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¿Quieren que desaparezcan las bicicletas con motor? | Distrito dio a conocer nuevo reglamento

La Secretaría Distrital de Movilidad, por medio de la Resolución 160 de 2017, adoptará nuevas medidas para los ciclomotores, los cambios son estrictos y quienes deseen hacer peticiones o modificar algunos apartados lo podrán hacer hasta el 16 de marzo. Les contamos.

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Desde el viernes 10 de marzo, se dio a conocer por medio de la Secretaría de Movilidad de Bogotá, un documento que aún no se ha hecho oficial debido al plazo que le dan a las personas para hacer sugerencias, sin embargo, después del 16 de marzo se entregará al público la decisión final, pueden haber agregados o quitar algunos, solo resta esperar que sucede en los posteriores días.

Es así como habrá mano dura para los ciclomotores o bicicletas con motor en Bogotá, ojo a estas especificaciones; si tienen un motor de menos de 50cc (a combustión)  y una potencia inferior a 4 kilovatios (motores eléctricos), el reglamento se pone más estricto, quienes conduzcan estos vehículos deberán portar su respectiva licencia de conducción, la revisión tecno mecánica, el SOAT, el permiso de movilidad de dicho transporte, entre otras medidas de precaución en la vía.

Es notable que el país está en busca de una transición hacia las energías sostenibles, está en el proceso de aportar a la mejora en calidad del aire, dentro de la resolución hay algo que menciona este tema: “deberán circular en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad. Lo cual incluye, entre otros, dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que reflecte luz roja, direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica”.

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¿Cuáles son las novedades más importantes que tiene que saber?

Pues bien, partamos por comprender el Artículo 3, donde trata las definiciones; allí se especifica el tipo de vehículo y sus medidas para tener en cuenta y que no se presenten problemas con algún agente de movilidad o de tránsito.

Bicicleta: “vehículo no motorizado de dos (2) o más ruedas en línea, el cual se desplaza por el esfuerzo de su conductor accionado por medio de pedales”.

Bicicleta con pedaleo asistido: “bicicleta equipada con un motor eléctrico auxiliar con potencia nominal continua no superior a 0,35 kW, que actúa como apoyo al esfuerzo muscular del conductor. Dicha potencia deberá disminuir progresivamente conforme se aumente la velocidad del vehículo y se suspenderá cuando el conductor deje de pedalear o el vehículo alcance una velocidad de 25 km/h, el peso nómina de una bicicleta asistida no deberá superar los 35 kg”.

Respecto a este aparte de la resolución, por la unidad que se expresa de potencia de 0,35 kW se supone que se refiere a vehículos eléctricos, más en este apartado no lo precisa, queda la duda entonces de las bicicletas con pedaleo asistido con motor de combustión.

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Ante esto, no se entiende cual fue la capacitación que les dejaron a los agentes de tránsito para poder diferenciar los dos tipos de vehículo: bicicleta con pedal asistido, porque uno llevan motor eléctrico y otro un motor de combustión, que por cierto, estos últimos son de 2T que contaminan muchísimos más que uno de 4T.   

Cuadriciclo: “vehículo automotor de cuatro ruedas, con estabilidad propia, cuya masa en vacío sea inferior o igual a 45 kg para vehículos de transporte de personas o 600 kg para vehículos con posibilidad de transporte de mercancías dentro del chasis y cuerpo del vehículo, sin incluir la masa de las baterías para los vehículos eléctricos y con un motor de cilindrada mayor a 50cc o cuya potencia sea inferior o igual a 15 kW para los que cuentan con motor eléctrico”.

Motociclo ciclomotor o Moped: “vehículo automotor de dos (2) ruedas, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50cc si es de combustión interna ni potencia nominal superior a 4 kW si es eléctrico”.

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Triciclo: “vehículo no motorizado de tres (3) ruedas, accionado con el esfuerzo del conductor por medio de pedales”.

