Nacional
¿Y ahora para dónde van los vehículos inmovilizados? Para los patios o nuestro parqueadero personal
Con la nueva Reforma a la Ley 769 del 2002, se lograron evidenciar unos simples anexos con respecto a los Cepos, acá les explicamos su origen, funcionamiento y el qué pasa con lo que se escuchó fuertemente en días anteriores. Lean ustedes mismos.

Primero vamos a conocer lo que dice el ARTÍCULO 76, respecto a lugares prohibidos para estacionar, allí menciona una lista de sectores donde no puedes dejar tu vehículo porque es una acción que limita la movilidad o el paso de los demás automotores que transitan por dicho sector, las limitaciones son:
– Sobre andenes, zonas verdes o sobre espacio público destinado para peatones, recreación o conservación.
– En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.
– En vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos.
– En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a éstos.
– En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, incluyendo las paradas de vehículos de servicio público, o para limitados físicos.
– En carriles dedicados a transporte masivo sin autorización.
– A una distancia mayor de treinta (30) centímetros de la acera.
– En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes.
– En curvas.
– Donde interfiera con la salida de vehículos estacionados.
-Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.
– En zona de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundarias, apartaderos, estaciones y anexidades férreas.
Tras conocer ese listado de lugares donde es prohibido parquearse por un periodo de tiempo significativo o de detención total, algunas autoridades de transito han dispuesto incluso resoluciones para ello, mencionemos el caso de Medellín, quienes cuentan con la Resolución 530 de 2017, donde hacen relación a que “por medio de la cual se establece el protocolo para bloquear vehículos mediante el uso de los cepos”, lógicamente más adelante se despliega la información total. Si desean leer la RESOLUCIÓN HACER CLIC AQUÍ.
Ahora bien, vamos a ciudades como Bogotá, capital colombiana, lugar que cuenta para finales del 2022 con 1.932.562 automóviles, camperos y camionetas registradas, distribuidos de manera proporcional de acuerdo con el último dígito de placa. Eso no es todo, se proyecta un crecimiento de 2,9% de nuevos automóviles en Bogotá equivalentes a cerca de 54 mil.
Entendiendo esto, vamos a la data, noviembre del 2021, fecha en la que los CEPOS comenzaron a laborar en la ciudad de Bogotá, la sanción sería para los vehículos que sobrepasen el tiempo de permanencia en la zona de parqueo, para ello traemos dos casos de generación de pago que se manejan en esta ciudad o que en su momento tuvieron función de esta forma y que afectó a miles de conductores.
1. Cuando una persona parquea en uno de estos espacios sin pagar anticipadamente. Al conductor le dan 30 minutos para que pague antes de que le pongan el cepo.
2. Cuando pasen 30 minutos del tiempo que pagó por esa zona de parqueo y no haya renovado o pagado por más tiempo.
Entendiendo que únicamente el cepo lo podrá poner un Agente de Tránsito o que por lo menos se encuentre en la zona de inmovilización.
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¿Qué son los Cepos?
El cepo es un elemento utilizado para bloquear vehículos que se encuentren estacionados en zonas prohibidas o abandonados en áreas destinadas al espacio público y que no cuentan con la presencia del conductor.
¿Qué dice la nueva Reforma a la Ley 769 del 2002 respecto a los Cepos?
Lo delicado del asunto es que básicamente dice lo que todo ciudadano conoce de este tema o por lo menos la mayoría, hay algo que no podemos dejar de lado y es lo que en semanas anteriores dijeron sobre los Cepos, que serían puestos pero los vehículos no irían a los patios, es decir, se les acabaría el negociazo, pero nada de eso se logró leer en la nueva Reforma, detallaron lo siguiente: “los municipios y los organismos de tránsito por sí mismos o a través de un tercero podrán contratar el programa de bloqueo de vehículos a través de los llamados Cepos u otras tecnologías que cumplan con la misma finalidad. Este equipo deberá ser implementado con apoyo de las autoridades de control y aplicado sobre aquellas conductas que ameritan inmovilización”. Hasta ahí todo normal, rutinario y sin novedad, la incógnita es… ¿Para los patios o para nuestras casas? O en el peor de los panoramas ¿quedarán en el lugar exacto de la inmovilización?
Y se dice esto porque en ninguna de las líneas de la página número 4 habla de eso, es información abierta, quedamos en el limbo, sin contexto ni claridad. Ahora bien, digamos que jugaremos al mismo modelo de juego de ellos, a los que no sabemos nada y nos hacemos “los bobos”, si me pescan y caigo en una detención con Cepo pues me llevo mi carro con grúa para la casa y así quedamos tranquilos, o en el mejor de los casos, para ellos, les damos el gusto y dejamos hacerlos a su parecer lo que deseen con nuestros vehículos.
Eso es un tema muy complejo, porque no son claros, porque hablan mucho y accionan poco, porque son una caja llena de sorpresas, en donde en cada una de ellas hay promesas sin final, o bueno, eso hacen creer con sus acciones.
Dentro del ARTÍCULO 5, en el parágrafo 3, dicen esto: “El bloqueo del vehículo que incurra en una conducta que amerita la inmovilización, se podrá realizar con el Cepo u otras tecnologías que cumplan con la misma finalidad, previa suscripción de la orden u órdenes de comparendo, según sea el caso”.
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Adicionalmente tocan el tema del levantamiento del equipo de bloqueo: “El retiro del equipo de bloqueo será efectivo hasta que el propietario, poseedor o tenedor del vehículo subsane la falta y realice el curso de rehabilitación a infractores de las normas de tránsito.
Dejamos abierto para que opinen ustedes sobre este tema, en PubliMotos sus opiniones son muy valiosas. Básicamente estamos ya “aburridos” de que prometan y que a la hora de la verdad no sean claros y posiblemente nos estamos apresurando, pero no, las injusticias no paran, ¿por qué parar nosotros? Les dejamos esa reflexión para que ustedes la analicen con detalle y saquen sus propias conclusiones, eso sí, no pararemos de insistir en temas que nos han prometido, saludos.
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Actualidad
¡CUIDADO! Todos los ciclomotores necesitan licencia y SOAT. Las bicicletas eléctricas no se salvan
La Cámara de la Industria de Motocicletas de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) ha encendido las alarmas ante el creciente comercio informal e ilegal de ciclomotores en el país.

