Nacional
Batalla de los 125 cc | Suzuki GSX 125R vs Honda CB 125F
El segmento de los 125 cc es uno de los más importantes en el mercado nacional; si usted quiere comprar una, tiene que explorar estas opciones.

En muchas ocasiones, al elegir una motocicleta buscamos hacernos con una marca conocida o un buen respaldo, por esa razón, en este caso traemos una competencia de dos grandes; por un lado, tenemos a Honda, un viejo conocido que durante años, con sus fiables motores, se ha convertido en una importantísima opción a la hora de adquirir una moto; por otro lado, traemos a Suzuki, que por su trayecto y las múltiples referencias legendarias que ha puesto en el mercado global, se hace una elección confiable para cualquier piloto.
Al comparar estas máquinas, debemos basar nuestra investigación inicialmente en elementos técnicos, para después proceder a su diseño y a las partes estéticas que, combinadas a su precio de venta, nos permitirán elegir la ganadora.
COMPARACIONES
Motor: en este aspecto las dos motocicletas nos presentan un propulsor similar, ambos de 124 cc de 4 tiempos y refrigerados por aire, en los bloques vamos a contar con estructuras bien confiables, con unas vibraciones medias y que, bajo un cuidado adecuado, nos aseguran una muy larga vida de la máquina.
Potencia: a partir de este momento empezamos a encontrar elementos que nos ayudarán a determinar una ganadora; por una parte, tenemos la CB 125F que, con sus 8,5 Hp a 7.000 vueltas, parece quedar corta frente a los 12 Hp a 7.500 rpm que trae la GSX 125R, por lo que se entiende que, en cuanto a poder, la Suzuki tendrá una leve ventaja.
Torque: siendo consecuente con el ítem anterior, en este, Suzuki también lleva la delantera con sus 11,5 Nm a 6.000 vueltas, enfrentado a los 10,11 Nm a 5.000 rpm que Honda entrega en su modelo de 125 cc, una ventaja que, aunque leve, marcará diferencia en la experiencia de manejo que la GSX 125R nos dará.
Frenos: estando muy de la mano con todas las diferentes marcas que compiten en el segmento, en la línea de detención, ambas máquinas integran un disco delantero, que se apoya en un tambor estándar trasero, para así garantizar el efectivo frenado de la motocicleta.
Suspensión: ambas traen el mismo esquema, aunque la Honda presenta una variación en su doble amortiguador trasero, la que integra una funcionalidad regulable en precarga de cinco posiciones, y de una fina horquilla convencional con barras de 31 mm que son iguales a las de su rival de Suzuki.
Peso: al parecer, Honda empezó a ser una participante seria en esta competencia, y quiere recuperar elementos perdidos al hacer una relación peso/potencia, si bien se ve que en caballos de fuerza está por debajo la CB 125F, al ver el peso de 117 kg en seco, podemos entender que puede presentar números aún más similares de potencia, frente a los 126 kg de la GSX 125R, que le limitarán un poco más sus cifras entregadas.
Capacidad: en este ítem de almacenamiento de combustible, y la relación que podemos hacer entre consumo/capacidad, nos permitirá tener mejores números entregados; con 3,75 galones, Suzuki vuelve a asomar cabeza, y más, en contra de los 2,90 galones que nos entrega Honda, por esto, la GSX 125R se convierte en una moto con mejor autonomía.
Diseño: al momento de hablar de estilo la opinión es muy personal, sin embargo, parece que los de Honda se esforzaron un poco más en hacer un diseño estándar de moto Street, mientras que Suzuki apostó por un frente un poco más desnudo, donde la farola parece estar sobrepuesta. Sin embargo, consideramos que el estilo de Honda es un poco más concorde y relacionado con las prestaciones entregadas por la máquina, por lo que creemos que es el ganador de este aspecto.
Precio: la diferencia de $140.000 parece ser corta, pero al verificar los demás ítems, ya debemos elegir una como nuestra favorita; no obstante, el precio de la GSX 125R es superior ya que se presenta al público por la suma de $5’940.000, y se enfrenta a los $ 5’800.000 por los que se comercializa la CB 125F sin matrícula ni SOAT.
Una comparativa bastante fructífera en la que conocimos lo mejor y lo peor de cada una, la decisión final es personal, aunque sabemos que con los elementos presentados podrán elegir cuál se adecúa más a sus necesidades.
¿Cuál es tu favorita?
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Actualidad
Hero Karizma XMR 210: la nueva reina que llega a destronar las 250 favoritas
La Hero Karizma XMR 210 vuelve al ataque y no viene sola. Llega en su edición Combat, armada hasta los dientes con tecnología, potencia y un diseño que grita velocidad.

