Conéctate con nosotros

Normatividad

Cascos Reglamentarios para motociclistas en Colombia

Son cientos, tal vez miles, los estudios que se pueden encontrar respecto a la importancia de llevar un buen casco cuando se circula en motocicleta.

Toda entidad de tránsito y de seguridad vial que se respete, no solo en Colombia sino en todo el mundo, se preocupa por la accidentalidad y mortalidad en los motociclistas, (sin tener en cuenta quién es el de la culpa,- tema que no viene al caso-) e identifican el uso del casco como una gran ayuda para evitar muertes y lesiones severas en caso de accidente.

Publicado

en


Si bien el casco no exime de sufrir un accidente, está comprobado según estudios realizados, que no importa cuál sea la velocidad, los motociclistas que no usan el casco tienen tres veces más probabilidades de morir de heridas y golpes en la cabeza, que quienes si lo usan.

Según el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes de España, las probabilidades de morir en un accidente se incrementan 15 veces cuando se tripula una motocicleta, la protección del casco disminuye las posibilidades de morir hasta un 45% y las de sufrir lesiones graves hasta en un 65%; su uso reduce las muertes en un tercio y evita dos de cada tres lesiones cerebrales, que producen el 85% de los muertos y la mitad de los heridos de los accidentes en moto. (Para ver promoción haga click aquí)

 

Otro estudio demuestra que a bajas velocidades es cuando el casco cumple a la perfección su función salvadora, ya que a partir de los 50 Km/hora la protección brindada disminuye en la misma proporción en que se aumenta la velocidad.

Existen cuatro clases de cascos: El abierto tipo Jet, que ofrece una mínima protección; los abatibles, que permiten separar la parte inferior del casco; los integrales, que son los más recomendados por ofrecer la máxima protección, y los especiales, diseñados para los deportes a motor de alto riesgo.

Anuncio

En Colombia, la resolución 1737 de 2004 Ministerio de Transporte reglamentó la utilización del casco en nuestro país y se dieron las características obligatorias para su correcto uso (para ver resolución 1737 de click aquí)

 


{gallery}/2011/12_diciembre/24_diciembre/cascos_reglamentarios_para_motociclistas_en_colombia/galeria_cascos{/gallery}

 

La norma técnica colombiana que especifica detalles del casco es la NTC 4533 (Para ver ficha técnica dar click aquí) y, de acuerdo con esta norma, el casco debe estar fabricado en material resistente a los golpes, no debe impedir la visión periférica del conductor (las correas deben ir bien sujetas o amarradas), cubrir la horma de la cabeza y los oídos hasta la base del cuello, poseer protector de rostro y barbilla, y broches de color rojo que permitan fijarlo a la cabeza.

Debe tener adentro un cubrimiento de icopor (debe ser compacto y no tan débil, pues éste absorbe el 85 por ciento del impacto) y un acolchado suave. Además, debe llevar el rótulo de la empresa fabricante y una etiqueta o marquilla donde diga que el casco se ajusta a la norma Icontec.

Anuncio

Así mismo, debe llevar impreso en la parte posterior externa el número de la placa del vehículo en letras y números Arial, de material reflectante, cuyo tamaño será de 3,5 centímetros de alto y un ancho de un (1) centímetro. (Norma que para nada sirve al momento de salvar vidas)

Según la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito Terrestre, las autoridades de tránsito competentes deben vigilar el correcto uso de las normas de tránsito y específicamente, la resolución 1737 se los recuerda en su artículo 7º y establece que son ellos quienes deben vigilar el correcto uso del casco de seguridad reglamentario por parte de conductores y acompañantes motociclistas, así como el cumplimiento de los requisitos sobre marcación y rotulado. También establece que para la adecuada aplicación de esta norma, la autoridad de tránsito competente deberá capacitar a su personal operativo y determina las sanciones correspondientes.

En las ciudades capitales de Colombia, generalmente se puede ver a los motociclistas utilizando el casco, bien sea por temor a una infracción o por temor a sufrir un accidente y proteger su vida (como debe ser), pues saben de su importancia.

La labor de vigilar que los motociclistas cumplan con la norma de usar el casco correcto y adecuadamente corresponde a las autoridades de cada ciudad o municipio en cabeza del Alcalde que dispone de medios y personal como la Policía o Agentes de Tránsito para hacer respetar las normas so pena de incurrir en una falta grave que se encuentra igualmente estipulada en la ley 769 y la jurisdicción en las vías nacionales es competencia de la Policía de Carreteras.

