Nacional
¿Una regulación del Gobierno entrante prohibirá el ‘parrillero’?
Primero; es importante aclarar que la forma correcta, sería: ‘acompañante’. Segundo; se supone que la norma se había estipulado hace algunos años, ¿o no? Identifiquemos la situación.
Como lo anuncian otros medios de comunicación, y ante las escabrosas cifras fatales que se presentan en Colombia, al año, por accidentes de tránsito (una 7.000 personas muertas); aparentemente, desde el Congreso de la República se tomarían medidas. Desde lo que se ha podido saber, el senador Roy Barreras radicaría un proyecto de ley que garantizaría la Seguridad Vial; considerando que la siniestralidad en carretera, ya se convirtió en la primera causa de muerte nacional… y es que, según el también presidente del parlamento: “en 2021 se presentó la mayor cifra de fallecidos por cuenta de accidentes de tránsito en la última década”.
Realmente, la catalogada como “ambiciosa propuesta” contiene todo un marco de medidas que intentarían frenar la tasa de accidentalidad y “poner en cintura a los conductores del país”. Aun así, más allá de las buenas intenciones del senador, lo que más llamó la atención a la Opinión Pública tendría que ver con la prohibición para llevar a los menores de 10 años como acompañantes. Aun así, “… todos son muertos inocentes y prevenibles, los siniestros viales siempre ocurrirán, pero se pueden evitar las muertes y las lesiones graves”, agregó Barreras… Entonces, nosotros nos preguntamos: acaso, ¿no hablamos de una normativa que ya aparecía en el espectro de las leyes de tránsito colombianas?
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Un tema bastante especulativo. Si bien es claro que el Decreto número 979 del 10 de junio de 2022, autoriza a los gobernadores y/o los alcaldes, del territorio nacional, para restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones, motocicletas, o de estas con acompañantes, durante el periodo que se estime conveniente; el artículo 2 de la Ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), se define la motocicleta como el vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el conductor y un acompañante… Se sabe, por ejemplo, que en la ciudad de Bogotá se restringió el tránsito de motocicletas, moto triciclos, cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros con acompañantes menores de diez (10) años y/o mujeres en estado de embarazo mediante el decreto 035 de 2009 (Artículo 1).
El tema de las restricciones de movilidad para las motocicletas en Colombia lo hemos explorado ampliamente; mírelo aquí, y la situación nos alienta a pensar que la solución iría más al ejercicio del fortalecimiento de las normativas vigentes (eso, sin desconocer la problemática)… entre tanto, y volviendo a las intenciones del parlamentario; en adicional, la “propuesta” intentaría promover requisitos adicionales para las personas interesadas en acceder a la Licencia de Conducción (esos nuevos conductores): “tener por los menos 21 años cumplidos y aprobar el examen teórico y práctico de conducción, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte”, fueron las palabras del mismo Barreras.
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¡VIDEO! Así fue el accidente en donde murió motociclista en Salto del Tequendama
Tristeza y dolor es lo que acompaña en estos momentos a los familiares de estos motociclistas. Un hombre y una menor de edad son los implicados de tan trágico hecho. Les contamos.
Un día como cualquiera, así iniciaba la mañana de Jeyson David Quevedo Salcedo y una mujer menor de 17 años, sin saber lo que les esperaría en cercanía al famoso Salto del Tequendama – Cundinamarca. Se transportaban en moto, quizá un mal cálculo, vía en mal estado, fallo de frenos o exceso de velocidad, en fin, tantas cosas que aún no se confirman y que son materia de investigación, dieron con la muerte del hombre y el susto y rescate de la joven.
En el lugar no murió el conductor, les contamos que la moto chocó contra un muro de seguridad y es ahí donde la mujer sale volando aproximadamente unos 100 metros al abismo, ella sobrevive gracias al rescate oportuno de las Unidades de bomberos y la Cruz Roja. El hombre, quien fue trasladado gravemente a un hospital de Soacha. Perdió la vida minutos más tarde.
