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Restricciones para las motos en Cartagena y Santa Marta

Limitaciones actuales para la movilidad de los vehículos de dos ruedas en las ciudades de la Costa del Mar Caribe.

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Este medio de comunicación le presenta un listado de las restricciones para los motociclistas en los principales municipios de Colombia. Y es que, si bien, el Artículo 94 del Código Nacional de Tránsito establece una normativa general para la circulación de los vehículos dentro del país, cada administración municipal, como agente de Poder Ejecutivo, puede generar medidas particulares, en caso de necesitarlo; ahora nos vamos a Barranquilla y Santa Marta, ciudades que hacen parte de la Costa del Mar Caribe.

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Cartagena

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Un Pico y Placa continuo y de dos dígitos para todos los días, en el horario comprendido entre las 5:00 a. m. y las 11:00 p. m.; exceptuando a los sábados, domingos y festivos, y presentado el siguiente orden: lunes, placas terminadas en 3 y 4, martes – 5 y 6, miércoles – 7 y 8, jueves – 9 y 0, y viernes – 1 y 2. Esto al menos hasta el primero der abril cuando los dígitos cambiarán respecto al día (empezando los lunes con el 5 y el 6).

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Una restricción de ingreso y circulación, en los Barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní (a excepción de la circulación a la altura de la India Catalina, Avenida Luis Carlos López hasta la Avenida Colón, donde los vehículos deberán seguir por la Calle 30); además de dos Día sin Moto, el segundo y el último viernes de cada mes (exceptuando las motocicletas que sean conducidas por su propietario, quienes nunca podrán conducir con acompañante y mostrar su Licencia de Tránsito en caso de ser requerida por alguna autoridad).

La prohibición de la circulación con acompañante en la Avenida Pedro Heredia, en el tramo comprendido entre la Transversal 54 (Bomba El Amparo) y la Carrera 11 (Monumento a la India Catalina); con excepción de circulación en sus siguientes cruces transversales: intersección de las carrera 14, en sentido norte-sur; carrera 17, en sentido sur-norte; carrera 21, en sentido norte-sur y sur-norte; y la carrera 50, también, en doble sentido. Además de la prohibición de circulación nocturna en todo el Distrito de Cartagena, para los horarios comprendidos entre las 11 de la noche y 5 de la mañana.

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Entre tanto, se destaca, al menos para el caso de la Avenida Pedro Heredia, que lo propietarios podrán realizar la inscripción hasta de 5 acompañantes, ante el Departamento Administrativo de Tránsito y Trasporte, permitiéndoles saltarse la norma… solo en dos bloques horarios: entre las 7:00 a. m. y 10:00 a. m., y las 5 de la tarde y 8 de la noche.

Santa Marta

Aparece:

Un Pico y Placa continuo y de cuatro dígitos para todos los días, en el horario comprendido entre las 7:00 a. m. y las 7:00 p. m.; exceptuando a los sábados, domingos y festivos, y presentado el siguiente orden: lunes, placas terminadas en 1, 2, 3 y 4; martes – 5, 6, 7 y 8; miércoles – 9, 0, 1 y 3; jueves – 3, 4, 5 y 6; y viernes – 7, 8, 9 y 0. Además de la restricción a la circulación de motocicletas los día 22 de cada mes, en el horario comprendido entre las 7:00 de la mañana y las 7:00 de la noche.

Una restricción a la circulación en el Centro Histórico de la ciudad: la Carrera 5, en el tramo comprendido entre la Calle 22 y la Avenida del Ferrocarril. Y la prohibición al estacionamiento sobre la vía pública

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