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¿Agentes de tránsito = Policías de Tránsito? | Funciones y requerimientos
Aquí aclaramos las funciones que tendrá el nuevo cuerpo de control de movilidad en la ciudad de Bogotá.

Podemos afirmar que la Policía, incluso la de tránsito, tiene unas responsabilidades constitucionales relacionadas directamente con salvaguardar “las condiciones básicas para el ejercicio de los derechos y libertades públicas” siendo de esta manera un cuerpo de la “fuerza pública”, por lo tanto, está ligada a un marco normativo específico en el que se incluye El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Por su parte, los Agentes de Tránsito Civiles, al no hacer parte de la “Fuerza pública” carecen de algunas atribuciones, responsabilidades y poderes conferidos por el organismo estatal, ejemplo de ello es el no porte de armas, pero con la normatividad procedimental conferido por el Gobierno de Bogotá y la Ley 1310 de 2009.
No obstante, en cuanto a los temas de movilidad y vigilancia de tránsito, tanto los agentes como la policía básicamente tienen los mismos atributos, pues ambos realizan funciones concordantes al Código Nacional de Tránsito, las cuales enumeramos a continuación:
• Cuando las normas lo determinen, los agentes podrán inmovilizar los vehículos con grúa o cepo.
• Atender e informar todo tipo de accidentes y casos de tránsito, levantado el respectivo informe.
• Ejercer funciones de policía judicial en siniestros con lesionados o víctimas fatales.
• Hacer operativos y controles de velocidad, de violación de las normas ambientales, de embriaguez, de invasión del espacio público y en general de las normas de tránsito.
Con esto, aspectos como la regulación del tránsito, estarán veladas con la imposición de multas, por lo tanto y teniendo en cuenta la normatividad vigente, los Agentes en este sentido tienen las mismas atribuciones que un policía de tránsito, y consecuentemente los mismos deberes, por ende, la facultad de montar puestos de control y realizar operativos tiene que estar de acuerdo con la normatividad, ejemplificando una situación.
Como ventaja para los conductores, los Agentes de Tránsito, al no estar regulados por el Código Nacional de Policía, no pueden utilizar las sanciones contempladas en el documento, de tal forma que en el marco de respeto, las reclamaciones y los argumentos se pueden hacer expresos y sin miedo a la imposición de una multa por “irrespeto o desobediencia”, herramienta que supuestamente unos pocos policías usan para no escuchar a los conductores.
Con esto, nos damos cuenta que a nivel de tránsito y movilidad, ambos grupos de servidores públicos tienen prácticamente las mismas funciones, pero con la gran diferencia de que los policías, tienen dentro de sus responsabilidades el velar por la convivencia, mientras los Agentes Civiles, están limitados por los dispuesto en la ley 769 del 2002 y la normatividad relacionada.
Si usted desea conocer los requerimientos para ser un Agente de Tránsito, le dejamos el link a continuación.
Esto es lo que se necesita para ser agente de tránsito civil
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