Nacional
La revisión técnico-mecánica se implementará de manera virtual
El Ministerio de Transporte estableció el nuevo Formato Uniforme de Resultados, además que la entrega del Certificado de Revisión Técnico-mecánica se hará de manera virtual.

El Ministerio de Transporte, mediante resolución la 20203040003625 del pasado 21 de mayo, estableció el nuevo Formato Uniforme de Resultados-FUR (un documento que registrará la información del vehículo y el propietario), además se establece que la entrega del Certificado de Revisión Técnico-mecánica y de emisiones contaminantes se implementará de manera virtual.
Los Centros de Diagnóstico Automotor deberán implementar el nuevo Formato Uniforme de Resultados-FUR.
Una vez realizada la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes por parte del Centro de Diagnóstico Automotor, éste expedirá copia del Formato Uniforme de Resultados-FUR al propietario del vehículo automotor, el cual podrá ser entregado de manera digital a través del correo electrónico certificado, informado por el solicitante o al inscrito ante en el Registro Único Nacional de Tránsito o en medio físico, según lo indique el solicitante; sin embargo, hasta tanto no se cuente con el desarrollo tecnológico que permita que el Sistema del Registro Único Nacional de Tránsito entregue al solicitante el FUR de manera virtual, el CDA deberá entregarlo en medio físico. Es de suma importancia aclarar que bajo ninguna circunstancia el Formato Uniforme de Resultados, podrá ser diligenciado de manera manual.
Los Centros de Diagnóstico Automotor están en la responsabilidad de entregar al propietario del vehículo/moto, el correspondiente Formato Uniforme de Resultados, sin importar que el vehículo haya sido aprobado o rechazado.
En la misma resolución quedó establecido que los CDA deben remitir la información del Formato Uniforme de Resultados a las autoridades competentes dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes. El Formato Uniforme de Resultados- FUR recoge la información general del vehículo automotor, de su propietario, poseedor o tenedor y el resultado de las pruebas y la inspección visual realizada dentro del proceso de la técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.
Bajo ninguna circunstancia el FUR podrá ser diligenciado manualmente.
El vehículo automotor que habiendo sido sometido a la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes y cuyo resultado sea reprobado, el propietario contará con el término de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de su reprobación, para efectuar las reparaciones pertinentes y subsanar los aspectos defectuosos, y así proceder a presentarlo al mismo Centro de Diagnóstico Automotor – CDA para su revisión sin costo alguno por una única vez. Vencido este plazo o no habiendo aprobado la segunda revisión, el vehículo deberá someterse nuevamente al proceso de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes en cualquier Centro de Diagnóstico Automotor – CDA, asumiendo el costo correspondiente.
Descargar resolución:
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