Normatividad
Motociclistas en Manizales protestan y la policía los reprime
El objetivo de dicha caravana era llegar hasta la Secretaría de Tránsito de Manizales


El pasado sábado se reunieron unos 100 motociclistas en la ciudad de Manizales para protestar por las medidas que está implementando la administración local en su contra. Igualmente se informó que la policía, hizo presencia desde el lugar de la convocatoria, incluso con el Esmad, y se realizaron retenes, bloqueando la circulación del grupo, se detuvieron para verificar los documentos de quienes estaban protestando, también se reportó que varias motocicletas fueron retenidas durante la jornada. El objetivo de dicha caravana era llegar hasta la Secretaría de Tránsito de Manizales, para manifestar su inconformidad con las restricciones que la administración municipal a través de esta cartera está implementando. Los motociclistas, quienes se sienten perseguidos, sobre todo aquellos que tienen motos pequeñas, los paran frecuentemente y los guardas de tránsito revisan minuciosamente los documentos y las motos, en busca de cualquier pretexto para inmovilizarles las motocicletas. Así lo comento a Publimotos el señor Germán Jurado líder de la Asociación de Motociclistas de Manizales. (Vea también Casco Vozz, un novedoso sistema sin correas)
En igual sentido el Periódico La Patria, cita a la secretaria de gobierno Paula Andrea Sánchez, quien dijo al medio, que debido a antecedentes pasados, cuando hubo agresiones a ciudadanos y violaciones de normas de tránsito en Chipre, en una movilización similar, se les informó que no estaban autorizados. Aclaró que esas movilizaciones se tramitan a través del Tránsito Municipal. Igualmente el responsable de esta cartera, Juan Felipe Álvarez, confirmó que él no recibió solicitud y coincidió con Sánchez en que los antecedentes obligan a las autoridades a adoptar medidas de precaución.
Se informó también que debido a la fuerte presión de los uniformados, a los retenes instalados y a la presencia de grúas, en el sector La Estación, en la Avenida Santander, los manifestantes desistieron de continuar.
Quienes convocaron se quejaron de la acción policial y argumentaron que tenían el derecho a realizar la movilización, pues ya se había informado por escrito a la Secretaría de Gobierno. También pidieron el apoyo de la CUT Caldas. Allí estuvo presente Óscar Orozco, presidente de la organización sindical, quien declaró que la presencia del Esmad y la alta afluencia de agentes del Estado, que superaban a los manifestantes, era desproporcionada. «Vamos a mantener el acompañamiento como CUT a esta y otras movilizaciones de ciudad y seguramente vamos a insistir en que se pueda realizar», anotó Orozco.
De otro lado, Germán Jurado, participante de la protesta, dijo que las inconformidades las vienen manifestando desde hace unos 20 meses. «La respuesta que hemos obtenido de la Secretaría de Tránsito ha sido estos operativos», enfatizó. Víctor Daza, quien hizo parte de los organizadores de la frustrada manifestación, dijo que están programando nuevas formas de protestar, entre ellas un cacerolazo. (Vea también la UM Renegade Sport S fue presentada en Eicma)
Publimotos por su parte pudo comunicarse telefónicamente en la mañana de hoy con el Dr. Andrés Felipe Tabares, abogado de la secretaria de tránsito, quien explicó a este medio que ese despacho está realizando controles permanentes y estrictos sobre todos los vehículos, incluyendo las motocicletas para verificar tanto que la documentación este en regla, al igual que la máquina cumpla con las normas establecidas en el código nacional de tránsito.
También nos confirmó que las restricciones vigentes para los motociclistas de Manizales son la circulación por la carrera 23 entre las calles 17 y 31 y la restricción de circulación de motos después de las 11 de la noche hasta las 5 am, así como de motociclistas que no tengan permisos especiales para hacerlo (mensajeros y personas que trabajan con ese vehículo), adicionalmente los viernes, sábados y domingos desde la 9 pm no se permite el acompañante hombre en las motos. Una medida que va ya para 5 años según nos dijo el Dr. Tabares y para 9 según lo denuncia el señor Germán Jurado.
Igualmente nos comunicamos con Germán Jurado representante de la asociación de Motociclistas de Manizales, quien aseguró que los operativos que realizan los guardas de tránsito, están solamente enfocados hacia los motociclistas y que la persecución es tan fuerte que se han llegado a levantar ordenes de comparendo por usar espejos o forros de lujo en las motos, entre otros temas, y que lo que hay detrás de todo es un negocio montado con las grúas y los patios para generar ingresos a la Secretaría de Transito.
