Normatividad
ULTIMA HORA, se ordena suspender la base gravable del impuesto de vehículos
Consejo de estado ordena suspender la base gravable del impuesto de vehículos
“No se puede seguir cobrando por parte del Ministerio el impuesto, porque la base gravable se encuentra suspendida” afirmó Danilo Rojas, presidente del Consejo de Estado

La Sala unitaria de la Sección Cuarta, del Consejo de estado, a cargo del magistrado Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, emitió una medida cautelar de urgencia consistente en la suspensión de la Resolución 5358 del 30 de noviembre de 2015, por la que el Ministerio de Transporte estableció la base gravable del impuesto de vehículos para el año 2016.

Comunicado de Prensa del Ministerio de Transporte 034
Bogotá, D.C. 16 de febrero del 2016.
1. El Ministerio de Transporte ha conocido, a través de un comunicado de prensa del 16 de febrero, una medida cautelar proferida por el Consejo de Estado que suspende de manera temporal los efectos de la Resolución 5358 del 30 de noviembre de 2015, por la que se estableció la base gravable del impuesto de vehículos para el año 2016.
2. El Ministerio es respetuoso de las decisiones judiciales y manifiesta su disposición de acatar lo resuelto por el Alto Tribunal.
3. Tal como se dio a conocer la semana pasada, el Ministerio de Transporte adoptará mediante resolución las nuevas bases gravables para el 2016, teniendo en cuenta las disposiciones del mercado y conformes con el mandato de Ley. En esta resolución se incorporan y quedan recogidas las observaciones de la Procuraduría General de la Nación, los gremios del sector automotriz, las Gobernaciones y las Secretarías de Hacienda Departamentales y del Distrito Capital (Bogotá). El proyecto de la nueva disposición podrá ser consultado en la página web www.mintransporte.gov.co (Normatividad/Resoluciones) a partir de mañana, 17 de febrero.
La Sala unitaria de la Sección Cuarta, del Consejo de estado, a cargo del magistrado Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, emitió una medida cautelar de urgencia consistente en la suspensión de la Resolución 5358 del 30 de noviembre de 2015, por la que el Ministerio de Transporte estableció la base gravable del impuesto de vehículos para el año 2016.
La medida ha recaído en el proceso de nulidad interpuesto por la Asociación Colombiana de Usuarios de Vehículos Particulares en contra de dicha Resolución 5358.
El fundamento central de la medida cautelar estriba en que esa Sala unitaria de la Sección Cuarta del Consejo de Estado ha encontrado prueba de la expedición irregular, por falta de motivación y por inexistencia de trámites previos de divulgación de la Resolución 5358.
La medida es provisional y posteriormente el Ministerio de Transporte podría presentar argumentos en favor de la legalidad del acto.
El presidente del Consejo de Estado, Danilo Rojas, dijo a la W que en este momento los colombianos no están obligados a pagar el impuesto vehicular por cuenta de una medida cautelar de suspensión que pesa sobre la resolución del Ministerio de Transporte que fijó la base gravable para los vehículos en la vigencia 2016. “No se puede seguir cobrando por parte del Ministerio el impuesto, porque la base gravable se encuentra suspendida”, afirmó Rojas.

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