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Adiós a la placa en el casco | Ley 2251

La Ley Julián Esteban traerá cambios clave para mejorar las medidas de seguridad vial y reducir las muertes en siniestros viales en el país

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Con el nombre de Julián Esteban Gómez, quien murió arrollado en un siniestro, la ley busca reducir la velocidad en las vías, y que los carros y las vías sean más seguros, entre otras modificaciones.

El 18 de julio 2021, Colombia lamentó la muerte, en medio de un siniestro, del niño que admiraba a Egan. El niño moriría arrollado por una tractomula en la vía Zipaquirá-Cajicá (Cundinamarca) mientras entrenaba en su bicicleta, reconocido por ser un ciclista con alto potencial y quien soñaba con ser ciclista profesional, como su ídolo Egan Bernal.

La ley se orienta a las políticas públicas de seguridad vial, las cuales estudiaremos en breve los temas que tocan al motociclismo colombiano.

En el capítulo I artículo 2 indica un tema de especial notoriedad,  prácticamente señala el libre circulamiento por el país, que por demás está restringido en muchas ciudades con decretos que no permiten el uso de los vehículos libremente.

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En este mismo artículo respecto a la responsabilidad compartida señala que serán responsables valga la redundancia, los concesionarios que diseñan y gestionan las vías; así como los usuarios de las vías; y la iniciativa privada relacionada con la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor y del diseño, la fabricación, importación, ensamblaje y comercialización de vehículos en este último señala a los fabricantes e importadores de vehículos.

Respecto a la seguridad Vehicular son responsables no solo los importadores y ensambladores de vehículos, sino también los prestadores de servicios técnicos.

En el capítulo III artículo 7 se denota que para vehículos particulares con 16 años se expide la licencia y para vehículos de servicio público con 18, preocuparía realmente la falta de experiencia para mover vehículos de este tipo, en los cuales el conductor es responsable de más vidas por ofrecer este tipo de servicio.

Por otra parte, las instituciones de educación superior ejecutaran los exámenes teórico – prácticos para obtener las licencias, algo similar a lo que hacen en liceos en el exterior.

En el capítulo IV articulo 9 señala en el Punto 2 un tema de prendas reflectivas, no especifica cuáles son las que debemos usar, cosa que se puede prestar para malinterpretaciones.

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El punto 4 tampoco especifica si las luces delanteras pueden ser las de piloto (posición) o las nocturnas, se sobrentiende que deben ser las nocturnas pero deja abierta la evaluación.

El punto 5 indica que no se podrá exigir que el casco contenga el número de placa correspondiente al del vehículo en que se moviliza, ósea no más calcomanías identificadoras de la motocicleta en el casco del motociclista o acompañante un punto a favor, pero que sabrá Dios que puede costar más adelante, pero resaltante el hecho de no más calcomanías con la placa en los cascos.

En el capítulo VI articulo 12 indica que en ningún caso podrá sobrepasar los cincuenta (50) kilómetros por hora en vías urbanas y carreteras municipales. La velocidad en zonas escolares y en zonas residenciales será hasta de treinta (30) kilómetros por hora hay que estar atentos a la velocidad evidentemente.

También señala que las patinetas y bicicletas eléctricas o a gasolina no podrán sobrepasar los 40Km/h, cosa que difícilmente se cumple en muchos usuarios de este tipo de transporte.

Y cierra informando que en carreteras nacionales y departamentales en ningún caso podrá sobrepasar los noventa (90) kilómetros por hora. Para el caso de vías doble calzada que no contengan dentro de su diseño, pasos peatonales, la velocidad máxima será de 120 kilómetros por hora.

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En el capítulo VII de Otras disposiciones específicamente en el Artículo 16, habla de los daños materiales, especificando que en todo accidente de tránsito donde no se produzcan lesiones personales, los conductores, los involucrados tomaran las pruebas para presentar ante las autoridades relativas a la colisión mediante la utilización de herramientas técnicas y tecnológicas, que permitan la atención del mismo en forma oportuna, segura y que garantice la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta y uso probatorio de la información, además ordena que los conductores deben retirar inmediatamente los vehículos colisionados y todo elemento que pueda interrumpir el tránsito y acudir a los centros de conciliación debidamente autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho. Cosa que vislumbra la posibilidad de generar problemas futuros ya que no especifica las herramientas a utilizar que consideren valedera en estos centros de conciliación, así como cuales deberían ser los recaudos para presentar ante los órganos de ley.

La publicación y orden de cumplimiento se dio el 14 de julio por el Ministro de interior en las veces del Presidente de la Republica Daniel Andrés Palacios Martínez. El Ministro de Hacienda José Manuel Restrepo Abondano. El Ministro de Salud y Protección Social Fernando Ruiz Gómez y la Ministra de Transporte Ángela María Orozco Gómez.

¿Que pasara con esta ley promulgada?, no sabemos si todo es color de rosa como parece o simplemente en los detalles que notamos, se generen problemáticas, se den más herramientas para corrupción como ha pasado previamente, esperamos que todo funcione, en especial en este cambio de gobierno, próximo a darse en breve, en el cual respeten a todos los actores viales por igual y se dé el digno puesto que merece el motociclismo colombiano, el cual mueve mucho de la economía de nuestro país.

