire y estas llegan a los ojos, la mucosa nasal, la boca o la piel de cualquier persona que esté en contacto con el paciente infectado.

Hasta la fecha no hay una vacuna contra este virus, aunque son varios los laboratorios alrededor del mundo los que trabajan aceleradamente para logar producir una, luego esta deberá ser aprobada por la Organización Mundial de la Salud.

Ahora bien, para evitar un rápido el contagio el Gobierno Nacional expidió a finales de marzo el Decreto 457, incluyendo un aislamiento preventivo obligatorio y las Alcaldías de cada municipio son las que finalmente determinan la implementación mediante decretos. En este sentido, la Alcaldía de la ciudad de Bogotá expidió el pasado 10 de mayo el Decreto 126 mediante al cual establece las medidas para la movilidad en el Distrito Capital.

Pero más que estas medidas, está en las acciones de cada uno de nosotros el prevenir el contagio y la protección de nuestros seres queridos.

Hasta la fecha de hoy (12 de mayo), en Bogotá se ha aprobado el funcionamiento de 8.106 empresas, entre ellas 2.304 corresponden al sector de comercio, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas, sus partes piezas y accesorios.

Hoy les recordamos algunos de los principales protocolos para convivir con el Coronavirus

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En el Hogar:

  • Quédese en casa lo máximo posible, no salga sino está incluido en las excepciones.
  • Lávese las manos con frecuencia. Use agua y jabón o un desinfectante de manos a base de alcohol.
  • No se toque sus ojos, nariz o boca.
  • Si tiene fiebre, tos y dificultad para respirar, solicite atención médica. Llame con antelación (123), no salga corriendo a un centro de salud y siga las instrucciones de los organismos de salud.
  • Ventilar los espacios de la casa, abra las ventanas y permita la circulación de aire.
  • Esté pendiente de la información oficial siguiendo la página; coronaviruscolombia.gov.co y descargue la aplicación gratuita del Gobierno Nacional CoronAPP en su teléfono inteligente, puede hacerlo desde GooglePlay, App Store o AppGallery. Por medio de la cual podrá evaluar su salud y recibir recomendaciones sobre la COVID-19
  • Si vive en Bogotá en el siguiente link podrá conocer de primera mano el progreso del Covid-19 en la ciudad y su localidad, además de la normativa vigente en el Distrito sobre la cuarentena: bogota.gov.co/coronavirus-en-bogota/#inicio
  • Cuando salga recuerde tener precaución: utilice siempre guantes y tapabocas.
  • Evite al máximo el contacto con las superficies de uso común como pasamanos, perillas de puertas, estanterías de los supermercados, etc.
  • Cuando regrese a su casa quítese los zapatos antes de entrar y desinféctelos (se recomienda tener unos zapatos solo para salir a la calle y usar otro calzado exclusivamente en su hogar), quítese toda la ropa y póngala a lavar, luego vaya directo a darse una ducha completa, igualmente limpie y desinfecte los paquetes que trajo de la calle, incluyendo maletines, la cartera y morrales.
  • Si tiene vehículo particular, motocicleta o bicicleta, tome las medidas de prevención por su salud y desinféctelo dos veces al día.

Recuerde que actualmente no existe una vacuna para prevenir la enfermedad causada por SARS-CoV-2, por lo tanto la mejor manera de evitar la Covid-19 es no exponerse a este virus.

En la Oficina:

  • Primero que todo, las empresas autorizadas deben cumplir con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Gobierno a través del Ministerio de Salud.
  • El empresario debe coordinar con la Alcaldía del municipio la apertura del negocio, recuerde que cada ciudad tiene una normatividad diferente. Si se encuentra en Bogotá primero debe registrar la empresa en el siguiente link: https://bogota.gov.co/reactivacion-economica y una vez verificado el plan de seguridad establecido por su empresa, se le autorizará la apertura, dentro de los horarios establecidos y disponibles para cada sector.
  • El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) tiene como propósito garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables. Consulte con su ARL, para que lo asesore.
  • En las empresas se deben generar barreras físicas en el área de recepción, como una ventana que separe a la persona que recibe de las que llevan correspondencia, garantizar el uso de tapabocas y guantes para que entre la recepcionista y el mensajero se reduzca la exposición.
  • Disponer de alcohol glicerinado mínimo al 60 % en la recepción, en caso de que la persona que acude al área de recepción no cuente con guantes, e informar a la persona que llega, que debe higienizar sus manos primero.
  • El empleador se asegurará que todos los empleados deben utilizar adecuadamente tapabocas convencional (que cubra nariz y boca).
  • Los empleados deben tener acceso al lavado de manos con agua y jabón al menos cada tres horas y que tengan permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo alcohol glicerinado mínimo al 60% y máximo al 95%, con registro sanitario para la limpieza de manos.
  • El control de ingreso mediante huella digital, será sustituido por cualquier otro sistema de control de horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para protección de la salud y la seguridad de los trabajadores.
  • La disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de condiciones de trabajo se modificarán en la medida necesaria, para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos (2) metros entre los trabajadores. Para el cumplimiento de estas medidas podrán contar con la asesoría de la Administradora de Riesgos Laborales – ARL.
  • Los trabajadores nunca deben compartir los equipos con otro trabajador.
  • En el Distrito Capital se prohíbe que el personal se incorpore a sus puestos de trabajo cuando: a. El trabajador esté en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de COVID-19; b. El trabajador tenga alguno de los síntomas compatibles con el COVID-19; c. El trabajador que, no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.
  • Si se evidencia que un trabajador cuenta con síntomas compatibles con la enfermedad, se deberá contactar de inmediato a la Entidad Promotora de Salud, a la ARL correspondiente y a la línea 123, y atender lo previsto en el protocolo de actuación frente a síntomas.
  • En las oficinas se debe realizar al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de todas las instalaciones, con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros, cestas, grifos y demás elementos de similares características, lo anterior conforme a los parámetros definidos por los protocolos de bioseguridad adoptados por el Ministerio de Salud y Protección Social y por la Secretaría Distrital de Salud.
  • Se bebe garantizar una distancia mínima de dos (2) metros entre clientes. En los locales comerciales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente a la vez.
  • Establecer un horario o condiciones de atención preferencial para personas mayores de 60 años, mujeres en estado de gestación y personal médico y del sector salud.
  • Si la compañía tiene vehículos, motocicletas o bicicletas, debe tomar las medidas de prevención y desinfectarlos dos veces al día.

Es importante recordarles que: “Los empleadores de la ciudad de Bogotá D.C. son corresponsables de la gestión del riesgo y se encuentran obligados a adelantar sus actividades económicas bajo los principios de precaución, solidaridad y autoprotección de acuerdo con lo previsto en el Artículo 2º de la Ley 1523 de 2012. En razón a ello, establecerán mecanismos de teletrabajo o trabajo en casa para evitar la asistencia a los sitios de trabajo de las personas, especialmente de aquellas que vivan en las zonas declaradas de especial cuidado mientras subsista esa situación”.

Protocolo de seguridad en los almacenes y talleres:

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Las motos más vendidas en Colombia en 2025… ¿Y la suya en qué puesto va?

¿Quién dijo que el mercado de motos en Colombia estaba frenando? Abril dejó claro que seguimos dándole duro al acelerador.

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Con más de 80 mil unidades nuevas matriculadas en un solo mes, el país reafirma su amor por las dos ruedas, y no solo por pasión, sino por pura necesidad: economía, agilidad y libertad en medio del caos vial.​

Cifras que hablan: el mercado sigue rugiendo

El reporte oficial de la ANDI y Fenalco no miente:​

  • 80.766 motos nuevas rodaron a las calles en abril.​
  • Representa un +17,48% respecto a abril de 2024.​
  • Aunque bajamos un 4,11% frente a marzo, el promedio mensual de 2025 supera las 79 mil unidades.​

Dato clave: Más del 95% de estas motos son ensambladas en Colombia. Somos potencia ensambladora y eso se nota en disponibilidad, precios y repuestos.​

AKT, Yamaha y Bajaj siguen dominando la pista

¿Quién manda en las vitrinas y las calles?​

  • AKT vuelve a liderar con fuerza: su modelo estrella AK125NKD EIII fue el más vendido con 7.016 unidades.​
  • Bajaj mantiene firme su clásico: la CT100 ES SPOKE sigue siendo la favorita de los trabajadores y repartidores con 3.522 motos en abril.​
  • Yamaha mete presión con la popular NMAX 155: elegante, urbana, potente. Registró 3.119 unidades.​

Amplíe: Kawasaki cambia el mundo de las motos a gasolina

Hero y Kymco: los que sorprenden

Dos marcas que hay que mirar con lupa:​

  • Hero, con su crecimiento explosivo del 122% frente a marzo 2024.​
  • Kymco no se quedó atrás, subiendo un 84% en ventas.​

¿Será que por fin estamos valorando el diseño y la eficiencia asiática como se merece?​

El colombiano promedio elige con cabeza

Nada de motos de lujo o exageradas. Las cifras muestran que el 50,85% de las ventas está en el rango de 101cc a 125cc, y un 23,72% entre 151cc y 200cc.​

