Nacional
Dentro de la nueva Reforma Tributaria: Los morosos de multas de tránsito tendrán descuento
La “Ley de Inversión Social”, como fue bautizada la reforma tributaria 2.0, tiene contemplado que los deudores de multas de tránsito o de pagos a la DIAN e impuestos tengan beneficios de pago.

En este momento la nueva reforma tributaria prácticamente es un hecho, ya que solo falta el trámite de la sanción presidencial para que el proyecto pase a ser Ley de la República, y con ello, se instaure una política de recuperación de cartera enfocada a los deudores morosos tanto de multas de tránsito, como de otros deberes fiscales.

Según las cuentas presentadas en el Congreso, la cartera derivada por multas de tránsito asciende a los $516.653 millones solamente en Bogotá, mientras que en ciudades intermedias como Armenia, este valor alcanza los $66.000 millones.
La idea es que los deudores que se pongan al día entre el cuarto y el octavo mes de entrada en vigencia de la Reforma Tributaria, tendrán la posibilidad de pagar el 50% del valor de la multa (capital) y, además, sin cancelar los intereses de mora respectivos.

El texto aprobado señala que “la condición especial de pago establecida en el presente artículo, no se aplicará para el pago de multas por infracciones a las normas de tránsito impuestas a conductores bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas; y cuyas sanciones penales y administrativas están establecidas en la Ley 1696 de 2013”.
Debemos recordar que esta no es la primera vez que se aplica este tipo de iniciativas pues con la Ley 2027 de 2020 se realizó una para las deudas de la ciudadanía con el sector de tránsito.

Vale la pena decir que las personas que se acojan a los beneficios de pago o resoluciones de mérito ejecutivo y no cumplan con los acuerdos de pago, se les procederá al cobro coactivo respectivo por la suma total de la obligación más el 100 % de las sanciones e intereses que se adeuden sobre el capital.
Por último, todo lo anterior es aplicable únicamente aquellos cuyas órdenes de pago hayan sido generadas antes del 30 de junio de 2021.
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