Esta no es la Karizma de antes: es un misil visual y mecánico de Hero que quiere poner a temblar a la competencia en el segmento 200-250 cc, ¡y tiene con qué!
¿Una deportiva full equipo por menos de lo que imaginas?
Hero no se guardó nada: la Combat Edition no solo luce brutal con su acabado gris mate y detalles en amarillo neón, también incorpora horquillas USD doradas, una pantalla TFT a color de 5 pulgadas, conectividad total para navegación y alertas, parabrisas ajustable y, por si fuera poco, un sistema ABS doble canal. ¿Eso en una moto de este rango? ¡Sí señores, esto es una revolución silenciosa!
Motor con rabia controlada
Bajo su carenado aerodinámico, esta bestia lleva un monocilíndrico de 210 cc refrigerado por líquido que entrega 25.15 bhp y 20.4 Nm de torque, gestionados por una caja de 6 velocidades con embrague antirrebote. ¿El resultado? Una entrega de potencia suave pero rabiosa, ideal para domar curvas o lanzarse a fondo en rectas. Todo esto hace que el Hero destaque entre los demás en su clase.
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¿Y cómo queda frente a la competencia?
Aquí viene el sazón colombiano. La Suzuki Gixxer SF 250 ofrece buena estabilidad y diseño agresivo, pero no tiene ni el nivel de equipamiento ni el atractivo tecnológico de la nueva Karizma. Por otro lado, la Honda CBR 250R, aunque confiable, ya muestra los años encima y carece de esas actualizaciones que el usuario moderno exige. Comparada con ellas, la Hero demuestra su superioridad técnica y moderna.
Lea: ¡El alcalde se emberracó! Ahora le quitarán la licencia si hace esto
La Karizma XMR 210 Combat llega con una propuesta agresiva y precio competitivo. Si Hero la trae a Colombia manteniendo ese valor cercano a los $11 a $15 millones COP, estaríamos hablando del verdadero rey del asfalto. Y sí, los puristas dirán «hay que ver cómo responde el servicio posventa», pero si Hero se pone las pilas, esta moto puede conquistar corazones… y ventas.

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¿Estamos ante la nueva reina?
Todo indica que sí. La Karizma XMR 210 Combat Edition 2025 no solo vuelve con nostalgia, vuelve con hambre de trono. Si Hero decide aterrizarla en Colombia con inteligencia, podría ser el principio de una nueva era en la categoría. ¿Estás listo para cambiar tu Gixxer o dejar de esperar esa CBR soñada? Puede que tu próxima moto ya tenga nombre… y apellido de combate.
Actualidad
¡El alcalde se emberracó! Ahora le quitarán la licencia si hace esto
Si sueles dejar la moto “un momentico” sobre el andén o en una esquina «donde no molesta», ojo porque ahora eso podría costarte la licencia de conducción. Así como lo lees.

El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, subió el tono contra los conductores y no se anduvo con rodeos: ya van cerca de 1.000 licencias suspendidas desde que se activó la medida. El alcalde fue claro y medio bravo al decir que el mal parqueo no solo arma trancón en las zonas movidas, sino que empeora críticamente el tránsito en corredores estratégicos, donde las obras de infraestructura ya representan un reto para la movilidad, y pueden afectar la renovación de su licencia.
¡Con tantas medidas es mejor dejar el carro o la moto parqueados en casa y mejor irse en bici, evitando así problemas con la licencia!
¿Qué cambió?
Hasta ahora, si te encontraban mal parqueado le caía una multa y en algunos casos, la inmovilización del vehículo. Pero desde abril, si eres reincidente, podrías perder el pase indefinidamente, lo que afectaría la vigencia de tu licencia.
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¿Y las motos?
¡También están en la mira!
Nada de pensar que por ser dos ruedas la norma no aplica. Las motos mal ubicadas en andenes, ciclorrutas, zonas peatonales o al frente de entradas de casas o garajes podrán ser sancionadas igual o más que los carros. ¡Así que estén alerta con respecto a su licencia!
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¿Solo por mal parqueo te pueden suspender el pase? No. Hay más razones…
El Ministerio de Transporte tiene claras las causales por las que te pueden suspender o cancelar la licencia y no son pocas. Aquí te dejamos algunas para que las tengas presentes:
- Conducir en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas
- Participar en piques o competencias ilegales
- Acumular comparendos sin pagarlos
- Prestar servicio público con vehículo particular
- Protagonizar accidentes por imprudencia o exceso de velocidad
- Dar información falsa para obtener la licencia
- Reincidir en infracciones podría llevar a pérdida de tu licencia.

Bogotá se pone seria: estas son las nuevas reglas del juego
- Más operativos en zonas críticas (Chapinero, Suba, Kennedy, etc.)
- Cámaras y apps para reportar infracciones
- Multas que superan los $600.000 y sanciones que van desde la suspensión hasta la cancelación definitiva del pase, afectando su licencia.