Lea: Esta es la moto que le compite a Yamaha MT125. Conózcanla

¿Por qué? Porque son económicas, potentes para ciudad y perfectas para quienes las usan como herramienta de trabajo diario. Ahorradoras, fáciles de mantener y con buena reventa.​

Industria nacional a todo gas

Detrás de estas cifras está la maquinaria nacional:​

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  • 11 plantas de ensamblaje.​
  • 8 empresas ensambladoras activas.​
  • Miles de empleos y una cadena productiva que no se detiene.​

¿Y esto qué significa para ti como motero? Más motos disponibles, mejores precios y soporte técnico a la mano.​

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¿Qué viene para lo que queda de 2025?

Si seguimos al ritmo actual, podríamos cerrar el año con más de 950.000 motos nuevas en las calles. El alza no es solo por gusto, también por necesidad: transporte público colapsado, gasolina cara, y un motero más consciente de lo que necesita.

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Actualidad

Hero Karizma XMR 2025. ¿Llega a Colombia para aplastar a Suzuki y a KTM?

Hero podría cumplirnos el sueño de traer esta moto, con su avanzada tecnología y diseño innovador. De ser así, la competencia tendría que reajustar sus cifras para no verse afectada en ventas

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Hemos hablado de ella en nuestro trabajo Una nueva deportiva. Hero Karizma XMR 250 se lanzará este 2025 y en nuestra nota Hero Karizma XMR 210: la nueva reina que llega a destronar las 250 favoritas, evidentemente la marca india está intentando dejar huella.

No te pierdas: ¿Qué moto china SÍ vale la pena este 2025? Las 3 que están dando la talla en Colombia

Las nuevas características de la Hero Karizma XMR, como la suspensión invertida o USD, varias mejoras mecánicas en la plataforma, la vuelven una contendora difícil y tentadora, le contamos de ella.

Estilo de la Hero Karizma

La Hero Karizma 2025 y su variante superior, la Edición Combat, presentada en EICMA 2024. Incorpora la suspensión Upside-Down Forks o invertida en la parte delantera a estas dos variantes. Es la características que más ansían los usuarios de motocicletas que tienen espíritu de piloto, algo que usualmente lo poseen referencias de precios altos.

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Además, incorpora una pantalla TFT a color con navegación paso a paso. Esta pantalla también permite consultar información como el estado de la batería, alertas SMS y control de la música.

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Motor

Con un motor monocilíndrico DOHC de 210 cc con refrigeración líquida, acoplado a una caja de cambios de 6 velocidades que genera 25 Hp y ​​20,4 Nm de torque. Claramente es una maquina rápida para su segmento. Si a eso evaluamos el peso de en 163,5 kg, podemos vaticinar que debería ser una delicia para comer curvas.

Nos mantenemos muy atentos a la información que nos brinde HMCL Colombia, hay una gran expectativa de todos los usuarios de la marca, que miran con agrado que la marca haga esfuerzos por traer a nuestro pais, maquinas novedosas y que prácticamente están disponibles en Colombia incluso en lanzamiento mundial.

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Actualidad

¿Se van de multa los motociclistas? Nueva Resolución genera pánico

En los últimos días ha crecido la preocupación entre motociclistas por cuenta de una norma del Ministerio de Transporte que, según algunas versiones, podría abrir la puerta a comparendos por usar llantas sin certificado.

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Se trata de la Resolución 20223040044455 de 2022, recientemente prorrogada, que establece el reglamento técnico para la comercialización de llantas en Colombia. La buena noticia es que, contrario a lo que muchos creen, esta norma no establece sanciones ni multa para los motociclistas, sino que va dirigida a quienes las fabrican, importan o venden.

Lo que sí hace esta resolución es sentar un precedente importante sobre la calidad mínima que deben cumplir las llantas que ruedan por las vías del país, especialmente en un contexto donde circulan productos de dudosa procedencia y sin control técnico. Y eso, aunque no implique sanciones directas al conductor, sí debe ser una señal de alerta para todos los que viven sobre dos ruedas.

¿Qué exige exactamente la resolución?

La Resolución 20223040044455, firmada por el Ministerio de Transporte, define los requisitos técnicos que deben cumplir las llantas nuevas para vehículos automotores, incluyendo motocicletas, remolques y semirremolques, que se fabriquen, ensamblen o comercialicen en Colombia.