Así mismo, las autoridades tienen el deber de realizar campañas de educación vial o utilizar otras alternativas para sensibilizar a la población respecto a las normas y deberes en materia de tránsito y seguridad vial a cada uno de los actores que intervienen en la movilidad en cada caso.

Lastimosamente, en Colombia aún son muchos los usuarios de motocicleta que no han entrado en razón y ven el uso del casco como una imposición que causa molestias bien sea por el calor o porque se “despeinan”, así suene jocoso pero es real (es la segunda excusa para que la gente no se ponga el casco), y muchas veces las autoridades hacen poco o nada para hacer cumplir esta norma que puede salvar muchas vidas.

Anuncio

 

Publimotos se dio a la tarea de realizar un sondeo en 30 municipios de Colombia que abarcaron casi la totalidad de departamentos, acerca del uso del casco en los motociclistas y estos fueron los resultados (que no se da en términos numéricos por ser informal), sin ahondar en estadísticas ni rigores contables.

La consulta se realizó telefónicamente, al azar, tomando la base de datos del DIRECTORIO DEL MOTOCICLISTA, y consultando a dueños o empleados de establecimientos involucradosdirectamente con el motociclismo que no tienen nada que ver con las autoridades.

 

A los entrevistados se les preguntó sobre el comportamiento del motociclista en cuanto al uso del casco, y si las autoridades hacían respetar la normatividad acerca de su uso. También se consultó sobre las campañas que en materia de seguridad vial implementan en el municipio.

Se destaca el poco uso del casco en los municipios apartados de la capital de departamento y por debajo de los 1500 MSNM, generalmente con temperaturas promedio superiores a los 24º C, otro punto que se repite en las poblaciones pequeñas es la permisividad de las autoridades en cuanto al desacato de la norma y el uso de cascos no reglamentarios.

Anuncio

 

A continuación se detallan las poblaciones consultadas y el concepto de los entrevistados:

 

Abrego (N. Santander)

No hay control del uso del casco, los motociclistas incumplen la norma y las autoridades son permisivas, excepto cuando lanzan campañas.

 

Anuncio

Quibdó (Chocó)

La mayoría de los motociclistas no usan el casco. Las autoridades hacen permanentes controles para hacer cumplir la norma pero el personal es insuficiente para la población motociclista en el municipio.

 

Leticia (Amazonas)

1. Los motociclistas utilizan el casco pero algunos de manera incorrecta. (No abrochado)

2. Las autoridades permanentemente ejercen controles en las vías para hacer cumplir la norma.

Anuncio

 

San Andrés Islas

Aproximadamente un 70 % de los motociclistas no utilizan casco y las autoridades no controlan.

 

Mitú (Vaupés)

Los motociclistas rara vez usan casco. No hay control de las autoridades.

Anuncio

 

Mocoa (Putumayo)

1. Los motociclistas no se ponen el casco, lo llevan en la mano y cuando ven a la Policía se lo colocan.

2.Las autoridades hacen controles esporádicamente.

3. Hay mucha accidentalidad en las noches entre 2:00 a.m. y 6:00 a.m. y a los hijos de los ricos o influyentes no los sancionan. Hay policía y Tránsito civil.

 

Anuncio

Riohacha (Guajira)

1.Gracias a los controles de las autoridades y las medidas sancionatorias la población motociclista ya está cambiando la cultura y ha aceptado el casco.

2. Utilizan el casco abierto y hay problema con el acompañante (pasajero) de mototaxi que es renuente a colocárselo.

 

Arauca (Arauca)

Las autoridades exigen el uso del casco compacto y que tape las orejas, hay bastantes operativos para que la norma se cumpla. La población ha ido aprendiendo a acatar la norma por las sanciones impuestas.

Anuncio

 

Caucasia (Antioquia)

Los motociclistas llevan el casco en la mano por si las autoridades están realizando retenes, no hay conciencia del uso del casco en la población. Las autoridades no son rigurosas para exigir el acato a la norma.

 

Tumaco (Nariño)

La población motociclista está aprendiendo a utilizar el casco gracias a los controles y campañas de las autoridades y han tomado conciencia de la importancia de usarlo.

Anuncio

 

Ovejas (Sucre)

Las autoridades hacen retenes para control de los elementos de seguridad y los motociclistas poco a poco han ido aceptando el uso del casco. Hoy en día se observa que aproximadamente el 80 % de los usuarios de moto llevan su casco no solo por las sanciones sino para proteger su vida.