Álvaro Farfán, capitán delegado departamental del Cuerpo de Bomberos de Cundinamarca, comentó lo siguiente:“esta mañana me llamó la atención sobre un incidente de motocicleta. (…) Al llegar al sitio se pudo evidenciar que el conductor se encontraba en grave estado. Fue evaluado y trasladado a un centro asistencial donde lamentablemente perdió la vida”.
El peligro del Salto del Tequendama
Año tras años, hombres, mujeres, familias, carros, motos, de todo se va por el abismo, ahora mucho menos que antes por las fuertes acciones de seguridad que han ido implementando, pero ese sector tiene un pasado aterrador. Cientos de familias lo recuerdan con tristeza y dolor. Hoy no fue la excepción.
PubliMotos lamenta el fallecimiento de esta persona y deseamos una pronta recuperación para la joven que hoy tuvo una nueva oportunidad de seguir luchando. A las familias, amigos y cercanos, que sea Dios dándole fortalezas para sobrellevar este momento.
Sin duda, los caminos de la vida, no son lo que ellos esperaban.
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¿Puedo girar a la derecha en un semáforo en rojo? | Le resolvemos la duda
Si se ha preguntado si girar a la derecha con un semáforo en rojo está permitido, le contamos sí está o no permitido.
Mucho hemos escuchado sobre el famoso giro a la derecha si estamos en un semáforo, pero usualmente los motociclistas temen a ser multados. Les resolvemos la duda.
El experto que nos habló del tema fue el Señor Biter, conocido por su constante apoyo a los conductores que sufren por la desinformación.
El creador de contenido nos explicó que en el artículo 118 del Código de Tránsito está establecida la regla que habla sobre los giros a la derecha que muchos conductores hacen en un semáforo en rojo.
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El giro a la derecha sí está permitido siempre y cuando se respeten dos reglas fundamentales, la primera es que el conductor debe asegurarse que no haya actores viales o peatones al momento de dar el giro, ellos tienen la prelación.
Lo segundo, es que no exista una señalización previa que prohíba el giro. Respetando estas dos reglas, sí puede girar a la derecha sin importar si el semáforo está en rojo.
Como consecuencia de no acatar algunas de estas reglas y se cometa la infracción, el motociclista o conductor, podrán enfrentar una multa de hasta $1.145.000.
Cabe mencionar que, si esta infracción es cometida por un motociclista, la moto será inmovilizada y tendrá que cubrir todos los gatos que esta acción acarrea. Evítese el dolor de cabeza.
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Esta es la razón para no ir donde mecánicos de barrio. Le dañaron la moto al motociclista
Una triste historia vivió un motociclista que por ahorrarse dinero quedó varado con su moto en medio de una carretera.
¡Lo barato sale caro! Por más que nos repitamos esa frase siguen sucediendo situaciones que nos llevan a adquirir un producto o servicio de poca reputación. Así le pasó a un motociclista que se lamentó ahorrarse unos pesos con su moto.
En medio de nuestro viaje por carretera nos encontramos con un señor dueño de una Suzuki Gixxer, la cual fue llevada a un mantenimiento habitual en un taller en la ciudad musical, Ibagué, para dirigirse a trabajar a Bogotá.
Sin embargo, en medio de la vía llegando a Girardot se le empezó a regar el aceite, ¿Qué pasó?
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Varado con su moto en medio de la carretera
Según lo que vimos el tapón del cárter quedó mal ajustado y por las vibraciones de la moto, éste se soltó y ocasionó un desastre en medio de la carretera. La situación dejo como resultado el motor fundido; un arreglo para nada económico.
“Llévala a un buen técnico, con certificados”, fueron las contundentes palabras de Alejandro Rubio, luego de conocer el infortunio del compañero motociclista que quedó varado.
En el momento de nosotros publicar el video, el dueño de la moto estaba esperando un servicio de grúa para transportar su máquina hasta Chicoral, Tolima.
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