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Normatividad

Convocatoria a la ´Marcha de los Indignados´

¡Los motociclistas exigimos respuestas!

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¡Los motociclistas exigimos respuestas!

Ante la presión por parte del gobierno nacional y diversos gobiernos locales, y ante la cantidad de medidas que se planean realizar para impedir el uso de la motocicleta, los moteros y motociclistas del país nos sentimos no solamente indignados, también perseguidos por las entidades y autoridades, las que, en cabeza de sus respectivos directivos y superiores, elaboran discursos y pronunciamientos ante la opinión pública que retratan a usuario y vehículo como la imagen viva de un enemigo del Estado y de la ciudadanía en general, con la complicidad de medios de comunicación, que sesgados por sus raíces económicas, aprovechan su cobertura e influencias poderosas para cerrar exitosamente la estrategia de estigmatizar al colombiano de bien que se desplaza legítimamente sobre dos ruedas motorizadas.

¡Los motociclistas exigimos respuestas!

Ante la presión por parte del gobierno nacional y diversos gobiernos locales, y ante la cantidad de medidas que se planean realizar para impedir el uso de la motocicleta, los moteros y motociclistas del país nos sentimos no solamente indignados, también perseguidos por las entidades y autoridades, las que, en cabeza de sus respectivos directivos y superiores, elaboran discursos y pronunciamientos ante la opinión pública que retratan a usuario y vehículo como la imagen viva de un enemigo del Estado y de la ciudadanía en general, con la complicidad de medios de comunicación, que sesgados por sus raíces económicas, aprovechan su cobertura e influencias poderosas para cerrar exitosamente la estrategia de estigmatizar al colombiano de bien que se desplaza legítimamente sobre dos ruedas motorizadas.

En el fondo del asunto, la absurda intención de obligar al colombiano motociclista a dejar su vehículo para sumarse a los maltratados y ofendidos en los sistemas de transporte público masivo, medios de transporte que no garantizan estándares básicos de calidad de vida para los ciudadanos que deben emplearlos para movilizarse dentro de las ciudades. ¿Cuál es la estratagema para lograr este cometido? Asfixiar gradualmente al usuario de la moto. Paulatinamente han venido aumentando los costos de los servicios y obligaciones legales relacionados con el mantenimiento y circulación de la motocicleta. Primero fue la revisión tecnomecánica. Luego, los cursos de conducción y licencias. Recientemente, el alza desproporcionada del SOAT.  Ahora, se avecinan impuestos y peajes. Y, si logran esto, dirán entonces, en algún momento, que es necesarios controlar también cuántas motos pueden ingresar al país, cuántas se pueden vender, cuántas podemos comprar.

Así las cosas, no queda camino diferente que hacer uso del derecho legítimo a la protesta pacífica. Nos hemos unido con varios gremios de motociclistas para declarar públicamente nuestro inconformismo, por medio de una marcha pacífica. No es nuestro interés afectar la movilidad ni bloquear las ciudades. Por el contrario, queremos demostrar a la ciudadanía en general que nosotros, los moteros y motociclistas, no somos el enemigo de ninguno. Que nosotros somos, al igual que todos, seres humanos, con la diferencia que logramos cubrir nuestras necesidades de ingresos monetarios para nuestras familias gracias al uso de la motocicleta. Que el uso de nuestro vehículo no es un problema social, sino una solución laboral y de movilidad. Buscamos con esta marcha, un espacio abierto con el fin de lograr los diálogos necesarios y obtener respuestas claras, de parte y parte, para la toma de decisiones en consenso. 

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LA MARCHA DE LOS INDIGNADOS

Fecha: Sábado 20 de enero.

Hora: 10:00am

Ciudad: Bogotá

Punto de encuentro: Biblioteca Virgilio Barco. Luego nos desplazaremos por la Avenida El Dorado hacia el centro de la ciudad para llegar a la Plaza de Bolívar.

