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Normatividad

El Fondo de Prevención Vial presentó cifras de accidentalidad vial al cierre de 2012

De balance agridulce podría calificarse el comportamiento de la seguridad vial en 2012 en el país.

O por lo menos eso es lo que revelan las cifras de mortalidad vial que reveló la Corporación Fondo de Prevención Vial (CFPV): con base en cifras preliminares del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses al cierre de 2012 hubo 5.693 muertes siniestros de tránsito en Colombia, un incremento de 165 casos con respecto a 2011. Las motos presentan un 44% en accidentes fatales.

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De balance agridulce podría calificarse el comportamiento de la seguridad vial en 2012 en el país. O por lo menos eso es lo que revelan las cifras de mortalidad vial que reveló la Corporación Fondo de Prevención Vial (CFPV): con base en cifras preliminares del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses al cierre de 2012 hubo 5.693 muertes siniestros de tránsito en Colombia, un incremento de 165 casos con respecto a 2011. Entre los datos que arroja el balance de la Corporación Fondo de Prevención Vial se destacan:

La mayoría de las muertes ocurrió en zonas urbanas con el 64.1%.

El 44% de los fallecidos viajaron en moto. El 35% de los peatones muertos fueron atropellados por motos.

El 13% de los fallecidos que viajaban en moto, chocaron moto con moto.

Las muertes de ciclistas se redujeron un 15%.

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En el 28% de los municipios se incrementaron las fatalidades. En 27% no hubo muertes y en el 26% disminuyeron las cifras por incidentes de tránsito.

Una de cada cuatro víctimas murió un domingo y 9 de los 10 días más letales del año fueron domingo e incluyeron el Año Nuevo, el Día de la Madre y el Día del Padre.

La mortalidad en sábados se redujo un 12%, lo que evidencia la eficacia de fortalecer los controles en días críticos.

La tasa de muertos por cada 10 mil vehículos se redujo a 6,8. o Las fatalidades en transporte público de pasajeros se redujeron 33%. “Lamentamos profundamente la muerte de cada una de las personas que fallecieron por causa de siniestros viales en Colombia. Especialmente nos duelen estas tragedias humanas porque sabemos que cada muerte en choques de tránsito es prevenible, si se hace un trabajo integral que contemple todas las causas de esta problemática”, dijo Alexandra Rojas Lopera directora ejecutiva de la Corporación Fondo de Prevención Vial. En todo caso, de acuerdo con los análisis de la Corporación Fondo de Prevención Vial, el panorama no es del todo amargo: aunque el número absoluto de muertos por esta causa aumentó, la relación de mortalidad con respecto al tamaño del parque automotor disminuyó, tal y como ha venido sucediendo consistentemente desde hace dos décadas, cuando empezó a funcionar la entidad.

Según las proyecciones de la CFPV, en 2012 la tasa de mortalidad fue de 6,8 fallecidos por cada 10.000 vehículos, mientras que en 2011, esa misma relación era de 7,2 por cada 10.000 vehículos. La importancia de este indicador es que mide la mayor exposición al riesgo que implica una mayor motorización.

En palabras de Rojas Lopera: “Si se va más lejos y se revisan las estadísticas de 1995 la tasa de ese año fue de más de 35 muertes por 10.000 vehículos, lo que demuestra que en el mediano plazo el avance ha sido monumental. No desconocemos la gravedad de cada víctima, pero no queremos que los árboles nos tapen el bosque: hay avances y eso indica que si se redoblan esfuerzos y se trabaja en todas las causas de la accidentalidad vial, podremos seguir salvando más vidas en la vía”.

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Así mismo, señaló la directora Ejecutiva de la CFPV: “gracias a diversas prácticas de prevención vial que incluyen trabajos de pedagogía y control, hoy queremos resaltar que en las ciudades de Bogotá, Medellín, Ibagué, Neiva, Palmira, Santa Marta, Popayán, Barrancabermeja, Montería y Bello hubo una reducción en las cifras preliminares de mortalidad en accidentes de tránsito, lo que nos muestra que si trabajamos de manera corresponsable y comprometida, juntos lograremos evitar más muertes por esta causa en Colombia”.