Triciclo con pedaleo asistido: “triciclo equipado con un motor auxiliar con potencia nominal continua no superior a 0,50 kW, que actúa como apoyo al esfuerzo muscular del conductor. Dicha potencia deberá disminuir progresivamente conforme se aumente la velocidad del vehículo y se suspenderá cuando el conductor deje de pedalear o el vehículo alcance una velocidad de 25 km/h, el peso nominal de un triciclo asistido no deberá superar los 270 kg”.

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Tricimoto: “vehículo automotor de tres ruedas, con estabilidad propia y chasis de triciclo, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50cc, si es de combustión interna y de potencia nominal no superior a 4 kW, si es eléctrico, cuya masa no es superior a 270 kg y cuyo número máximo de acompañantes es igual a 3 incluido el conductor”.

Comprendiendo lo dicho anteriormente, vámonos a las condiciones de circulación, para ello, usted podrá ir directamente al Artículo 8 de la misma resolución, en tránsito, el nuevo escenario será el siguiente:

1. Deberán circular en óptimas condiciones mecánicas ambientales y de seguridad. Lo cual incluye entre otros dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que reflecte luz roja, direccionales, espejos, retrovisores, placa y señal acústica.

2. Deben transitar por el centro del respectivo carril.

3. No podrán transitar sobre las aceras o andenes ciclo vías ciclorrutas o cualquier tipo de ciclo infraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas ni por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.

4. Los conductores y acompañantes deberán en todo caso transitar portando casco conforme a la reglamentación existente en términos de calidad y durabilidad de cascos para motociclistas.

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5. Después de las 18:00 y antes de las 06:00 o cuando las condiciones de visibilidad lo ameriten los conductores y acompañantes deberán portar chaleco refractivo.

6. Licencia de Tránsito del vehículo.

7. Seguro obligatorio — SOAT.

8. Certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.

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De no cumplir con lo antes mencionado, usted se verá afectado por las sanciones, tal cual lo dicta el documento: “los conductores de los vehículos que no acaten las condiciones previstas en la presente Resolución, serán objeto de las sanciones señaladas en la Ley 769 de 2002 o la norma que la adicione, modifique, sustituya o la reglamente”.

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¿Existen excepciones?

“La presente resolución no será aplicable al siguiente tipo de vehículos”:

– Vehículos cuya velocidad máxima por construcción no supere los 6 km/h.

– Vehículos destinados exclusivamente a ser utilizados por personas en situación de discapacidad.

– Vehículos destinados exclusivamente a la competición.

– Vehículos agrícolas o forestales.

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– Vehículos destinados fundamentalmente al uso en todo terreno y concebidos para circular en superficies no pavimentadas.

– Vehículos que carecen de una plaza de asiento como mínimo.

– Vehículos autoequilibrados.

– Bicicleta y bicicleta con pedaleo asistido.

Vehículos diseñados y fabricados para ser utilizados por las fuerzas armadas, los servicios de protección civil, los servicios de bomberos, las fuerzas responsables del mantenimiento del orden público y los servicios médicos de urgencia.

¿Habrá acciones pedagógicas para incentivar el uso del casco?

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Por supuesto, esa es una de las tareas que se vienen de cara a estas nuevas modificaciones, hay que entender que todo es cultura y educación, no será nada fácil imponer nuevas conductas para estos ciudadanos y que de un día para otro se cumpla, ojala fuera así pero es un proceso. Sin embargo, en esta resolución en sus páginas finales hacen mención a ello.

“Las autoridades territoriales tendrán que incentivar el uso del casco a través de campañas pedagógicas y determinar los casos en los que su uso, por prudencia requiera su obligatoriedad en las áreas rurales y urbanas de sus respectivos municipios, considerando en todo caso conceptos como pacificación vial, la salvaguarda de velocidades máximas de operación en las vías urbanas, la adecuada señalización, la implementación de infraestructura que promueva el tránsito calmado y el cumplimiento de las normas viales y de cultura ciudadana como medidas más eficaces de protección de la integridad física de los ciclistas”.

