Nacional
Ya no hay que portar ningún documento físico para manejar
Mediante una circular, el Ministerio de Transporte afirmó que basta con presentar los datos de la consulta en línea y en tiempo real del Registro Nacional Único de Tránsito (RUNT).

De acuerdo a la circular No 20221010000601 del 3 de enero de 2022, se aclaró que la licencia de conducir y la licencia de tránsito del vehículo, mal llamada tarjeta de propiedad, podrán ser contrastadas con los datos que reposan en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
Lo anterior se hace después de que el Ministerio analizara las implicaciones del verbo “Portar”, pues la ley establece que efectivamente el conductor del vehículo debe “portar”:
• Cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad o pasaporte según sea el caso.
• Licencia de Conducción.
• Licencia de Tránsito.
• Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
• Certificado de Revisión técnico-mecánica y de gases
En ese sentido, la Real Academia Española de la Lengua Española RAE indica que el verbo (portar) significa “tener algo consigo o sobre sí”. Entonces, la palabra no es sinónimo de que se lleve en físico. A esto hay que sumar, que tampoco hay una normatividad explicita que así lo solicite, en contraste con los mensajes de datos derivados de la consulta en línea y en tiempo real del RUNT, los cuales deben recibir el mismo tratamiento que un documento físico consignado en un papel y debe otorgársele la misma eficacia jurídica. Tanto el documento físico, como la consulta en la base de datos, son considerados originales frente a la ley.
De la misma manera, los argumentos anteriormente señalados, fueron parte del marco jurídico que dio paso al porte del SOAT digital hace unos años, y más recientemente al certificado de Revisión Tecnicomécánica y de Gases; ambas, entregadas únicamente de forma digital, con un código QR que facilita su autenticidad.
¿Qué le debo mostrar a un policía o agente de tránsito cuando me detiene?
Siempre es recomendable llevar la cédula o cualquier otro documento de identidad consigo, no obstante, todos los requerimientos relacionados con el vehículo, como la Licencia de tránsito, la de conducción, el SOAT y el certificado RTM, podrán ser presentados de manera digital. El link para acceder a la información es:
https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaVehiculo
¿Qué pasa si no tengo acceso a internet en caso de consulta?
El Ministerio de Transporte recomienda tomar medidas antes de iniciar su viaje, llevando consigo las licencias físicas. En el caso del SOAT y la revisión técnico mecánica, basta con tener a la mano el código QR.
Sobre el tema, así se expresó la ministra de transporte, Ángela María Orozco. “Esta es una medida que beneficia a todos los conductores que se veían expuestos a la inmovilización del vehículo y a una multa si no llevaban en físico su licencia de conducción o la licencia de tránsito del vehículo. El Ministerio sigue haciendo uso de las herramientas tecnológicas existentes para facilitar la vida de las personas”
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