Los motociclistas y peatones continúan siendo las principales víctimas en accidentes de tránsito en nuestro país. Según las cifras el total de muertes para estos usuarios de las vías fue de 2.252 y 1.548 respectivamente. Según el reporte, la mayoría de las muertes ocurrió en zonas urbanas con el 64,1%, de modo que el restante 35,9% se presentó en áreas rurales.

 

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Normatividad

¡Pilas! Estas son las motos que no pueden circular en el país  

Les contamos cuáles son las motos que, por una norma, no pueden transitar por el territorio nacional. ¿Lo sabía?

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Tenga mucho cuidado si le gusta conducir por las carreteras del país, pues hay cierto tipo de motos que poseen cierta restricción para movilizarse.

Actualmente las autoridades de tránsito han tomado cartas en el asunto acerca de las normas que se debe tener en cuenta a la norma de manejar un vehículo. Se han vuelto más estrictos.

En Colombia, por ejemplo, hay una norma que deben cumplir todas las motos que actualmente transitan por el territorio nacional. Se trata del Euro 3.

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¿Qué motos no pueden circular en carretera?

Según el Ministerio de Ambiente, la Ley 1972 estableció que desde enero de 2021 cualquier vehículo de dos ruedas cuyo conductor desee circular por territorio colombiano deberá cumplir una homologación que lo certifique con el estándar Euro 3 de emisiones.

Adicionalmente, para 2030 se prevé que todas las motos que estén circulando en Colombia cumplan dicha normatividad Euro.

La normativa Euro 3 establece una fecha límite para la circulación de motos antiguas que no cumplan con los estándares de esta normativa. Para el año 2030, todas las motocicletas que circulen en Colombia deberán ser Euro 3 o superiores.

¿Qué son las normas Euro y cómo surgieron?

La normativa europea Euro es un conjunto de requisitos que regulan los límites aceptables para las emisiones de gases de combustión de los vehículos nuevos y partió de la Directiva 1999/94/CE del Parlamento Europeo y el Consejo De La Unión Europea, emitida desde el 13 de diciembre de 1999, esto como resultado del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Con lo cual se busca trabajar mancomunadamente para reducir las emisiones de una serie de gases de efecto invernadero, sobre todo el CO2 y consumo de combustible. En estas normas, no se obliga a los fabricantes a emplear una tecnología en concreto para limitar el consumo de combustible y las emisiones de gases contaminantes, estimulando de paso el desarrollo de nuevas tecnologías.

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Veamos ¿qué es la norma Euro 3 para motos en Colombia?

Es importante que tengamos presente que esta normativa se dejó de emplear en Europa desde el 2005. En resumen, podríamos decir que esta norma establece los siguientes límites para motocicletas:

  • Emisiones de CO (monóxido de carbono) = 2,0 g/km
  • Emisiones de hidrocarburos (HC) = 0,8 g/km
  • Emisiones de óxido nitroso (NOx) = 0,15 g/km

De esta manera, las motos que no cumplan con el Euro 3 no podrán circular por las calles o carreteras del país.

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Normatividad

¡Para los PATIOS! ¿Mal estado de su PLACA? ¿Qué pasa si es así?

Evite tener inmovilizaciones, multas, comparendos, de todo. Cumpla a cabalidad lo que le vamos a destacar en este artículo para que no le tome por sorpresa un suceso. En Colombia, muchos pecan por no conocer lo que pasa en el país en temas de normatividad. Pasa esto, lean.

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Es primordial que usted comprenda que las PLACAS son la identificación que el Ministerio de Transporte le destina a un automotor dentro del país. Es este organismo el que se encarga de asignar las series, los rangos y aquellos códigos de verificación que son destinados a cada vehículo que es matriculado en Colombia.

Y que no les pase como se suele ver en “algunos” vehículos que tienen placa solo en la parte frontal y olvidan la posterior; ojo, no en todos los casos pero se suele ver, esto comprende un papel fundamental, es un identificador que cumple la función de “cédula” vehicular tantos para autos como para motocicletas, debe tenerla en la parte delantera como trasera (para vehículos), no es para llevarla en el vidrio panorámico u otros espacios que no están permitidos.