Esta situación no solo pone en riesgo la seguridad vial, sino que también afecta negativamente la movilidad sostenible en Colombia debido a la falta de licencias adecuadas.
Y es que se está denunciando que los vendedores están comercializando vehículos que sobrepasan los 25 km/h y tienen potencias mayor a 350 vatios, en pocas palabras ciclomotores, bajo la premisa que no requieren licencia, ni SOAT, ni registro en el RUNT. Sin embargo, estos vehículos, por sus características deben ser clasificados como ciclomotores, por tanto ¡podrán ser inmovilizados!
Requisitos legales para ciclomotores en Colombia
Según la Resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte, los ciclomotores deben cumplir con ciertos requisitos para su circulación legal en el país
Matrícula: Todo ciclomotor debe estar registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT): es indispensable contar con este seguro vigente para cubrir eventuales accidentes.
- Licencia de conducción: el conductor debe poseer una licencia válida para operar este tipo de vehículos.

Estas normativas buscan garantizar que los ciclomotores circulen de manera segura y bajo regulaciones que protejan tanto a los conductores como a otros actores viales.
Incremento de la venta ilegal y sus implicaciones
La ANDI ha identificado un aumento en la comercialización de ciclomotores que no cumplen con los requisitos legales mencionados. Muchos de estos vehículos son promocionados de forma engañosa, asegurando que no requieren matrícula, SOAT ni licencia de conducción, y que pueden transitar libremente por ciclorutas y otros espacios no habilitados para ellos. Esta desinformación pone en riesgo a conductores, peatones y ciclistas.
Además, se ha detectado que algunos ciclomotores se venden en establecimientos no especializados, como droguerías, donde los consumidores no reciben información adecuada sobre las normativas vigentes ni sobre los elementos de protección necesarios para su uso.
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Datos preocupantes sobre la informalidad
Iván García, director de la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI, destacó que la informalidad en la comercialización de ciclomotores ha tenido un impacto negativo en la seguridad vial y en el cumplimiento de las normativas de tránsito. Según datos de la entidad, el registro formal de ciclomotores en el RUNT disminuyó un 51% entre 2022 y 2024. Paralelamente, las importaciones de vehículos promocionados como «bicicletas eléctricas» crecieron más del 700% en 2024, lo que sugiere un desplazamiento hacia la informalidad impulsado por la falta de regulación en la importación y venta de estos vehículos.
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Diferencias entre ciclomotores y bicicletas eléctricas
La Resolución 160 de 2017 establece criterios claros para diferenciar entre bicicletas eléctricas y ciclomotores:
- Bicicletas eléctricas: deben tener un peso máximo de 35 kilogramos, una velocidad máxima de 25 km/h con asistencia, y una potencia nominal del motor que no supere los 350 vatios. Además, el motor debe desconectarse automáticamente al alcanzar la velocidad máxima o al dejar de pedalear.
- Ciclomotores: se caracterizan por tener motores de mayor potencia, que pueden alcanzar hasta 4.000 vatios, y superar los 25 km/h. A diferencia de las bicicletas eléctricas, los ciclomotores no requieren necesariamente el pedaleo para su funcionamiento.
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Llamado a la acción
La ANDI insta a las autoridades competentes a tomar medidas inmediatas para regular la importación y comercialización de ciclomotores, asegurando que cumplan con las normativas vigentes. También hace un llamado a los consumidores para que se informen adecuadamente antes de adquirir estos vehículos y cumplan con todos los requisitos legales para su circulación.

