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Fotomultas en Bogotá: todo lo que usted debe de saber
En los últimos años, las cámaras de fotomulta se han convertido en uno de los mecanismos más visibles (y polémicos) para controlar la seguridad vial en Bogotá.

herramientas vitales para reducir la siniestralidad. Por otro, muchos ciudadanos las perciben como instrumentos principalmente recaudatorios.
Desde su implementación, las cámaras han evolucionado no solo en tecnología, sino también en el marco legal que regula su funcionamiento. Actualmente, forman parte de una estrategia de seguridad vial que busca salvar vidas en puntos críticos de la ciudad.
Este artículo reúne toda la información relevante sobre las fotomultas en Bogotá en 2024 y 2025. Desde su creación legal y la administración que las implementó, hasta datos actualizados sobre las cámaras más activas. También abarca normas de señalización, requisitos técnicos y procesos de calibración.

Origen legal y política en Bogotá sobre las fotomultas
En Bogotá, las cámaras salvavidas empezaron a consolidarse como política pública durante la administración de Enrique Peñalosa (2016-2019), cuando se impulsó el plan Visión Cero. Este programa buscaba reducir a cero el número de muertes por siniestros viales. Fue el punto de partida para la instalación de los primeros dispositivos de fotodetección bajo el enfoque de salvar vidas, no solo de imponer comparendos.

El primer paso normativo que les dio sustento legal fue la Ley 1843 de 2017, que regula la instalación y operación de sistemas automáticos o semi-automáticos para la detección de infracciones. Posteriormente, el Decreto 813 de 2017 en Bogotá estableció directrices específicas, fijando límites de velocidad y condiciones para la instalación de estos equipos.
En octubre de 2019, la Secretaría Distrital de Movilidad anunció formalmente la puesta en marcha de las cámaras salvavidas. Se priorizó su instalación en corredores con alta siniestralidad como la Autopista Norte, Avenida Boyacá, Calle 26 y Avenida Suba.
Cámara que más fotomultas registra en Bogotá
Para los años 2024 y 2025, la cámara más activa de Bogotá se encuentra sobre la Autopista Norte con Calle 102, una de las vías con mayor flujo vehicular. Hay frecuentes episodios de exceso de velocidad. De acuerdo con reportes de la Secretaría Distrital de Movilidad, este dispositivo ha capturado 52.849 comparendos en 2024, principalmente por la infracción C29 (exceso de velocidad).
El valor de esta multa para 2024 fue de aproximadamente $622.500 (15 SMDLV). Para el año anterior, si esos comparendos fueran multa, posiblemente recaudaron en total más o menos 34 mil 143 millones 502 mil 500 pesos colombianos. Con el incremento del salario mínimo en 2025, asciende a alrededor de $650.000 la multa de este que aún es ambiguo el total.
Pero ojo, muchas personas de aceptar el comparendo, hicieron curso y les queda con el 50% de descuento. En ese orden de ideas, la multa queda en $311.250 pesos. Sumarían esos 52.849 comparendos una probable cifra de dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y tres millones ciento noventa y ocho mil setecientos cincuenta pesos colombianos.
Lo extraño en estos temas es que no se sabe que rumbo coge ese dinero, no hay una entrega de cuentas públicas para saber hacia donde se van esos montos. Uno como usuario esperaría que ese dinero se fuera para mejoramiento de las vías y, por otro lado, en educación vial. Pareciera que les conviene que la malla vial esté en esas pésimas condiciones y que la gente no se forme y conduzca con responsabilidad.
Además del exceso de velocidad, las cámaras en Bogotá detectan infracciones como:
- Circular durante pico y placa (C14)
- Pasar semáforos en rojo
- No portar documentos obligatorios como SOAT o revisión técnico-mecánica