 

La Dorada (Caldas)

La aceptación del casco por parte de los motociclistas ha ido en aumento, tanto así que hoy en día se ve a casi todo usuario de moto (un 90 % aproximadamente) usándolo como es debido. Esto se debe a los controles y exigencia por parte de las autoridades y a la toma de conciencia por parte de la población.

Anuncio

 

Villanueva (Casanare)

Son muchos los motociclistas que transitan sin casco en el municipio, las autoridades solo sancionan cuando realizan retenes y campañas que son esporádicas, pero normalmente hay libertad para su uso.

 

Turbo (Antioquia)

Las autoridades exigen el casco y son rigurosas con la medida. La población motociclista ya aprendió a usar el casco y acatan la medida.

Anuncio

 

Roldanillo (Valle)

Las autoridades han implementado campañas exclusivas para que los motociclistas utilicen el casco. La población lo ha ido aceptando y son pocos los que infringen la norma y tienen sanción

 

Riosucio (Caldas)

El uso del casco es obligatorio y las autoridades hacen respetar la norma. Hay mucho control. Nadie deja de usarlo y hay comparendo por desacato. Exigen casco cerrado o por lo menos que cubra la oreja y con visera.

Anuncio

 

Sahagún (Córdoba)

Los motociclistas generalmente no utilizan caso en esta población. Las autoridades esporádicamente realizan controles e imponen comparendos por el desacato a la norma pero no es una constante.

 

Gigante (Huila)

Aproximadamente un 90 % de la población motociclista no utiliza el casco en este municipio. En el área urbana no se exige el casco pero cuando se circula en carretera su uso es obligatorio. La policía ejerce estricto control.

Anuncio

 

Melgar (Tolima)

La Policía de Tránsito ejerce estricto control sobre los motociclistas y se imponen las sanciones del caso a los infractores por el no uso del casco pero se utiliza el casco pequeño abierto

 

Cartago (Valle)

Los motociclistas usan casco que cumplen las normas de ley. Las autoridades establecen permanentemente puestos de control en el área urbana y en carretera.

Anuncio

 

Soledad (Atlántico)

Los motociclistas si se ponen casco pero usan mucho el casco barato que no cumple con las especificaciones de ley. Las autoridades solo exigen su uso, pero no comprueban si cumple con las normas.

 

Granada (Meta)

Los motociclistas no utilizan el casco, generalmente lo llevan en la mano por si hay retenes de las autoridades. Las sanciones y comparendos por esta infracción generalmente no se dan, hay mucha inconstancia en la aplicación de la norma.

Anuncio

 

Aracataca (Magdalena)

Los motociclistas no utilizan el casco. La policía permanentemente realiza campañas de control e imponen comparendos pero la población no colabora.

 

La Virginia (Risaralda)

1. El uso del casco es obligatorio y las autoridades de tránsito permanentemente imponen comparendos por no usarlo. Son estrictos con la norma.

Anuncio

2. Se puede utilizar casco abierto en el área urbana pero cuando se transita en carretera hay que usar el casco cerrado.

 

La Jagua de Ibirico (Cesar)

La población motociclista muy poco usa casco y las autoridades no son estrictas al momento de exigirlo. No hay autoridad de tránsito en el municipio y hay mucha accidentalidad.

 

La Tebaida (Quindío)

Anuncio

La población motociclista se ha ido concientizando en el uso del casco reglamentario y las autoridades ejercen control sobre el uso adecuado del casco reglamentario.

 

Coveñas (Sucre)

Los motociclistas no usan el casco en las calles del perímetro urbano pero al salir a la carretera, las autoridades lo exigen. Los mototaxistas si utilizan el casco y obligan al pasajero a usarlo en los recorridos.

 

Floridablanca (Santander)

Anuncio

La mayoría de motociclistas en este municipio no utilizan el casco y las autoridades ejercen poco control sobre esta medida., algunas veces montan retenes de control y se llevan algunas motos pero no es constante.

 

Magangué (Bolívar)

A pesar de la obligatoriedad del uso del casco y la presión que ejercen las autoridades para que se cumpla la norma y las diferentes campañas de concientización, los motociclistas no se colocan adecuadamente el casco. Solo en carretera se ve que su uso.

 

Piendamó (Cauca)

Anuncio

La gran mayoría de los motociclistas de este municipio no llevan el casco puesto, sino en la mano para ponérselo cuando están realizando retenes y controles.