La proliferación de ciclomotores ilegales representa un desafío significativo para la seguridad vial en Colombia, teniendo en cuenta que se ponen en manos de conductores vehículos que requieren un conocimiento y preparación especial, y por lo mismo, representan un peligro sin ningún tipo de control.
Actualidad
¿Adiós a las BMW G 310 R y G 310 GS? Lo que sabemos hasta ahora
la BMW 310 r de las motos mas deseadas se despide de las calles. Aquí le contamos de que se trata

La serie G 310 de BMW, consistente en los modelos G 310 R y G 310 GS, ha sido durante años la puerta de entrada al mundo de las motocicletas BMW. Sin embargo, recientes movimientos en el mercado indio han generado incertidumbre sobre el futuro de esta gama a nivel global.
Descontinuación en India
Informes recientes indican que BMW ha cesado la producción y venta de las G 310 R y G 310 GS en India. Según fuentes de la industria, los envíos de estos modelos a los concesionarios se han detenido desde enero de 2025, lo que sugiere que la plataforma 310 ha llegado al final de su ciclo de vida en ese mercado.
Colaboración BMW-TVS y nuevos modelos en desarrollo
La alianza estratégica entre BMW Motorrad y la empresa india TVS Motor Company, establecida en 2013, ha sido fundamental en el desarrollo de la serie G 310. Esta colaboración ha resultado en la venta de más de 140,000 motocicletas basadas en la plataforma de 310 cc en más de 100 países.
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En el marco de esta asociación, se han desarrollado nuevos modelos que podrían reemplazar a las G 310 R y G 310 GS. Una opción para el reemplazo, podría radicar en que BMW lance próximamente la F 450 GS, una motocicleta de 450 cc que se posicionaría como el nuevo modelo de entrada de la marca en India. Aunque, por su parte, TVS ha registrado la marca «Apache RTX», lo que sugiere el desarrollo de una motocicleta de aventura basada en la BMW G 310 GS.
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Planes futuros y movilidad eléctrica
La colaboración entre BMW y TVS también se ha extendido al ámbito de la movilidad eléctrica. Ambas compañías están trabajando en el desarrollo de nuevos modelos eléctricos basados en la plataforma G 310, lo que podría suponer que la nueva actualización de la 310, podría ser meramente eléctrica, al fin que la marca alemana se ha convertido en el bastión de la movilidad sostenible en Europa.
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Situación en Colombia
En el mercado colombiano, las BMW G 310 R y G 310 GS continúan disponibles. La versión urbana, G 310 R, se comercializa por un poco más de 30 millones de pesos, mientras que la aventurera G 310 GS tiene un precio cercano a los 34 millones de pesos en sus versiones 2025. Esto sugiere que, al menos por lo que resta del año, estos modelos seguirán estando disponibles en el país y no habría de que preocuparse, empero, el ADN indio, hace dependiente la producción, por ende, es posible que si no se fabrique en la india o no se actualice, impacte en el mercado nacional.
La demanda de mercado
Aunque la descontinuación de las BMW G 310 R y G 310 GS en India genera incertidumbre, la sólida colaboración entre BMW y TVS, junto con el desarrollo de nuevos modelos y tecnologías, indica que ambas compañías están preparadas para adaptarse a las cambiantes demandas del mercado. Será interesante observar cómo evolucionan estos planes y qué impacto tendrán en mercados como el colombiano.
Actualidad
¿Precios bajos en motos medianas? ¡Sí existen! Pulsar, Zontes y Royal Enfield en guerra de descuentos
La competencia en el segmento de medio cilindraje apenas comienza, y la Pulsar ya va tomando la delantera. ¿Será que sus competidoras se animan a seguirle el paso y bajan sus precios? Todo indica que esta guerra de precios apenas empieza…