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Objetivo: Manifestación pacífica de motociclistas en Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga, Valledupar, Cúcuta, Cartagena, Ibagué y Palmira. Para hacer conocer ante la opinión pública y las autoridades nacionales, nuestro malestar y descontento por las medidas que afectan directamente el bolsillo de los motociclistas, sus familias y su entorno:

  • Tarifas del SOAT y la Revisión Técnico Mecánica
  • Controles excesivos por parte de las autoridades
  • Pésimo estado de la infraestructura vial
  • Vencer la indiferencia en el gremio y la de los demás
  • Educación vial
  • Excesivas restricciones a los motociclistas a nivel nacional
  • Excesivas tarifas en parqueaderos
  • Excesivas tarifas en combustibles
  • Rendición de cuentas de los dineros que se recaudan por concepto de comparendos
  • Peajes para motocicletas

Recomendaciones generales

  • Cada motociclista que se una a la manifestación, declara su compromiso de hacer el recorrido de manera segura y pacífica, con respeto hacia la ciudadanía, las autoridades y los demás participantes.

  • Se prevé la asistencia masiva de público en apoyo a este movimiento, sin que sean necesariamente motociclistas, que se identifican con los temas y sienten vulnerados sus derechos. La manifestación pacífica se realizará de manera en que afecte en el menor grado posible la movilidad en las respectivas ciudades, en especial, en el Distrito Capital.

  • Se recomienda a todos los asistentes el uso de camiseta blanca. Esto, como gesto pacifista y evitar divisiones ideológicas en símbolo de unión.

  • La intensión de la manifestación se aleja completamente de aspiraciones políticas o figuración por parte de cualquiera de los convocantes o participantes. Se rechazará a todo aquel que intente usarla como trampolín político. Se recomienda que cada motociclista evite llevar maletas, morrales; incluso, el baúl de su moto. Se tendrán redes de comunicación interna con las autoridades para la coordinación y acción de contingencia en caso de requerirse.

  • Marchamos por nuestros derechos, el descontento y afectaciones a nuestra economía por los altos costos en los requisitos para movernos en motocicleta, además de las nuevas recomendaciones con más impuestos que propone la agencia nacional de seguridad vial. Esta no será una manifestación que vaya en contra de nosotros mismos, ni que deteriore más nuestra imagen ante la ciudadanía. Marcharemos pacíficamente. Cada uno está invitado a asegurar que así sea.

 

CONTACTOS MARCHA DE LOS INDIGNADOS 20 ENERO 


Bogotá: Miguel Forero 3208461418
Medellín: Carlos Cano 3214254684
Cali: Julian Rojas 3014204487
Bucaramanga: Harry Diaz 3138292325
Cartagena: Alaín Ramírez 3126598551
Valledupar: Leonardo Gómez 3008053377

¡Todos a marchar el 20 de enero!

https://www.facebook.com/revistapublimotos/videos/1688880904489148/

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MAS INFORMACIÓN

https://publimotos.com/index.php/noticia/normatividad/1942-convocatoria-a-la-marcha-de-los-indignados

MIRA TAMBIÉN ESTE DIRECTO SOBRE EL SOAT

https://www.facebook.com/revistapublimotos/videos/1688004961243409/

Evento en Facebook

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Normatividad

¡Para los PATIOS! ¿Mal estado de su PLACA? ¿Qué pasa si es así?

Evite tener inmovilizaciones, multas, comparendos, de todo. Cumpla a cabalidad lo que le vamos a destacar en este artículo para que no le tome por sorpresa un suceso. En Colombia, muchos pecan por no conocer lo que pasa en el país en temas de normatividad. Pasa esto, lean.

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Es primordial que usted comprenda que las PLACAS son la identificación que el Ministerio de Transporte le destina a un automotor dentro del país. Es este organismo el que se encarga de asignar las series, los rangos y aquellos códigos de verificación que son destinados a cada vehículo que es matriculado en Colombia.