A marzo de 2025, Bogotá cuenta con 157 cámaras activas. Esto la convierte en la ciudad con mayor número de dispositivos de este tipo en Colombia. Incluso, está en proceso de implementar nuevas tecnologías que permitan detectar otras conductas peligrosas, como el uso del celular mientras se conduce.
Top 10 de cámaras que más fotomultas toma en Bogotá
Según cifras del concejal Julián Forero:
1. Autopista Norte – Calle 102: 52.849
2. Av. Ciudad de Cali – Calle 15A: 43.369
3. Autopista Norte – Calle 183A: 41.693
4. Autopista Norte – Calle 95: 39.924
5. Av. Villavicencio – Cra 28: 37.932
6. Av. NQS – Calle 22: 33.956

7. Av. Boyacá – Calle 63D: 30.388
8. Av. Boyacá – Calle 168: 28.615
9. Av. Boyacá – Calle 167: 18.502
10. Autopista Norte – Calle 109: 17.187
Normas sobre señalización de cámaras
Uno de los requisitos fundamentales para la legalidad de las fotomultas en Bogotá es la señalización previa. Según lo dispuesto en la Ley 1843 de 2017 y la Resolución 20203040011245 de 2020 del Ministerio de Transporte, todas las cámaras deben estar correctamente señalizadas de la siguiente manera:
- La presencia de la cámara debe anunciarse al menos 500 metros antes de su ubicación.
- Las señales deben ser visibles, legibles y estar colocadas en lugares estratégicos.
- Debe haber claridad sobre el tipo de infracción que se controla (ej.: velocidad máxima permitida).

Esto busca evitar que las cámaras se conviertan en “cazainfractores” y asegura que el objetivo real sea prevenir accidentes y salvar vidas.
Registro y vigencia ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial
Todas las cámaras instaladas en Bogotá deben estar registradas y contar con autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). La ANSV mantiene un listado público de dispositivos autorizados, en el cual figuran las cámaras, su ubicación exacta y su vigencia.
En enero de 2025, la ANSV informó que 146 cámaras en Bogotá y otras regiones estaban en proceso de renovación de permisos. Si estas cámaras no cumplen con los requisitos técnicos y jurídicos exigidos, podrían quedar fuera de operación. Sin autorización oficial, sus registros no pueden utilizarse para imponer comparendos.

Calibración y requisitos técnicos
Otro requisito clave para la legalidad de las fotomultas es la calibración de los dispositivos. La misma Resolución 20203040011245 de 2020 establece que:
- Los sistemas de fotodetección deben ser calibrados y certificados periódicamente.
- Las calibraciones deben estar a cargo de laboratorios acreditados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC).
- Esta verificación garantiza que las mediciones (como la velocidad) sean precisas y las imágenes capturadas sean claras y válidas como prueba.
Sin estas certificaciones, los comparendos podrían ser anulados si un ciudadano los impugna, pues la ley exige que la tecnología utilizada sea confiable y esté técnicamente validada.

Estado actual en 2025
Para el año 2025, Bogotá se encuentra en una fase de modernización tecnológica de sus cámaras salvavidas. En marzo, la Secretaría de Movilidad inició pruebas piloto de nuevas tecnologías para ampliar el espectro de infracciones detectadas. Estas incluyen comportamientos como manipular el celular mientras se conduce. Durante esta etapa, no se están imponiendo comparendos, pero se espera que las sanciones empiecen nuevamente en el segundo semestre del año.

Mientras tanto, las cámaras existentes continúan operando, especialmente en corredores críticos como la Autopista Norte, la Avenida Boyacá y la Calle 26. Están generando miles de comparendos mensuales, principalmente por exceso de velocidad y violación del pico y placa.
Finalmente, las cámaras salvavidas en Bogotá son, sin duda, uno de los pilares de la estrategia de seguridad vial de la ciudad. Aunque siguen siendo objeto de controversia, especialmente por el volumen de comparendos que generan, su propósito oficial es salvar vidas reduciendo la siniestralidad en los corredores más peligrosos. Para 2025, Bogotá avanza hacia sistemas más modernos y transparentes. Mantiene activa la red de dispositivos que vigilan día y noche el comportamiento de los conductores capitalinos.
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