Aquí le anexamos un PDF con la ley promulgada, si desea consúltela, estúdiela o descárguela, no sin antes darnos sus puntos de vista al respecto, para nosotros son sumamente importantes.

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¡VIDEO! Así fue el accidente en donde murió motociclista en Salto del Tequendama 

Tristeza y dolor es lo que acompaña en estos momentos a los familiares de estos motociclistas. Un hombre y una menor de edad son los implicados de tan trágico hecho. Les contamos.

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¡VIDEO! Así fue el accidente en donde murió motociclista en Salto del Tequendama

Un día como cualquiera, así iniciaba la mañana de Jeyson David Quevedo Salcedo y una mujer menor de 17 años, sin saber lo que les esperaría en cercanía al famoso Salto del Tequendama – Cundinamarca. Se transportaban en moto, quizá un mal cálculo, vía en mal estado, fallo de frenos o exceso de velocidad, en fin, tantas cosas que aún no se confirman y que son materia de investigación, dieron con la muerte del hombre y el susto y rescate de la joven.

En el lugar no murió el conductor, les contamos que la moto chocó contra un muro de seguridad y es ahí donde la mujer sale volando aproximadamente unos 100 metros al abismo, ella sobrevive gracias al rescate oportuno de las Unidades de bomberos y la Cruz Roja. El hombre, quien fue trasladado gravemente a un hospital de Soacha. Perdió la vida minutos más tarde. 

Álvaro Farfán, capitán delegado departamental del Cuerpo de Bomberos de Cundinamarca, comentó lo siguiente:“esta mañana me llamó la atención sobre un incidente de motocicleta. (…) Al llegar al sitio se pudo evidenciar que el conductor se encontraba en grave estado. Fue evaluado y trasladado a un centro asistencial donde lamentablemente perdió la vida”.

El peligro del Salto del Tequendama

Año tras años, hombres, mujeres, familias, carros, motos, de todo se va por el abismo, ahora mucho menos que antes por las fuertes acciones de seguridad que han ido implementando, pero ese sector tiene un pasado aterrador. Cientos de familias lo recuerdan con tristeza y dolor. Hoy no fue la excepción.

PubliMotos lamenta el fallecimiento de esta persona y deseamos una pronta recuperación para la joven que hoy tuvo una nueva oportunidad de seguir luchando. A las familias, amigos y cercanos, que sea Dios dándole fortalezas para sobrellevar este momento.

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Sin duda, los caminos de la vida, no son lo que ellos esperaban.

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¿Puedo girar a la derecha en un semáforo en rojo? | Le resolvemos la duda

Si se ha preguntado si girar a la derecha con un semáforo en rojo está permitido, le contamos sí está o no permitido.

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Mucho hemos escuchado sobre el famoso giro a la derecha si estamos en un semáforo, pero usualmente los motociclistas temen a ser multados. Les resolvemos la duda.

El experto que nos habló del tema fue el Señor Biter, conocido por su constante apoyo a los conductores que sufren por la desinformación.

El creador de contenido nos explicó que en el artículo 118 del Código de Tránsito está establecida la regla que habla sobre los giros a la derecha que muchos conductores hacen en un semáforo en rojo.

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El giro a la derecha sí está permitido siempre y cuando se respeten dos reglas fundamentales, la primera es que el conductor debe asegurarse que no haya actores viales o peatones al momento de dar el giro, ellos tienen la prelación.

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Lo segundo, es que no exista una señalización previa que prohíba el giro. Respetando estas dos reglas, sí puede girar a la derecha sin importar si el semáforo está en rojo.

Como consecuencia de no acatar algunas de estas reglas y se cometa la infracción, el motociclista o conductor, podrán enfrentar una multa de hasta $1.145.000.

Cabe mencionar que, si esta infracción es cometida por un motociclista, la moto será inmovilizada y tendrá que cubrir todos los gatos que esta acción acarrea. Evítese el dolor de cabeza.

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Esta es la razón para no ir donde mecánicos de barrio. Le dañaron la moto al motociclista

Una triste historia vivió un motociclista que por ahorrarse dinero quedó varado con su moto en medio de una carretera.

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¡Lo barato sale caro! Por más que nos repitamos esa frase siguen sucediendo situaciones que nos llevan a adquirir un producto o servicio de poca reputación. Así le pasó a un motociclista que se lamentó ahorrarse unos pesos con su moto.

En medio de nuestro viaje por carretera nos encontramos con un señor dueño de una Suzuki Gixxer, la cual fue llevada a un mantenimiento habitual en un taller en la ciudad musical, Ibagué, para dirigirse a trabajar a Bogotá.

Sin embargo, en medio de la vía llegando a Girardot se le empezó a regar el aceite, ¿Qué pasó?

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Varado con su moto en medio de la carretera

Según lo que vimos el tapón del cárter quedó mal ajustado y por las vibraciones de la moto, éste se soltó y ocasionó un desastre en medio de la carretera. La situación dejo como resultado el motor fundido; un arreglo para nada económico.

“Llévala a un buen técnico, con certificados”, fueron las contundentes palabras de Alejandro Rubio, luego de conocer el infortunio del compañero motociclista que quedó varado.

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En el momento de nosotros publicar el video, el dueño de la moto estaba esperando un servicio de grúa para transportar su máquina hasta Chicoral, Tolima.

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