Desde PubliMotos le dejamos estas 3 claves para no caer:
- Ubica parqueaderos autorizados: no te confíes del “por un ratico”
- Evita zonas prohibidas como ciclorrutas o frente a entradas
- Conduce con cabeza: más responsabilidad, menos problemas con su licencia.
Actualidad
¿Se equivocó Sr. Biter? Atención a este delicado tema de movilidad
Los temas de movilidad si que son tediosos, nos encontramos una perla que fue profundizada por un abogado de la casa y aquí les brindamos los detalles de lo acontecido.

Recientemente se han difundido afirmaciones cuestionando la validez de ciertas multas de tránsito establecidas en la Resolución 3027 de 2010, incluso sugiriendo que algunas de estas sanciones carecerían de vigencia. Sin embargo, un examen detallado del marco jurídico colombiano demuestra que esta resolución, expedida por el Ministerio de Transporte, conserva plena vigencia y aplicabilidad. La norma no solo sigue siendo el referente legal para la imposición de comparendos. Sino que su contenido ha sido desarrollado y complementado por otras disposiciones sin que exista acto administrativo o fallo judicial que la haya derogado expresamente. Ampliemos estos sucesos de movilidad.
Fundamento legal y contexto normativo
La Resolución 3027 del 26 de julio de 2010 fue emitida para actualizar el sistema de infracciones de tránsito. Incorporando modificaciones introducidas por la Ley 1383 de 2010. Su publicación en el Diario Oficial 47784 le otorgó formalidad, y desde entonces ha servido como base para la codificación de conductas sancionables. Es importante destacar que, según el principio de continuidad normativa, una resolución de este tipo solo pierde vigencia cuando:
- Es expresamente derogada por otra norma de igual o mayor jerarquía.
- Un juez competente declara su nulidad mediante sentencia ejecutoriada. (Siempre y cuando haya o anteceda una demanda).
- Se demuestra que contradice normas superiores.

Ver Resolución 3027 aquí
Resolucion-3027-de-2010-Ministerio-de-Transporte
Hasta la fecha, ninguno de estos supuestos se ha configurado. Por el contrario. La Resolución ha sido citada y aplicada en múltiples actuaciones administrativas y jurisprudenciales, confirmando su validez.
Análisis de las pretendidas «multas sin vigencia». Temas de movilidad
Al examinar las 30 multas cuestionadas, encontramos que todas están plenamente vigentes y se ajustan al ordenamiento jurídico. Por ejemplo:
- Artículo C.24: Establece normas específicas para motociclistas, como la prohibición de transitar por ciclorrutas (inciso a.7), el uso obligatorio de casco (inciso e) y chalecos reflectivos (inciso g). Estas disposiciones no han sido modificadas y son coherentes con el Código Nacional de Tránsito.
- Artículo D.03: Sanciona con 30 salarios mínimos e inmovilización el transitar en sentido contrario, norma que se mantiene como garantía de seguridad vial.
- Artículo C.38: Penaliza el uso de teléfonos móviles al volante, conducta que sigue siendo una de las principales causas de accidentalidad.
Cada una de estas infracciones fue cuidadosamente reglamentada para proteger el interés general y su aplicación por parte de las autoridades de tránsito es completamente legal.
¿Cuál es el hecho de la noticia y por qué el Sr. Biter se equivoca?
Se habla de una serie de infracciones que no son validas al Código Nacional de Tránsito, están en la Resolución antes dada, la cual fue demandada en el 2022 en donde no hubo fallo ya que el Sr. Biter junto a la abogada (con la que hicieron el video), no lo dijeron en la intervención de dicho contenido.
Implicaciones prácticas y consecuencias jurídicas
Ignorar la vigencia de estas multas puede tener serias consecuencias para los conductores. Las autoridades de tránsito continúan aplicando la resolución en todo el territorio nacional, y los jueces han respaldado su validez en múltiples fallos. Quienes pretendan impugnar un comparendo basado en estas normas deberán demostrar:
- Un vicio formal en el procedimiento sancionatorio.
- La aplicación incorrecta de la norma al caso concreto.
- La existencia de una derogación expresa que no se ha producido.

Mientras tanto, la recomendación para los ciudadanos es clara: cumplir con las normas de tránsito, verificar los comparendos a través de canales oficiales, y en caso de dudas, consultar con abogados especializados en derecho de tránsito.
La Resolución 3027 de 2010 sigue siendo un instrumento válido y necesario para garantizar la seguridad en las vías del país. Las afirmaciones sobre su supuesta derogación carecen de sustento jurídico y pueden generar confusión entre los ciudadanos. El Ministerio de Transporte, las secretarías de movilidad y los organismos de control tienen el deber de aplicar estas normas. Mientras corresponde a los jueces determinar, en casos concretos, si alguna disposición particular debe ser invalidada.
En este contexto, resulta fundamental que los medios de comunicación y figuras públicas verifiquen la información antes de difundirla, evitando así que se promuevan conductas contrarias a la ley que podrían poner en riesgo la integridad de los actores viales. La movilidad segura exige el compromiso de todos: autoridades aplicando correctamente las normas, y ciudadanos informándose a través de fuentes oficiales y especializadas.
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