Según el Código Nacional de Tránsito (CNT) no portarlas, llevarlas en mal estado, alterarlas u obstruir con algún elemento su visibilidad, podría ocasionar que el carro sea inmovilizado y el propietario multado.

Lea también: ¡Qué no rueden las motocicletas! | En Jamundí, Valle del Cauca, se restringirá su circulación

Adicionalmente, si la placa se encuentra en estado de deterioro o pierde su legibilidad por el pasar de los años o del uso, no debe retocarlas, está prohibido, nada de repintarla o modificarla con el fin de mejorarla, no, está mal ese procedimiento y le puede acarrear mayores problemas. Lo que usted debe hacer es solicitar un duplicado ante el Servicio Integral para la Movilidad (SIM) para hacer el cambio por una nueva y de buen estado. Al igual que gestionar el trámite en caso de pérdida, destrucción o hurto.

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Si se trata de duplicado de placas de vehículos de servicio diplomático, la solicitud debe hacerse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Hay algo aún más delicado, si le llegan a inmovilizar su vehículo se complica la situación, ya que “en los casos en que la placa se encuentre borrada, retocada o dañada, el propietario deberá presentar, para la entrega de su vehículo inmovilizado, la nueva placa, para lo cual deberá surtir el trámite para adquirirla y pagar su costo”, puntualizó el titular de la Secretaría de Tránsito. Esto quiere decir que serán más gastos de días en patios, contando grúa y comparendo. Saque cuentas.

¿Cuánto vale sacar una nueva placa?

En Bogotá les brindamos los siguientes precios, busque en su ciudad el precio actualizado.

– Carro: 2 placas $245.800 / Carro, Remolques y Semirremolques.

– Carro: 1 placa $148.200

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– Motocicleta: $92.900

¿Qué documentos necesito presentar?

1. Presentar el documento de identidad original. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía o contraseña*. Para menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente.

2. Formulario de solicitud de trámite diligenciado. (Descargue aquí el formulario)

3. SOAT vigente incorporado en el RUNT.

4. Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

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5. Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).

6. En el caso de persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.

7. Cuando el/los trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión, deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.

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Normatividad

Cuando una norma aumentó la cantidad de siniestros y solo sirvió para multar

Los errores que se cometieron con la prohibición de transitar por el carril central con acompañante en Bogotá.

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A tener en cuenta:

Fragmento del análisis de la siniestralidad del decreto 331 de septiembre del 2021, que derogó la prohibición de transitar con acompañante en moto dentro de la calzada central (art 2 decreto 035 del 2009)

 … A nivel de víctimas graves, se cuenta con 534 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas centrales (motociclistas + acompañantes), y 638 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas laterales (motociclistas + acompañantes), es decir un 19 % más de víctimas de gravedad en las calzadas laterales, a nivel general para el período 2015 a 2020, lo anterior equivale al 3% del total de motociclistas y acompañantes víctimas lesionadas o fallecidos en toda la ciudad.

En adición, en calzadas laterales se presentaron 68 siniestros graves adicionales a los presentados en las calzadas centrales (332 casos comparados con 264 casos). Que, para el caso de los usuarios de motocicleta (motociclistas +acompañante) fallecidos, durante los últimos seis años, una de las interacciones más significativas es con los vehículos pesados sea de carga o buses, que corresponden a 43,3% de las fatalidades de usuarios de motocicleta entre 2015 y 2020, para el caso de lesionados corresponde el 13%. Estos últimos, solo pueden circular por la calzada lateral. Que, al revisar las hipótesis de siniestralidad, con base en los 1PATs (Informe Policial de Accidentes de Tránsito) del periodo entre el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2020, no se evidencia diferencias sustanciales que sugieran la aplicación de una regulación diferenciada entre calzadas, como es la restricción de motociclistas con acompañantes en las vías con calzadas centrales.

¿Qué opina, las alcaldías deben hacerse responsables por el aumento de muertes de motociclistas por la implementación de esta norma?

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Texto completo aquí

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