 

Puerto Boyacá (Boyacá)

La población motociclista en este municipio aprendió a usar el casco por la cantidad de controles que ejerce la policía pero la población se queja del aumento en la inseguridad porque se usa casco cerrado para cometer ilícitos.

Anuncio

Normatividad

¡Pilas! Estas son las motos que no pueden circular en el país  

Les contamos cuáles son las motos que, por una norma, no pueden transitar por el territorio nacional. ¿Lo sabía?

Publicado

en

Por

Tenga mucho cuidado si le gusta conducir por las carreteras del país, pues hay cierto tipo de motos que poseen cierta restricción para movilizarse.

Actualmente las autoridades de tránsito han tomado cartas en el asunto acerca de las normas que se debe tener en cuenta a la norma de manejar un vehículo. Se han vuelto más estrictos.

En Colombia, por ejemplo, hay una norma que deben cumplir todas las motos que actualmente transitan por el territorio nacional. Se trata del Euro 3.

Imperdible: Pulsar N160 | Todo lo nuevo que trae la imponente naked

Anuncio

¿Qué motos no pueden circular en carretera?

Según el Ministerio de Ambiente, la Ley 1972 estableció que desde enero de 2021 cualquier vehículo de dos ruedas cuyo conductor desee circular por territorio colombiano deberá cumplir una homologación que lo certifique con el estándar Euro 3 de emisiones.

Adicionalmente, para 2030 se prevé que todas las motos que estén circulando en Colombia cumplan dicha normatividad Euro.

La normativa Euro 3 establece una fecha límite para la circulación de motos antiguas que no cumplan con los estándares de esta normativa. Para el año 2030, todas las motocicletas que circulen en Colombia deberán ser Euro 3 o superiores.

¿Qué son las normas Euro y cómo surgieron?

La normativa europea Euro es un conjunto de requisitos que regulan los límites aceptables para las emisiones de gases de combustión de los vehículos nuevos y partió de la Directiva 1999/94/CE del Parlamento Europeo y el Consejo De La Unión Europea, emitida desde el 13 de diciembre de 1999, esto como resultado del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Con lo cual se busca trabajar mancomunadamente para reducir las emisiones de una serie de gases de efecto invernadero, sobre todo el CO2 y consumo de combustible. En estas normas, no se obliga a los fabricantes a emplear una tecnología en concreto para limitar el consumo de combustible y las emisiones de gases contaminantes, estimulando de paso el desarrollo de nuevas tecnologías.

Anuncio

No se pierda: Suzuki presentó sus nuevas y agresivas motos deportivas para 2025

Veamos ¿qué es la norma Euro 3 para motos en Colombia?

Es importante que tengamos presente que esta normativa se dejó de emplear en Europa desde el 2005. En resumen, podríamos decir que esta norma establece los siguientes límites para motocicletas:

  • Emisiones de CO (monóxido de carbono) = 2,0 g/km
  • Emisiones de hidrocarburos (HC) = 0,8 g/km
  • Emisiones de óxido nitroso (NOx) = 0,15 g/km

De esta manera, las motos que no cumplan con el Euro 3 no podrán circular por las calles o carreteras del país.

Seguir leyendo

Normatividad

¡Para los PATIOS! ¿Mal estado de su PLACA? ¿Qué pasa si es así?

Evite tener inmovilizaciones, multas, comparendos, de todo. Cumpla a cabalidad lo que le vamos a destacar en este artículo para que no le tome por sorpresa un suceso. En Colombia, muchos pecan por no conocer lo que pasa en el país en temas de normatividad. Pasa esto, lean.

Publicado

en

Por

Es primordial que usted comprenda que las PLACAS son la identificación que el Ministerio de Transporte le destina a un automotor dentro del país. Es este organismo el que se encarga de asignar las series, los rangos y aquellos códigos de verificación que son destinados a cada vehículo que es matriculado en Colombia.

Y que no les pase como se suele ver en “algunos” vehículos que tienen placa solo en la parte frontal y olvidan la posterior; ojo, no en todos los casos pero se suele ver, esto comprende un papel fundamental, es un identificador que cumple la función de “cédula” vehicular tantos para autos como para motocicletas, debe tenerla en la parte delantera como trasera (para vehículos), no es para llevarla en el vidrio panorámico u otros espacios que no están permitidos.

Según el Código Nacional de Tránsito (CNT) no portarlas, llevarlas en mal estado, alterarlas u obstruir con algún elemento su visibilidad, podría ocasionar que el carro sea inmovilizado y el propietario multado.