En los vehículos de 3 y 4 ruedas ya sean asistidos o no, con motor eléctrico o de combustión, se lee como en esta resolución la Alcaldía le está dando permisividad a que cumpliendo los requisitos de dicho acto administrativo, puedan circular por las calles, la incógnita es, ¿dónde quedan las certificaciones de estandarización u homologación? que son los estándares mínimos requeridos desde el punto de vista ambiental, técnico y de seguridad que deben cumplir estos vehículos.

Le está dando cabida a los vehículos hechos en Colombia, con partes usadas en muchos casos y eso no está permitido. Estos tendrán problemas para poder portar su revisión técnico mecánica o emisiones contaminantes, porque difícilmente podrán pasar y tener su licencia de circulación.

En la resolución menciona la licencia de tránsito, vale aclarar que en el documento indica cierta variedad de vehículos, ante ello, dice lo siguiente: “que igualmente el artículo 34 de la Ley 769 de 2002, establece que en ningún caso podrá circular un vehículo automotor sin portar la licencia de tránsito correspondiente”.

Hay que asumir que los costos subirán para quienes adquieran o tengas este tipo de transportes, si hacemos un caso particular habría que sumarle gastos de licencia de conducción, de SOAT, de tecno, de ponerle luces, direccionales y espejos, son varios elementos que deben de ir y que hay que tenerlos presentes para poder transitar sin problema.

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Además, nos tomamos la tarea de consultar unos CDAs para validar si ellos se encuentran realizando la revisión técnico mecánica a vehículos como tricimotos, cuatrimotos, motos eléctricas asistidas o no, ante eso, los siguientes centros de diagnóstico automotor respondieron que no tienen los elementos correspondientes para hacerlo.

– CDA CentroRev S.A.

– CDA Seikou – Revisión Técnico Mecánica

– CDA S.A. – CENTRO DE DIAGNOSTICO AUTOMOTOR S.A.

– CDA Motos Calle 63

– CDA Revimotos

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Otro punto es el siguiente, motores de 2T de generación antigua, contaminan más el aire, si tanto les preocupan, ¿porque no los regulan? No los metieron en la resolución y es un tema sumamente delicado. 

Finalmente, recuerde que usted puede hacer sugerencias para darle modificación al documento final, el plazo es hasta el 16 de marzo, si gustan pueden ingresar al siguiente link https://legalbog.secretariajuridica.gov.co/regimen-legal-publico#/acto-admin-publico/676, allí dejan sus inquietudes y los cambios que desean observar, no siendo más, preste mucha atención a lo antes dicho para que se prepare para lo que viene en Bogotá.

Consute la resolución aquí

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Esto pagan en América por un galón de ACPM. ¿Qué tanto afecta a Colombia?

Tras el paro camionero y las altas problemáticas generadas a la fecha. Nos sujetamos a lo que compartió el Senador Antonio Correa sobre los precios del ACPM en este continente. Atención a esto.

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Esto pagan en América por un galón de ACPM. ¿Qué tanto afecta a Colombia?

Colombia, país que desde el 2020 en enero, no evidencia un incremento en el valor por galón del diésel, pues bien, hay una gráfica que nos demuestra como están esos costos en otros país en relación al nuestro. Si se hace un análisis allí, el Gobierno Nacional tiene sentido con intentar subir el valor.

PubliMotos no hace parte de ningún partido político ni apoyamos nada de esto, solo hablamos de una realidad que se vive en el país, de momento, hay un déficit de $56 billones, eso quiere decir que desde el Gobierno de Iván Duque, mes a mes sigue una deuda de $1 billón.

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¿Cómo están los costos de ACPM?

Les mostramos como está la tabla de costos, estamos en la casilla número 18 de 20 que se reflejan.

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¡OFICIAL! Se suspende incremento del ACPM en Colombia. ¿Qué debe de saber?

Tras el escándalo y el caos generado por el paro de camioneros, el Gobierno Nacional se vio obligado a tomar medidas. Se suspende el alza del precio en el combustible. Les contamos.

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¡OFICIAL! Se suspende incremento del ACPM en Colombia. ¿Qué debe de saber?

