Restricciones
Si de paseo te vas, ojo a las restricciones que encontrarás
Cada fin de año, con motivo de las fiestas decembrinas y la temporada turística, las diferentes ciudades del país determinan, a través de decretos y normativas temporales, restricciones a la movilidad, especialmente de motos con el pretexto de garantizar el flujo vehicular, evitar accidentes y controlar la seguridad.

En Cartagena, donde ya existe el día sin moto, se suspendió esta restricción durante todo el día únicamente el 30 de diciembre de acuerdo con el decreto 1734 del 23 de diciembre de 2022. Si usted va a la ciudad amurallada tenga en cuenta que la medida de pico y placa, reglamentada por el Decreto Distrital 0522 del 31 de marzo de 2022, establece los días de restricción de acuerdo al último dígito de la placa, además esta medida es rotativa.
En Santa Marta las motos no pudieron circular el pasado 24 de diciembre y tampoco podrán hacerlo este 31. Mediante el Decreto 337 de diciembre 2022, la Alcaldía de Santa Marta prohibió la circulación de los vehículos tipo motocicleta, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, en vías públicas y privadas abiertas al público del área urbana del Distrito de Santa Marta, desde las 6:00 pm del 24 de diciembre del 2021 hasta las 4:00 am del 25 del mismo mes y desde las 6:00 pm del 31 de diciembre hasta las 4:00 am del 1 de enero del 2023.
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La capital del Atlántico, Barranquilla, le madrugó desde el mes de noviembre a las restricciones de fin de año. A través del Decreto 0434 del 28 de octubre de 2022 y el cual está en vigencia hasta el 31 de octubre de 2023 la alcaldía de la arenosa prohibió la circulación y/o tránsito de motocicletas, motociclos y motocarros en Barranquilla queda restringida todos los días de la semana entre las 11:00 p.m. y 5:00 a.m. del día siguiente. Se permite la circulación cuando el propietario es conductor y puede llevar acompañante siempre y cuando esté inscrito. Además, prohibió la circulación y/o tránsito de motocicletas, motociclos y motocarros en el cuadrante delimitado por la Calle 30 desde la Carrera 45 hasta la Carrera 38; la Carrera 38 desde la Calle 30 hasta la Calle 45 (Avenida Murillo). La calle 45 (Avenida Murillo) desde la carrera 38 hasta la carrera 45 y la carrera 45 desde la calle 45 (Avenida Murillo) hasta la calle 30. Para facilitar el acceso a las zonas comerciales y actividades relacionadas a las motocicletas, los conductores podrán circular sin acompañante y sin necesidad de permiso especial, entre las 7:00 a.m. y 7:00 p.m.
En Medellín y el Valle de Aburrá, se levantó la medida de pico y placa mediante el decreto 1170 de diciembre 22 de 2022. La medida fue levantada en su totalidad desde el 23de diciembre y hasta el 16 de enero de 2023. Al día siguiente empezará una nueva rotación de la medida de pico y placa, razón por la cual debe estar próximo a salir el decreto que lo reglamenta.
En Cali mediante el decreto 615 de 2022 se adoptó la prohibición a llevar acompañante hombre mayor de 14 años, durante las 24 horas de día los siete días de la semana. La medida está establecida hasta el mes de marzo de 2023.
Mediante el Decreto 0574 de 01 de abril de 2022 la alcaldía de Pereira estableció el pico y placa para motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos de acuerdo con el primer dígito de la placa. Así las cosas, los días lunes no podrán circular las placas con número 0 y 1, los martes será para los números 2 y 3, los miércoles 4 y 5, los jueves 6 y 7 y los viernes la restricción es para 8 y 9.
En Armenia se decidió prorrogar por cuatro meses más la restricción al acompañante hombre en moto en el centro de la ciudad. El pico y placa que cobija a vehículos y motocicletas se aplica de acuerdo al último número de la palca. Los lunes le corresponde a las terminadas en 3 y 4, los martes 5 y 6, los miércoles 7 y 8, los jueves 9 y 0 y los viernes 1 y 2. La restricción está dispuesta en tres horarios 7:00 AM a 9:00 AM, 11:30 AM a 2:00 PM y 5:30 PM a 7:00 PM.
En Manizales solo existe la restricción a la movilidad nocturna, después de las 11:30 PM, la alcaldía expide un permiso especial de circulación, pero solo es otorgado a personas que por sus actividades laborales lo requieran.
La capital del departamento de Nariño, Pasto, expidió el pasado 9 de diciembre el decreto 0491 con el cual restringe la movilidad en motocicleta en la ciudad. El texto de la determinación indica que se restringe el tránsito de motocicletas de todo cilindraje en la ciudad de San Juan de Pasto, en los días y horarios que se indican a continuación: Desde las siete de la noche (07:00PM) del día sábado veinticuatro (24) de diciembre del 2022 hasta las cuatro de la mañana (04:00am) del día lunes veintiséis (26) de diciembre de 2022. desde las siete de la noche (07:00pm) del día sábado treinta y uno (31) de diciembre del 2022 hasta las cuatro de la mañana (04:00am) del día lunes dos (2) de enero de 2023. desde las seis de la mañana (06:00am) del día miércoles cuatro (4) de enero del 2023, hasta las cuatro de la mañana (04:00am) del día sábado, siete (7) de enero de 2023
La ciudad bonita, Bucaramanga, ha sido amigable con los motociclistas durante este fin de año. De acuerdo con la información suministrada por la oficina de prensa de tránsito entre las 10:00 PM hasta las 3:00 AM no se puede circular de jueves a sábado en el sector de Cabecera (carrera 33 a la 36 entre calles 48 y 52)
En Villavicencio a través de su portal web con un banner en su página de inicio, la secretaría de movilidad de la capital llanera indica que no hay restricción a la movilidad de motocicletas en la ciudad. Aclara que la medida estará sujeta a seguimiento y control.
En Neiva no hay restricciones, mientras que en Ibagué se mantiene la prohibición de acompañante de manera indefinida desde las 11:00 p.m. a 5:00 a.m. todos los días hasta nueva fecha. Por su parte en Tolú, hay restricción al tránsito de vehículos particulares (incluidas las motocicletas) en el sector denominado el Gran Malecón y el centro de la ciudad (Carrera 2 entre calles 15 y 16, Avenida primera entre calles 12 y 15, calle 14 entre carreras 2 y 4).
Por. Nixon A. Carranza P.
@nixoncarranza
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