Uno de los principales puntos es la obligatoriedad de un certificado de conformidad. Toda llanta que se comercialice debe estar respaldada por un documento que demuestre su cumplimiento con una norma técnica internacional, como la ISO 4249, aplicable a llantas de motocicletas, o por un organismo de certificación acreditado por el ONAC, el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia. De no tenerlo podría acarrear una multa

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Además, la llanta debe tener marcado, de forma permanente y legible, información como:

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  • Marca del fabricante
  • País de origen
  • Dimensiones del neumático
  • Índice de carga y código de velocidad
  • Fecha de fabricación (semana y año)
  • Designación del tipo

Estos elementos permiten garantizar la trazabilidad y confiabilidad del producto, lo cual es clave para la seguridad vial.

¿A quién pueden exigirle el certificado?

Aunque el texto de la resolución es algo ambiguo, lo cierto es que no menciona en ningún momento al motociclista como responsable de portar este “certificado de conformidad”. Las exigencias están dirigidas a fabricantes, importadores, comercializadores y, en general, a quien “resguarde” las llantas, pues ellos deben responder ante los organismos de verificación y control, como la SIC.

Lo que sí es seguro es que las autoridades no pueden exigirle al usuario final —es decir, al motociclista— que presente un certificado de conformidad por las llantas que usa. Y si llegara a ocurrir, se trataría de una interpretación errónea o abusiva de la norma.

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¿Cuándo entra en vigencia esta resolución?

La Resolución 20223040044455 fue expedida por el Ministerio de Transporte en diciembre de 2022 y, tras una tercera postergación, fue nuevamente prorrogada. Según el documento oficial emitido por la entidad, la entrada en vigencia fue aplazada hasta el 2 de septiembre de 2025.

Esto significa que a partir de esa fecha, todos los fabricantes, importadores y comercializadores de llantas en Colombia deberán garantizar que sus productos cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento técnico, incluyendo el certificado de conformidad. Hasta entonces, rige un período de transición que, aunque no implica sanciones, sí exige responsabilidad por parte de quienes siguen vendiendo llantas sin soporte técnico.

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Riesgos reales: las llantas “pajarito”

Más allá de lo jurídico, esta resolución llega en un momento crítico. Según Alejandro Rubio, director de la revista PubliMotos, hay motivos reales para estar alerta. “Este es un momento en el que hay que tener mucho cuidado. Van a salir muchas llantas malas al mercado, y eso pone en riesgo la vida del motociclista”, advirtió.

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Rubio se refiere a las conocidas “llantas pajarito”, un término coloquial que en el mundo motero identifica a las llantas de baja calidad: aquellas que, aunque parezcan nuevas, no cumplen con estándares técnicos, no tienen respaldo ni trazabilidad, y muchas veces provienen de importaciones irregulares. Con la entrada en vigor de la resolución, muchos distribuidores intentarán deshacerse rápidamente de este tipo de productos antes de que se refuercen los controles.

Estas llantas, que suelen ofrecerse a precios muy por debajo del mercado, pueden tener graves defectos estructurales, mala adherencia, desgaste irregular y un desempeño pobre en frenado, especialmente en condiciones de lluvia. El riesgo no es menor: según cifras de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, las fallas mecánicas por llantas en mal estado son una de las causas frecuentes de siniestros viales en motocicleta.

¿Qué debe hacer el motociclista si no desea una multa?

El mensaje es claro: aunque los policías o agentes de tránsito no lo pueden multar, sí es su responsabilidad como conductor cuidar su integridad y la de quienes lo rodean. La recomendación general es evitar puntos de venta informales y comprar llantas en almacenes reconocidos, que ofrezcan garantía y trazabilidad.

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Además, es importante revisar que la llanta tenga la fecha de fabricación grabada (evitando aquellas con más de tres años de antigüedad) y que incluya el resto de la información técnica exigida: medidas, código de velocidad, índice de carga y país de origen.

No se trata solo de cumplir una norma. Se trata de tener la certeza de que la única parte de tu moto que toca el suelo —la llanta— responde adecuadamente cuando más lo necesitas: al frenar, al esquivar un hueco o al tomar una curva cerrada.

Un cambio para el mercado, multa para el bolsillo del motero

Con esta resolución, el Ministerio de Transporte busca elevar el estándar del mercado colombiano en materia de seguridad vial, sin trasladar directamente la carga a los conductores. El foco está en la cadena de suministro, que deberá ajustarse a las nuevas reglas del juego.

Eso no significa que el motociclista deba despreocuparse. Por el contrario, ahora más que nunca debe tener criterio al momento de elegir dónde y qué tipo de llantas pone en su moto. Al final, una buena elección puede ser la diferencia entre un susto, una tragedia o una multa.

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