Han sido muchos los problemas y estragos ocasionados por el gremio de camioneros a diferentes sectores del país. Bucaramanga es una de las ciudades que más afectada se ve, la vía hacia Cúcuta también, de Bogotá a Villavicencio se presentan bloqueos y ni hablar de los alrededores de la capital colombiana. Urge un espacio de diálogo para tomar medidas.

¿Qué pasará con el paro camionero?

Pues bien, la Ministra de Transporte, María Constanza García, lanzó una propuesta de suspender incrementos en el precio del ACPM. Tras este pronunciamiento, se debe informar que a esta hora se congela el supuesto aumento y se irán distintos líderes del gremio a unas mesas de trabajo para definir qué harán.

La reunión se llevó a cabo el día de hoy, 3 de septiembre de 2024, pero ojo señor ciudadano, sigue en pie el aumento de $1.904 por galón de ACPM; solo que de momento deberán tomar medidas que no afecten más a la población.

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¿En América como están los precios del ACPM por país?

Para Colombia, de momento hay un déficit de $56 billones en las finanzas del país. Todo esto se debe a que en enero de 2020, el Gobierno de ese entonces, el de Iván Duque, congelara por completo el incremento del ACPM y afectará a la fecha a toda una nación. Según informa el Senador Antonio Correa.

Ahora bien, este territorio está ubicado en la casilla número 18, pagando un precio de galón económico, les dejamos la tabla para que saquen sus propias conclusiones.

Eso no es todo, el día de hoy, el Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, se refirió a este tema diciendo lo siguiente: “es una decisión inevitable, dolorosa. Es una decisión, que obviamente, este Gobierno no hubiera querido tomar, pero se hace absolutamente necesaria por la situación fiscal de Colombia”.

El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, publicó un video donde habla de los estragos ocasionados por este paro de camioneros, vean y escuchen.

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Los Tuit del Presidente de la República, Gustavo Petro

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Eso no es todo, la Fiscalía General de la Nación, abre indagación por 36 bloqueos a vías públicas ocasionadas por el paro camionero.

Sin más qué, los dejamos con el siguiente video que habla de un nuevo paro que harán diferentes conductores de motos el día 04 de septiembre en Bogotá desde las 8:00 a.m., punto de encuentro: Biblioteca Virgilio Barco.

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Esta es la nueva moto Honda CB190R 2.0 en Colombia | Conozca su precio

La Expo2Ruedas trajo sorpresas para sus visitantes. Pues bien, PubliMotos llegó hasta el stand de Honda y vaya sorpresa; nos encontramos la nueva Honda CB190R 2.0. Les brindamos más detalles.

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Esta es la nueva moto Honda 190 en Colombia | Conozca su precio

Esta 2.0 es la evolución de la generación, cambió toda su línea. Afuera se conoce como la Hornet. Esta máquina cambia, es más afilada, no pierde sus rasgos robustos. Tiene muy buenos detalles, se ve que le trabajaron bastante en eso. No es muy alta, perfecta para la ciudad, el trabajo y, porqué no, salir a hacer turismo.

Cuenta con un tablero retroalimentado en azul y blanco, invertido, grande, donde muestra toda su información, lo básico. Trae suspensiones invertidas en color dorado marca Showa; de máxima calidad, atrás un mono amortiguador ajustable. Cuenta con discos en ambas ruedas y ABS mono canal. Posee pinzas Nisin en ambas ruedas. Tiene llantas MRF, atrás de 140 y adelante 110, la hace ver ancha.

Imágenes en detalle de la Honda CB190R 2.0

Esta moto es 100% LED teniendo luces de parqueo, algo ganador, bien por Honda. Su sillín es de dos niveles. Un exosto corto, minimalista, de menos a más. Da buenas sensaciones a la hora de observarla y porque no, al conducirla cuando próximamente la tengamos en prueba para PubliMotos.

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La Honda CB190R 2.0 tiene en 4 presentaciones de colores: el negro, banco, rojo y quizá un azul. (Último color por confirmar).

Precio: para la Expo2Ruedas costaba  $12.190.000, de momento no se confirma un valor final, seguimos a la espera por parte de la compañía.

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