En el mismo sentido, el señor Jurado nos manifestó tener en su poder con los radicados de los documentos mediante los cuales se solicitaron los permisos para la movilización pacífica de motociclistas, a la Secretaria de Gobierno, los cuales también fueron compartidos por los representantes de la CUT y difundidos en los medos de comunicación de la ciudad.
Por otra parte hablamos con varios ciudadanos de Manizales y ellos manifiestan que aunque en los retenes de la policía ven todo tipo de vehículos, los motociclistas si son los más imprudentes y es por ese motivo que las autoridades son más estrictos con ellos.
Con información de La Patria.com
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Normatividad
¡Para los PATIOS! ¿Mal estado de su PLACA? ¿Qué pasa si es así?
Evite tener inmovilizaciones, multas, comparendos, de todo. Cumpla a cabalidad lo que le vamos a destacar en este artículo para que no le tome por sorpresa un suceso. En Colombia, muchos pecan por no conocer lo que pasa en el país en temas de normatividad. Pasa esto, lean.


Es primordial que usted comprenda que las PLACAS son la identificación que el Ministerio de Transporte le destina a un automotor dentro del país. Es este organismo el que se encarga de asignar las series, los rangos y aquellos códigos de verificación que son destinados a cada vehículo que es matriculado en Colombia.
Y que no les pase como se suele ver en “algunos” vehículos que tienen placa solo en la parte frontal y olvidan la posterior; ojo, no en todos los casos pero se suele ver, esto comprende un papel fundamental, es un identificador que cumple la función de “cédula” vehicular tantos para autos como para motocicletas, debe tenerla en la parte delantera como trasera (para vehículos), no es para llevarla en el vidrio panorámico u otros espacios que no están permitidos.
Según el Código Nacional de Tránsito (CNT) no portarlas, llevarlas en mal estado, alterarlas u obstruir con algún elemento su visibilidad, podría ocasionar que el carro sea inmovilizado y el propietario multado.
Lea también: ¡Qué no rueden las motocicletas! | En Jamundí, Valle del Cauca, se restringirá su circulación
Adicionalmente, si la placa se encuentra en estado de deterioro o pierde su legibilidad por el pasar de los años o del uso, no debe retocarlas, está prohibido, nada de repintarla o modificarla con el fin de mejorarla, no, está mal ese procedimiento y le puede acarrear mayores problemas. Lo que usted debe hacer es solicitar un duplicado ante el Servicio Integral para la Movilidad (SIM) para hacer el cambio por una nueva y de buen estado. Al igual que gestionar el trámite en caso de pérdida, destrucción o hurto.
Si se trata de duplicado de placas de vehículos de servicio diplomático, la solicitud debe hacerse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Hay algo aún más delicado, si le llegan a inmovilizar su vehículo se complica la situación, ya que “en los casos en que la placa se encuentre borrada, retocada o dañada, el propietario deberá presentar, para la entrega de su vehículo inmovilizado, la nueva placa, para lo cual deberá surtir el trámite para adquirirla y pagar su costo”, puntualizó el titular de la Secretaría de Tránsito. Esto quiere decir que serán más gastos de días en patios, contando grúa y comparendo. Saque cuentas.
¿Cuánto vale sacar una nueva placa?
En Bogotá les brindamos los siguientes precios, busque en su ciudad el precio actualizado.
– Carro: 2 placas $245.800 / Carro, Remolques y Semirremolques.
– Carro: 1 placa $148.200
– Motocicleta: $92.900
¿Qué documentos necesito presentar?
1. Presentar el documento de identidad original. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía o contraseña*. Para menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente.
2. Formulario de solicitud de trámite diligenciado. (Descargue aquí el formulario)
3. SOAT vigente incorporado en el RUNT.
4. Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.
5. Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).
6. En el caso de persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
7. Cuando el/los trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión, deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.
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Normatividad
Cuando una norma aumentó la cantidad de siniestros y solo sirvió para multar
Los errores que se cometieron con la prohibición de transitar por el carril central con acompañante en Bogotá.


A tener en cuenta:
Fragmento del análisis de la siniestralidad del decreto 331 de septiembre del 2021, que derogó la prohibición de transitar con acompañante en moto dentro de la calzada central (art 2 decreto 035 del 2009)
… A nivel de víctimas graves, se cuenta con 534 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas centrales (motociclistas + acompañantes), y 638 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas laterales (motociclistas + acompañantes), es decir un 19 % más de víctimas de gravedad en las calzadas laterales, a nivel general para el período 2015 a 2020, lo anterior equivale al 3% del total de motociclistas y acompañantes víctimas lesionadas o fallecidos en toda la ciudad.