Y que no les pase como se suele ver en “algunos” vehículos que tienen placa solo en la parte frontal y olvidan la posterior; ojo, no en todos los casos pero se suele ver, esto comprende un papel fundamental, es un identificador que cumple la función de “cédula” vehicular tantos para autos como para motocicletas, debe tenerla en la parte delantera como trasera (para vehículos), no es para llevarla en el vidrio panorámico u otros espacios que no están permitidos.

Según el Código Nacional de Tránsito (CNT) no portarlas, llevarlas en mal estado, alterarlas u obstruir con algún elemento su visibilidad, podría ocasionar que el carro sea inmovilizado y el propietario multado.

Lea también: ¡Qué no rueden las motocicletas! | En Jamundí, Valle del Cauca, se restringirá su circulación

Adicionalmente, si la placa se encuentra en estado de deterioro o pierde su legibilidad por el pasar de los años o del uso, no debe retocarlas, está prohibido, nada de repintarla o modificarla con el fin de mejorarla, no, está mal ese procedimiento y le puede acarrear mayores problemas. Lo que usted debe hacer es solicitar un duplicado ante el Servicio Integral para la Movilidad (SIM) para hacer el cambio por una nueva y de buen estado. Al igual que gestionar el trámite en caso de pérdida, destrucción o hurto.

Si se trata de duplicado de placas de vehículos de servicio diplomático, la solicitud debe hacerse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Hay algo aún más delicado, si le llegan a inmovilizar su vehículo se complica la situación, ya que “en los casos en que la placa se encuentre borrada, retocada o dañada, el propietario deberá presentar, para la entrega de su vehículo inmovilizado, la nueva placa, para lo cual deberá surtir el trámite para adquirirla y pagar su costo”, puntualizó el titular de la Secretaría de Tránsito. Esto quiere decir que serán más gastos de días en patios, contando grúa y comparendo. Saque cuentas.

¿Cuánto vale sacar una nueva placa?

En Bogotá les brindamos los siguientes precios, busque en su ciudad el precio actualizado.

– Carro: 2 placas $245.800 / Carro, Remolques y Semirremolques.

– Carro: 1 placa $148.200

– Motocicleta: $92.900

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¿Qué documentos necesito presentar?

1. Presentar el documento de identidad original. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía o contraseña*. Para menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente.

2. Formulario de solicitud de trámite diligenciado. (Descargue aquí el formulario)

3. SOAT vigente incorporado en el RUNT.

4. Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

5. Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).

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6. En el caso de persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.

7. Cuando el/los trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión, deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.

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Normatividad

Cuando una norma aumentó la cantidad de siniestros y solo sirvió para multar

Los errores que se cometieron con la prohibición de transitar por el carril central con acompañante en Bogotá.

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A tener en cuenta:

Fragmento del análisis de la siniestralidad del decreto 331 de septiembre del 2021, que derogó la prohibición de transitar con acompañante en moto dentro de la calzada central (art 2 decreto 035 del 2009)

 … A nivel de víctimas graves, se cuenta con 534 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas centrales (motociclistas + acompañantes), y 638 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas laterales (motociclistas + acompañantes), es decir un 19 % más de víctimas de gravedad en las calzadas laterales, a nivel general para el período 2015 a 2020, lo anterior equivale al 3% del total de motociclistas y acompañantes víctimas lesionadas o fallecidos en toda la ciudad.

En adición, en calzadas laterales se presentaron 68 siniestros graves adicionales a los presentados en las calzadas centrales (332 casos comparados con 264 casos). Que, para el caso de los usuarios de motocicleta (motociclistas +acompañante) fallecidos, durante los últimos seis años, una de las interacciones más significativas es con los vehículos pesados sea de carga o buses, que corresponden a 43,3% de las fatalidades de usuarios de motocicleta entre 2015 y 2020, para el caso de lesionados corresponde el 13%. Estos últimos, solo pueden circular por la calzada lateral. Que, al revisar las hipótesis de siniestralidad, con base en los 1PATs (Informe Policial de Accidentes de Tránsito) del periodo entre el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2020, no se evidencia diferencias sustanciales que sugieran la aplicación de una regulación diferenciada entre calzadas, como es la restricción de motociclistas con acompañantes en las vías con calzadas centrales.

