Conéctate con nosotros

Nacional

Multas a los dueños de Motos Eléctricas, ¿y ahora?

No Hay CDAs para obtener el certificado de la revisión tecnomecánica.

Publicado

en

Multas-a-los-duenos-de-Motos-Electricas-y-ahora

Mucho se ha  dicho acerca de la obligación de mantener el vehículo en excelente estado técnico mecánico, y de la necesidad de acreditar esto ante los Centros de Diagnóstico Automotriz, regulación que se ha extendido a todo automotor, sin importar el número de ruedas o dimensiones.

Obedeciendo a este principio, es natural que todas la motocicletas, incluyendo aquellas cuya motorización sea eléctrica o híbrida, sean cobijadas bajo la norma, específicamente en la resolución 6589 de 2019 del Ministerio de Transporte; documento que dio las directrices y afirmó que los CDA “Clase A” tienen la capacidad de evaluar “motocicletas, motociclos, ciclomotor equipados con motor 4 tiempos, 2 tiempos, eléctricos e híbridos” determinando así la obligación de los dos últimos, en contar con una certificación técnico mecánica, en los términos previstos por la ley: el primer diagnóstico dos años después de la fecha de matrícula, a partir de allí, cada año.

El no contar con el certificado acarrea una sanción de 15 SMDLV, lo que en el 2021, se traducirá en $ 454.263 según el art 131 del CNT, además el vehículo será inmovilizado.

Es en este punto donde está el meollo del asunto, pues existe la norma que exige la revisión periódica: Art 51 de la ley 769 del 2002 “… Todos los vehículos automotores, deben someterse a revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes…” sin discriminación alguna, por otro lado, desde hace un año se dejó en claro las normas técnicas a evaluar en las motocicletas eléctricas y hasta Auteco Mobility ha capacitado personal para atender estas necesidades. Sin embargo, al llamar a los CDAs, ninguno ha contestado afirmativamente a la pregunta ¿tiene servicio para motos eléctricas?

Esta es la duda que tienen todos los héroes, que independientemente del precio, capacidad de las baterías u autonomía, decidieron adquirir un vehículo 0 emisiones para preservar el planeta, en un país donde las regulaciones medioambientales (Euro 3) son antiguas.

Esteban Gonzáles Romero, dueño de una Starker Trotter, nos comentó “mi moto matriculada hace 2 años, la llevé a 6 CDAs y ninguno tiene el software para hacer la revisión, es más, algunos ni conocían el decreto que obliga a tener el certificado a las eléctricas”.

Con la comunicación anterior, nos dispusimos a llamar a la Asociación de CDAs (ASO.CDA) y la respuesta fue, “ninguno de nuestros miembros asociados cuentan con la acreditación para revisar motocicletas eléctricas” por lo mismo, nos sugirieron consultar al Organismo de Acreditación Nacional (ONAC); allí, en el directorio de acreditación, nos dimos cuenta de que solo hay 3 centros de diagnósticos autorizados en Colombia para recibir motos eléctricas, todos ubicados en el Valle de Aburra.

¿Dónde sacar la revisión tecnomecánica de mi moto eléctrica?

Pudimos comunicarnos con Omar Bravo, director de CDA Car Center International (CDA acreditado), quien nos confirmó que cualquier motocicleta cuya potencia nominal sea mayor de 4 Kwh, debe sí o sí, contar con el certificado de revisión dos años después de la matrícula, tal y como establece la norma, para aquellos vehículos con menor potencia como motociclos encontrarán aún más dificultades, pues no hay organismos autorizados.

Entonces la respuesta a ¿me puede multar la policía por no tener la revisión en mi moto eléctrica?, es simplemente: sí.

Aquí es donde el estado les metió el gol a los dueños de motos eléctricas, pues legisló y obligó a los usuarios a mantener los documentos al día, pero no evalúo la infraestructura necesaria para operar. Lo que deja como resultado, que todas las personas como Esteban Gonzáles deban desplazarse a otros lugares del país para tener un certificado, en una moto no diseñada para estos trayectos.

Estaremos pendientes del derecho de petición presentado por Esteban ante el Ministerio de Transporte, pues él no debería viajar para cumplir con la reglamentación, y menos aún, pagar lo mismo que una moto de combustión, pues como nos explicó Omar Bravo, el Ministerio de Transporte no ha fijado tasas preferenciales para motos eléctricas, es decir, estará obligado a pagar los 141.700 más la tasa de la ANSV.

Tendencias