En adición, en calzadas laterales se presentaron 68 siniestros graves adicionales a los presentados en las calzadas centrales (332 casos comparados con 264 casos). Que, para el caso de los usuarios de motocicleta (motociclistas +acompañante) fallecidos, durante los últimos seis años, una de las interacciones más significativas es con los vehículos pesados sea de carga o buses, que corresponden a 43,3% de las fatalidades de usuarios de motocicleta entre 2015 y 2020, para el caso de lesionados corresponde el 13%. Estos últimos, solo pueden circular por la calzada lateral. Que, al revisar las hipótesis de siniestralidad, con base en los 1PATs (Informe Policial de Accidentes de Tránsito) del periodo entre el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2020, no se evidencia diferencias sustanciales que sugieran la aplicación de una regulación diferenciada entre calzadas, como es la restricción de motociclistas con acompañantes en las vías con calzadas centrales.
¿Qué opina, las alcaldías deben hacerse responsables por el aumento de muertes de motociclistas por la implementación de esta norma?
Texto completo aquí
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Normatividad
¿Se pueden usar luces exploradoras en motocicletas?
Entendemos que en muchas ocasiones diversas motos carecen de una iluminación óptima, por eso uno de los consejos más cotidianos es incluir las conocidas exploradoras.


Casualmente estamos acostumbrados a ver pilotos que incorporan este tipo de luces en sus máquinas, es una práctica muy reconocida. Asimismo ya hay motos que las traen por defecto de fábrica, pero antes de ponerlas en uso debemos conocer las consecuencias, riesgos y normativas a las que estamos ligados para poder tener un correcto uso.
En este apartado nos enfatizaremos en el Artículo 86 de las luces exteriores del Código Nacional de Tránsito Terrestre; en principio, el artículo aclara que todo vehículo debe tener las lámparas exteriores iluminando desde las 6:00 pm hasta las 6:00 am del día siguiente, (cabe aclarar que los motociclistas deberán llevar las luces encendidas las 24 horas del día) para así evitar altercados con la Policía y también brindar más seguridad, ya que son necesarias para dar mayor visibilidad de presencia en los conductores de otros vehículos, esto más que todo en situaciones de contra luz.
Es necesario tener en cuenta que dentro del perímetro urbano (ciudad), se usarán las luces medias, además se pueden utilizar exploradoras siempre y cuando estén iluminando hacia la vía (en dirección al piso), además se declara que deberán ir única y exclusivamente debajo de las defensas de la moto; como hay un vacío en la norma, se entiende que es una referencia de ubicación, ya que no todas las motocicletas incorporan este tipo de accesorio, lo que sí es necesario es tenerlas en la altura adecuada.
La norma define que también se les puede dar uso si están integradas por el fabricante en las luces frontales del vehículo. Se aclara que fuera del perímetro urbano, en este caso en la carretera, se podrán usar luces plenas o altas, en cuestión de las últimas se hace la excepción cuando un vehículo se aproxime en sentido contrario, para así evitar encandelillar a otros actores viales y causar accidentes.
En el escrito oficial se aclara que en carretera se utilizarán luces plenas y altas; por otra parte, también se define que ningún vehículo podrá utilizar luces exploradoras en la parte posterior, en el caso de las motos más arriba del límite de las defensas (como ya se había aclarado). En otro orden de ideas, la resolución 004016 del 5 de septiembre de 2006 resuelve que “Las luces medias exteriores podrán remplazarse por luces exploradoras ubicadas en la parte frontal del vehículo y en ningún caso se podrán suplir por otro tipo de luces tales como cocuyos”.
A continuación, se cita el artículo original del Código Nacional de Tránsito Terrestre.
“Artículo 86. De las luces exteriores. Todo vehículo automotor deberá tener encendidas las luces exteriores a partir de las dieciocho (18) horas hasta las seis (6) horas del día siguiente, y cuando las condiciones de visibilidad sean adversas. Sin embargo, las autoridades de tránsito podrán fijar horarios de excepción. Dentro del perímetro urbano se usará la luz media, y se podrá hacer uso de luces exploradoras orientados sólo hacia la superficie de la vía, cuando estas estén colocadas por debajo de las defensas del vehículo o cuando se trate de unidades integradas por el fabricante en el conjunto de luces frontales del vehículo. Fuera del perímetro urbano podrá usarse la luz plena o alta, excepto cuando se aproxime un vehículo en sentido contrario o cuando la autoridad lo indique mediante la señal de tránsito correspondiente, o cuando la luz plena alcance un vehículo que transite adelante y pueda perturbar su conducción. [Parágrafo. Ningún vehículo podrá portar luces exploradoras en la parte posterior]”.
Debido a las normativas y explicación del uso adecuado de las luces exploradoras ¿las instalarías en tu moto?
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