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Se logró en Brasil. ¿Se podrá en Colombia? Ley de apps de motos son una realidad

Es una realidad en Brasil, para Colombia sigue siendo una expectativa. Hay un espacio positivo que ojalá dentro de poco en este país los motociclistas tengan el derecho a trabajar con las apps de motos de forma legal.

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Muchos están molestos porque no se dice si es o no en Colombia. La información es clara, hay que ir más allá del titular y los primeros tres párrafos para entender que lo que pasa en nuestro país vecino es demasiado positivo para Colombia. En dicho territorio, el uso de motos ha empezado a ser un factor clave. Aquí les brindamos puntualmente lo que sucede.

Miles de motociclistas prestaban el servicio de manera informal, sin una regulación que garantizara la seguridad tanto de conductores como de pasajeros. Las aplicaciones crecían a toda velocidad, pero su operación sometía a fiscalizaciones y multas, pues no existía un marco jurídico claro para este servicio. La situación provocaba incertidumbre y dejaba a miles de personas trabajando sin amparo legal.

Lo que está pasando en Brasil que son buenas noticias

Esa realidad cambió el pasado 23 de junio de 2025, cuando se sancionó la Ley 18.156, publicada el 24 de junio en el Diario Oficial paulista. Esta norma faculta a cada municipio del Estado a autorizar y regular el servicio de transporte individual privado de pasajeros en moto. La ley nace de un proyecto presentado por varios diputados estatales. Marca un hito al reconocer legalmente a los motociclistas que trabajan para apps como Uber Moto y 99 Moto. Facilita el uso de motos de forma regulada.

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La ley establece que solo podrán prestar este servicio quienes cuenten con licencia de conducción de categoría A, habilitada para actividad remunerada. Además, los vehículos utilizados deberán cumplir requisitos de antigüedad y estar en buenas condiciones mecánicas, según determinen las autoridades de tránsito y los gobiernos municipales. Esto implica que las motos muy antiguas quedarían fuera del servicio, mejorando así la seguridad y la imagen del mototaxismo digital.

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Un aspecto clave de la Ley 18.156 es que obliga a los conductores a emitir y mantener vigente su Certificado de Registro y Licenciamiento de Vehículo (CRLV). Esta vendría siendo la tarjeta de propiedad en Colombia. Además, deberán presentar una certificación negativa de antecedentes penales. Esto busca ofrecer mayor confianza y seguridad a los usuarios que contraten el servicio a través de apps de motos o cualquier otro medio digital.

Los municipios también estarán facultados para fiscalizar el servicio y establecer las normas de operación. Entre sus responsabilidades se encuentran la cobranza efectiva de tributos municipales y la exigencia de contratar seguros contra accidentes personales de pasajeros (APP). También incluirán la inscripción de los motociclistas como contribuyentes individuales del Instituto Nacional del Seguro Social (INSS). Esto asegura que estos trabajadores coticen para su protección social.

Hay cosas por cumplir sí o sí

Otra disposición relevante es que operar este servicio sin cumplir los requisitos de la ley o de las regulaciones municipales se considerará transporte ilegal de pasajeros. Esto puede implicar multas y sanciones contempladas tanto en la legislación local como en el Código de Tránsito Brasileño. El objetivo es reducir la informalidad y evitar que la ley quede solo en el papel. Así se asegura que el uso de motos esté legalmente respaldado.

¿Cuáles serían estas sanciones?

La Ley 18.156 de São Paulo establece que prestar el servicio de mototaxismo sin cumplir con los requisitos legales será considerado transporte ilegal de pasajeros. Esto conlleva sanciones económicas y administrativas. Aunque los municipios pueden definir sus propias multas, la ley remite al Código de Tránsito Brasileño. Esto implica consecuencias claras y contundentes para los infractores.

Sanciones por incumplir la ley:

  1. Multa gravísima de R$ 293,47 (~USD 55) por transporte irregular de pasajeros. Serían unos 230.000 pesos colombianos.
  2. 7 puntos en la licencia de conducción.
  3. Retención del vehículo hasta que se regularice la situación o sea llevado al depósito.
  4. Multas municipales adicionales, que podrían superar los R$ 1.000 (~USD 190) según la ciudad. Unos 780.000 pesos.

  1. Inmovilización o pérdida del vehículo, en caso de reincidencia o falta grave.
  2. Sanciones por no tener seguro APP (Accidentes Personales a Pasajeros).
  3. Multas tributarias o laborales por no estar inscrito en el sistema de seguridad social (INSS).

Como dato respecto a Bogotá, ciudad capital

Aunque en extensión territorial São Paulo es más pequeña que Bogotá, con apenas 1.521 km² frente a los 1.775 km² de la capital colombiana, su población es mucho mayor. São Paulo supera los 11,4 millones de habitantes, mientras Bogotá cuenta con aproximadamente 7,9 millones. Esta densidad convierte a São Paulo en una megaciudad vibrante y altamente congestionada. Por esto, se ha impulsado el uso de motos como alternativa de movilidad.

En la metrópoli paulista circulan más de 1,3 millones de motos, representando uno de los parques motociclistas urbanos más grandes de América Latina. Esta cifra es considerablemente superior a la de Bogotá, donde se estima que hay más de 700.000 motocicletas. Esta diferencia refleja tanto la escala poblacional como la cultura de movilidad en ambas ciudades. Pese a su tamaño físico menor, São Paulo exhibe un volumen vehicular y motociclista mucho más alto.

Pues bien, Ley 18.156 dispone que será revisada a los cinco años de su entrada en vigor, para evaluar su eficacia y determinar si es necesario ajustarla. Con ello, São Paulo se convierte en el primer estado brasileño en dar un marco legal robusto al mototaxismo digital. Sienta un precedente que podría replicarse en otros estados y países de América Latina. En aquellos donde la realidad económica y social ha convertido a la moto en el medio de subsistencia de millones de trabajadores.

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