¿Qué opina, las alcaldías deben hacerse responsables por el aumento de muertes de motociclistas por la implementación de esta norma?

Texto completo aquí

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Normatividad

¿Se pueden usar luces exploradoras en motocicletas?

Entendemos que en muchas ocasiones diversas motos carecen de una iluminación óptima, por eso uno de los consejos más cotidianos es incluir las conocidas exploradoras.

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Casualmente estamos acostumbrados a ver pilotos que incorporan este tipo de luces en sus máquinas, es una práctica muy reconocida. Asimismo ya hay motos que las traen por defecto de fábrica, pero antes de ponerlas en uso debemos conocer las consecuencias, riesgos y normativas a las que estamos ligados para poder tener un correcto uso.

En este apartado nos enfatizaremos en el Artículo 86 de las luces exteriores del Código Nacional de Tránsito Terrestre; en principio, el artículo aclara que todo vehículo debe tener las lámparas exteriores iluminando desde las 6:00 pm hasta las 6:00 am del día siguiente, (cabe aclarar que los motociclistas deberán llevar las luces encendidas las 24 horas del día) para así evitar altercados con la Policía y también brindar más seguridad, ya que son necesarias para dar mayor visibilidad de presencia en los conductores de otros vehículos, esto más que todo en situaciones de contra luz.

Es necesario tener en cuenta que dentro del perímetro urbano (ciudad), se usarán las luces medias, además se pueden utilizar exploradoras siempre y cuando estén iluminando hacia la vía (en dirección al piso), además se declara que deberán ir única y exclusivamente debajo de las defensas de la moto; como hay un vacío en la norma, se entiende que es una referencia de ubicación, ya que no todas las motocicletas incorporan este tipo de accesorio, lo que sí es necesario es tenerlas en la altura adecuada.

La norma define que también se les puede dar uso si están integradas por el fabricante en las luces frontales del vehículo. Se aclara que fuera del perímetro urbano, en este caso en la carretera, se podrán usar luces plenas o altas, en cuestión de las últimas se hace la excepción cuando un vehículo se aproxime en sentido contrario, para así evitar encandelillar a otros actores viales y causar accidentes.

En el escrito oficial se aclara que en carretera se utilizarán luces plenas y altas; por otra parte, también se define que ningún vehículo podrá utilizar luces exploradoras en la parte posterior, en el caso de las motos más arriba del límite de las defensas (como ya se había aclarado). En otro orden de ideas, la resolución 004016 del 5 de septiembre de 2006 resuelve que “Las luces medias exteriores podrán remplazarse por luces exploradoras ubicadas en la parte frontal del vehículo y en ningún caso se podrán suplir por otro tipo de luces tales como cocuyos”.

A continuación, se cita el artículo original del Código Nacional de Tránsito Terrestre.

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“Artículo 86. De las luces exteriores. Todo vehículo automotor deberá tener encendidas las luces exteriores a partir de las dieciocho (18) horas hasta las seis (6) horas del día siguiente, y cuando las condiciones de visibilidad sean adversas. Sin embargo, las autoridades de tránsito podrán fijar horarios de excepción. Dentro del perímetro urbano se usará la luz media, y se podrá hacer uso de luces exploradoras orientados sólo hacia la superficie de la vía, cuando estas estén colocadas por debajo de las defensas del vehículo o cuando se trate de unidades integradas por el fabricante en el conjunto de luces frontales del vehículo. Fuera del perímetro urbano podrá usarse la luz plena o alta, excepto cuando se aproxime un vehículo en sentido contrario o cuando la autoridad lo indique mediante la señal de tránsito correspondiente, o cuando la luz plena alcance un vehículo que transite adelante y pueda perturbar su conducción. [Parágrafo. Ningún vehículo podrá portar luces exploradoras en la parte posterior]”.

Debido a las normativas y explicación del uso adecuado de las luces exploradoras ¿las instalarías en tu moto?

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