Lea también: ¡Qué no rueden las motocicletas! | En Jamundí, Valle del Cauca, se restringirá su circulación

Adicionalmente, si la placa se encuentra en estado de deterioro o pierde su legibilidad por el pasar de los años o del uso, no debe retocarlas, está prohibido, nada de repintarla o modificarla con el fin de mejorarla, no, está mal ese procedimiento y le puede acarrear mayores problemas. Lo que usted debe hacer es solicitar un duplicado ante el Servicio Integral para la Movilidad (SIM) para hacer el cambio por una nueva y de buen estado. Al igual que gestionar el trámite en caso de pérdida, destrucción o hurto.

Anuncio

Si se trata de duplicado de placas de vehículos de servicio diplomático, la solicitud debe hacerse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Hay algo aún más delicado, si le llegan a inmovilizar su vehículo se complica la situación, ya que “en los casos en que la placa se encuentre borrada, retocada o dañada, el propietario deberá presentar, para la entrega de su vehículo inmovilizado, la nueva placa, para lo cual deberá surtir el trámite para adquirirla y pagar su costo”, puntualizó el titular de la Secretaría de Tránsito. Esto quiere decir que serán más gastos de días en patios, contando grúa y comparendo. Saque cuentas.

¿Cuánto vale sacar una nueva placa?

En Bogotá les brindamos los siguientes precios, busque en su ciudad el precio actualizado.

– Carro: 2 placas $245.800 / Carro, Remolques y Semirremolques.

– Carro: 1 placa $148.200

Anuncio

– Motocicleta: $92.900

¿Qué documentos necesito presentar?

1. Presentar el documento de identidad original. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía o contraseña*. Para menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente.

2. Formulario de solicitud de trámite diligenciado. (Descargue aquí el formulario)

3. SOAT vigente incorporado en el RUNT.

4. Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

Anuncio

5. Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).

6. En el caso de persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.

7. Cuando el/los trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión, deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.

Le puede interesar: Bajaj Pulsar N250 vs Suzuki Gixxer 250 | La casta india viene a luchar contra la hija del Halcón Peregrino

DESCARGA AHORA MISMO NUESTRA APP

Anuncio

Usuarios IphoneUsuarios Android

Seguir leyendo

Normatividad

Cuando una norma aumentó la cantidad de siniestros y solo sirvió para multar

Los errores que se cometieron con la prohibición de transitar por el carril central con acompañante en Bogotá.

Publicado

en

Por

A tener en cuenta:

Fragmento del análisis de la siniestralidad del decreto 331 de septiembre del 2021, que derogó la prohibición de transitar con acompañante en moto dentro de la calzada central (art 2 decreto 035 del 2009)

 … A nivel de víctimas graves, se cuenta con 534 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas centrales (motociclistas + acompañantes), y 638 víctimas lesionadas o fallecidas en las calzadas laterales (motociclistas + acompañantes), es decir un 19 % más de víctimas de gravedad en las calzadas laterales, a nivel general para el período 2015 a 2020, lo anterior equivale al 3% del total de motociclistas y acompañantes víctimas lesionadas o fallecidos en toda la ciudad.

En adición, en calzadas laterales se presentaron 68 siniestros graves adicionales a los presentados en las calzadas centrales (332 casos comparados con 264 casos). Que, para el caso de los usuarios de motocicleta (motociclistas +acompañante) fallecidos, durante los últimos seis años, una de las interacciones más significativas es con los vehículos pesados sea de carga o buses, que corresponden a 43,3% de las fatalidades de usuarios de motocicleta entre 2015 y 2020, para el caso de lesionados corresponde el 13%. Estos últimos, solo pueden circular por la calzada lateral. Que, al revisar las hipótesis de siniestralidad, con base en los 1PATs (Informe Policial de Accidentes de Tránsito) del periodo entre el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2020, no se evidencia diferencias sustanciales que sugieran la aplicación de una regulación diferenciada entre calzadas, como es la restricción de motociclistas con acompañantes en las vías con calzadas centrales.

¿Qué opina, las alcaldías deben hacerse responsables por el aumento de muertes de motociclistas por la implementación de esta norma?

Anuncio

Texto completo aquí

También te puede interesar:

Accidentes en moto, “más por agresividad que por edad”, Valentino Rossi

Tres lanzamientos de Kawasaki en el Salón de Milán

Aprilia presenta un nuevo scooter en Colombia

Anuncio

DESCARGA AHORA MISMO NUESTRA APPUsuarios IphoneUsuarios Android

Seguir leyendo

Tendencia