Opinión sobre Pulsar por Karim Chalá
Hace unos días me topé con una grata sorpresa que me dejó pensando en voz alta: la Pulsar NS 400 acaba de aterrizar en Colombia con un precio de lanzamiento de algo más de $18 millones de pesos. Aunque 18 millones siguen siendo una suma considerable para muchos, si lo comparamos con lo que está pasando en el segmento de media cilindrada (300-400 cc), este valor no solo es competitivo… es casi revolucionario.
Y es que si uno se asoma a otras motos de similar potencia, ya estamos hablando de precios que se acercan peligrosamente a los 30 millones, en lugar de mantenerse en esa franja amable de los 20. Estamos hablando de una Pulsar que entrega cerca de 40 caballos de fuerza, diseño moderno y lo más importante: acceso a un mercado que estaba empezando a volverse prohibitivo para muchos.
Zontes: una marca nueva, pero con hambre de mercado
No es solo Bajaj quien está apretando a la competencia. Zontes, una marca aún poco conocida por el público colombiano promedio, también está llegando con motos de 350 cc y buena potencia a precios similares a los de una Pulsar.
Ambas marcas están enviando un mensaje claro: se puede ofrecer buen rendimiento sin arruinar al comprador.
El precio no es solo cilindrada
Aquí es importante hacer una pausa. Muchas veces se asume que el precio de una moto depende solo del cilindraje. Nada más lejos de la realidad. El costo real debe analizarse también con base en el caballaje, torque, tipo de chasís, suspensión, frenos, diseño, y sí, lo que muchos no ven: el respaldo y la red de servicio.
Por eso no se trata solo de que una moto tenga 400 cc. Lo que verdaderamente dinamiza el mercado es que esas motos intermedias lleguen a precios razonables, como el reciente lanzamiento de la Pulsar.
Royal Enfield: el estilo como bandera
Un actor que no se puede dejar por fuera es Royal Enfield. Aunque muchos critican que sus motos tienen menos prestaciones por cilindrada que otras marcas, lo cierto es que han democratizado el estilo clásico y aventurero. La marca ha crecido no solo en Colombia, sino a nivel mundial, y ha logrado lo impensable: meter motos de 350 y 411 cc por debajo de los $22 millones. Atractivo, ¿no?
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Sí, puede que no tengan el mismo rendimiento de una japonesa DOHC, pero han creado un sentido de comunidad y una estética deseada, lo que también influye en las decisiones de compra de una Pulsar.





Un país sobre dos ruedas
Colombia es uno de los países de Latinoamérica con más motos por habitante, y cada año seguimos rompiendo récords de ventas. Eso tiene un impacto directo en los precios: más demanda, precios más altos. Pero cuando marcas como las mencionadas le apuestan al volumen, al acceso, y no solo al margen, ganamos todos.
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Recientemente, PubliMotos publicó un artículo sobre las tres motos nuevas que valen menos de $5 millones (link del articulo). Eso mueve también el mercado de segunda y genera un efecto dominó en todos los segmentos. Pero, ¿qué pasa con esas motos intermedias, ni tan básicas ni tan avanzadas? Justamente ahí es donde hay que enfocarse al lanzar nuevas Pulsar.
¿Y las japonesas? ¿Y las europeas?
Claro, todos quisiéramos una Yamaha, una Ducati o una KTM. Pero el bolsillo no siempre da. Por eso, marcas como Zontes o Bajaj llegan a ocupar un espacio clave. A pesar del prejuicio que aún existe con las motos chinas o indias, la tecnología ha avanzado, el diseño también, y muchas ya cuentan con respaldo sólido en el país.
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El consumidor colombiano no solo quiere pagar menos: quiere calidad, presencia, y respaldo. Y cuando esas tres se alinean con un buen precio, tenemos una combinación ganadora.
Bajarle al precio es subirle al país
Celebramos que marcas como Bajaj, Zontes y Royal Enfield estén dando el paso de precios bajos. No solo hacen que más colombianos puedan acceder a una buena moto, sino que obligan a las marcas grandes como Pulsar a ponerse las pilas.
La moto en Colombia no es lujo: es herramienta, es medio de transporte, es familia. Así que sí, los precios importan. Y mucho.

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